La fiscal federal subrogante Katia Troncoso solicitó la recusación del juez Miguel Ángel Gálvez por considerar que hay "temor fundado de parcialidad” del magistrado en una causa donde se investiga a una asociación ilícita que se encargaba de elaborar facturas apócrifas para evadir a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
En su escrito, la fiscal explica que una de las causales para solicitar una recusación es la parcialidad del magistrado ("algo que pone en grave riesgo el debido proceso y los derechos de las partes") o cuando el juez "hubiere dado consejos o manifestado extrajudicialmente su opinión sobre el proceso a alguno de los interesados".
Sobre la base de esto último, Troncoso cita un artículo periodístico publicado en el diario Tiempo de San Juan, donde el periodista Martínez Puga expone dichos de Gálvez respecto del estado procesal de la causa: “todos los imputados fueron sobreseídos porque la investigación nunca estuvo bien hecha y se fue cayendo a medida que se fue investigando. De todas maneras, la Cámara Nacional de Casación Penal tiene que resolver la causa porque el sobreseimiento fue apelado por la fiscalía local, llegó a la Cámara Federal de Mendoza, donde fue confirmado el fallo de primera instancia, y también el Ministerio Público apeló esa decisión”.
En el artículo mencionado, el juez le explica al periodista que “la AFIP terminó reconociendo planes de pago de deudas impositivas a empresas que ella misma había denunciado como inexistentes o fantasmas. Y muchas de las empresas sí existían, se comprobó en la inspección ocular. Lo que pasa que tenían el escritorio en un lugar y la empresa en otro. La investigación se fue cayendo. Por ejemplo, nunca encontramos facturas truchas”.
Para la fiscal, estas manifestaciones reflejan "el convencimiento subjetivo del juzgador respecto a los hechos que aún se están investigando; indicando que la finalidad y sentido de las medidas de prueba ordenadas, es el sobreseimiento de los encartados, a pesar del procesamiento dictado por el superior".
Además, la presentación de la fiscalía hace referencia a que los pedidos que las defensas le realizan al juez siempre son acogidos sin invocar ni acreditar los fundamentos de utilidad y pertenencia. Esto, según la fiscalía, "constituye otro serio, concordante y grave indicio de arbitrariedad en la instrucción de este sumario, que ya se detectara desde el dictado del sobreseimiento de los imputados" (acción que fue revocada parcialmente por la Cámara Federal de Mendoza en su nueva composición).
"El juzgador ya tiene la íntima convicción sobre la existencia de los hechos investigados, y la responsabilidad de los encartados en los mismos. Está convencido de la inexistencia de los delitos denunciados, los que por otra parte, la Cámara Federal de Apelaciones consideró típicos y probados", explica Troncoso.
En la presentación de la fiscalía se describen diferentes incidentes e irregularidades que tuvieron lugar a lo largo de la investigación. Menciona particularmente las irregularidades en las medidas cautelares contra tres de los imputados, que se encontraban bajo prisión preventiva. Esta medida fue revocada por la Cámara de Casación Penal, que ordenó la libertad bajo caución, fijada en 300 mil pesos. Sin embargo, los imputados fueron liberados sin notificación fiscal y sin haber constituido las cauciones.
La fiscalía también solicitó que la recusación debe extenderse a los funcionarios de la secretaría intervinientes, ya que considera que "las numerosas irregularidades procesales dan cuenta de la falta de transparencia en el trámite de este sumario".
La causa
La investigación se inició cuando la AFIP-DGI detectó, durante una inspección, la existencia de una organización delictiva que se dedicaba a la comercialización de facturas falsas para respaldar operaciones ficticias o simuladas.
Para esto utilizaba prestanombres insolventes y de sociedades, creadas por ellos en algunos casos, para permitirle a sus "clientes" generar costos o créditos fiscales ficticios y reducir indebidamente la base de cálculo de los tributos a cuyo pago están obligados.
Según las estimaciones de la AFIP, la actuación de la asociación ilícita dio lugar a un perjuicio fiscal millonario sufrido por las arcas fiscales. Además se trata de la causa de mayor relevancia en la jurisdicción, tanto en función de los hechos y montos evadidos involucrados, así como en función de las empresas usuarias de facturación apócrifa.
En el comienzo del expediente, el juez federal se excusó por amistad manifiesta con los imputados, así como también lo había hecho el entonces fiscal federal Juan Carlos Yannello. El juez subrogante, luego de haber dictado procesamiento y prisión preventiva, y sin que mediaran nuevos elementos de prueba, dictó tres tandas de sobreseimientos.
Estos fueron confirmados por la antigua conformación de la Cámara Federal de Mendoza en la Sala A, integrada por Otilio Roque Romano (hoy procesado por delitos de lesa humanidad), Alfredo Juan G. López Cuitiño y Julio Demetrio Petra Fernández.
Sin embargo, la Cámara Federal de Mendoza en su actual conformación fue la que revocó la cuarta tanda de sobreseimientos y dispuso el procesamiento. La Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac), por medio del Área de Delitos Tributarios y Contrabando, prestó colaboración técnica a la fiscal federal sanjuanina Katia Troncoso y al fiscal general Mateo Bermejo.