05 de diciembre de 2025
05 de diciembre de 2025 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Requerimiento de la Unidad Fiscal de esa ciudad junto a la PROCELAC
Mar del Plata: solicitan juicio oral para el excamarista Jorge Ferro por actuar a favor de los intereses de un estudio jurídico vinculado con un imputado por trata de personas
El MPF lo acusó por incumplimiento de los deberes de funcionario público y solicitó que continúe la investigación por enriquecimiento ilícito. También pidió juicio oral para otros tres integrantes de un estudio jurídico, quienes fueron acusados por tráfico de influencias agravado.

La fiscala federal a cargo de la Oficina de Criminalidad Económica, Trata de Personas y otros Delitos Complejos de la Unidad Fiscal Mar del Plata, Laura Mazzaferri, y el fiscal general a cargo de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC), Diego Velasco, solicitaron la elevación a juicio oral y público de la causa seguida contra el exjuez de la Cámara Federal de esa ciudad, Jorge Ferro, a quien acusaron por la comisión del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público en diez hechos por haber favorecido desde la magistratura, con acciones u omisiones, al estudio jurídico encabezado por Alejandro Ferrarello e integrado por María de las Mercedes Hernández Morhain y Federico Ariel Gil de Muro, quienes también fueron acusados pero por el delito de tráfico de influencias agravado.

La pieza acusatoria, presentada el 19 de septiembre pasado, considera que Ferrarello, actuó como autor de tráfico de influencias activo agravado, y que Hernández Morhain y Federico Gil de Muro lo hicieron en grado de coautores.

La fiscalía consideró que hay elementos suficientes que dan cuenta que Ferrarello hizo valer indebidamente sus influencias para que Ferro dictara, demorara u omitiera dictar, según cada caso, resoluciones o fallos en asuntos sometidos a su competencia, a cambio de obtener beneficios económicos a través del estudio jurídico.

En función de ello a Ferro se le imputa haber infringido los deberes institucionales establecidos en las normas relativas al correcto desarrollo de la función judicial, cuanto menos desde 2002 y hasta su renuncia el 1° de mayo de 2018, en el marco del proceso disciplinario que se le seguía en el Consejo de la Magistratura en razón de estos hechos.

De acuerdo con la acusación, en reiteradas ocasiones el exjuez priorizó los intereses particulares en lugar de proteger los intereses generales que hacen a la recta administración de justicia, pues ofreció y dio a Ferrarello asesoramiento legal con habitualidad y tenía conocimiento específico de los casos que patrocinaban los abogados Hernández Morhain y Gil de Muro, de modo tal que su intervención siempre favoreció los intereses particulares de ese estudio jurídico.

La fiscalía explicó que las conductas endilgadas a Ferro tuvieron lugar tanto en el caso del prostíbulo VIP “Madahos”, en el que Ferrarelo estuvo acusado por lavado de activos y el exmagistrado tuvo intervención, como en otros expedientes en los que actuaban de manera directa Hernández Morhain y/o Gil de Muro.

La revelación de los teléfonos

La causa que llegará a fase de juicio se inició el 1° de septiembre de 2016, a partir de una denuncia formulada por parte los fiscales cotitulares de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), Marcelo Colombo y Alejandra Mángano, los entonces titulares de la PROCELAC, María Laura Roteta y Gabriel Pérez Barberá, y el entonces fiscal de la Fiscalía Federal N° 2 de Mar del Plata, Nicolás Czizik.

Los hechos fueron denunciados a partir de la prueba recolectada en la causa “Madaho’s”, en la que se investigó el delito de trata de personas con fines de explotación sexual y que dio lugar, luego, a la formación de una causa por lavado de dinero en virtud de la actividad desarrollada en aquel prostíbulo.

Los elementos probatorios para la investigación al exjuez y a los integrantes del estudio jurídico surgieron fundamentalmente de los informes periciales sobre los dispositivos electrónicos secuestrados durante el allanamiento realizado el 21 de abril de 2015 en las oficinas comerciales de Ferrarello, quien -sin ser abogado en ese momento- dirigía el buffet en el que se desempeñaban Hernández Morhain y Gil de Muro.

De acuerdo a los peritajes de los teléfonos investigados, Ferrarello mantenía un estrecho vínculo de amistad, laboral y económico con el juez Ferro, pese a lo cual este último intervino como camarista en ese caso "con el propósito de mejorar y favorecer la situación procesal" -según describió la fiscalía- del imputado, a quien también le ofrecía asesoramiento jurídico y colaboración en procesos penales en los que intervenía el estudio jurídico.

El MPF puso de relieve que la investigación logró determinar además que las influencias ejercidas por Ferrarello por pedido de sus colegas se materializaron a través de la conducta asumida por Ferro en relación con otros casos diferentes a “Madaho’s”.

Posible enriquecimiento ilícito

En la pieza acusatoria, Mazzaferri y Velasco solicitaron que se dispusiera la extracción de copias de lo actuado para continuar con la investigación ya iniciada sobre el posible enriquecimiento ilícito del exjuez federal, motivado en un vínculo de naturaleza económica con Ferrarello. La hipótesis fiscal indica que los delitos de tráfico de influencias activo agravado y el de incumplimiento de los deberes de funcionario público podrían haber generado ganancias ilícitas que modificaron el conjunto de bienes del exmagistrado.

En ese sentido, oportunamente se ordenaron medidas de prueba para trazar el perfil patrimonial de los investigados con el objetivo de identificar activos y/o movimientos de índole económico que podrían revelar ganancias ilícitas, en cumplimiento de las resoluciones de la Procuración General de la Nación 6/92, 129/09 y 134/09, en materia de investigaciones de delitos de corrupción, y las obligaciones asumidas por el Estado al ratificar la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción y la Convención Interamericana contra la Corrupción. Estos instrumentos internacionales exigen la persecución efectiva de hechos ilícitos de suma gravedad institucional como los que se abordan en este caso.