La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar al recurso de la fiscal de San Juan, Katia Troncoso, y apartó al juez Miguel Ángel Gálvez de una de las causas por corrupción más importantes que tramitan en la provincia, al evaluar que el magistrado podría haber perdido "la imparcialidad en el sentido de la equidistancia" que debe mantener de las partes del proceso. Gálvez había criticado en un diario la labor de la Fiscalía en la instrucción de la pesquisa sobre una organización que obtenía rédito de la evasión tributaria mediante la elaboración de facturas apócrifas.
Con el voto de los jueces Juan Antonio González Macías, Héctor Fabián Cortés y Carlos Alfredo Parra, el tribunal de alzada de esa jurisdicción dio razón al planteo de la fiscal luego de las declaraciones públicas del juez Gálvez al diario El Tiempo de San Juan, donde había sostenido: "Todos los imputados fueron sobreseídos porque la investigación nunca estuvo bien hecha y se fue cayendo a medida que se fue investigando".
Los camaristas consideraron que esa expresión "excede del ámbito de la información sobre una causa a la opinión pública para convertirse en un juicio de valor sobre uno de los interesados (...) en particular la fiscal Federal a cargo de la causa".
En ese sentido, sostuvieron que "tales expresiones colocan al juez de la instrucción en una situación de confrontación con una de las partes -Ministerio Público Fiscal- de lo cual es razonable hipotizar (SIC) una pérdida de la imparcialidad en el sentido de la equidistancia de parte del juez respecto de las partes al haber manifestado extrajudicialmente un juicio de valor negativo sobre la actividad procesal de una de las partes".
En la recusación, Troncoso había indicado que las manifestaciones de Gálvez a la prensa reflejaban "el convencimiento subjetivo del juzgador respecto a los hechos que aún se están investigando; indicando que la finalidad y sentido de las medidas de prueba ordenadas, es el sobreseimiento de los encartados, a pesar del procesamiento dictado por el superior".
La fiscal también indicó en esa oportunidad que los pedidos que las defensas le realizaron al juez siempre son acogidos sin invocar ni acreditar los fundamentos de utilidad y pertenencia, lo cual "constituye otro serio, concordante y grave indicio de arbitrariedad en la instrucción de este sumario, que ya se detectara desde el dictado del sobreseimiento de los imputados".
Troncoso además había solicitado el apartamiento de los funcionarios de la Secretaría Penal N°5 que interviene en el caso, a cargo de Paula Carena de Yanello, pero la Cámara Federal no le dio curso al pedido porque no consideró que estuviera debidamente fundado. Carena es la nuera del primer fiscal que tuvo la causa, Juan Carlos Yannello. El representante del Ministerio Público -hoy retirado y acusado por crímenes de lesa humanidad- se excusó entonces de intervenir por su amistad con los imputados.
La resolución de la Cámara Federal llega mientras la fiscal Troncoso trabaja en el requerimiento de elevación a juicio de un tramo de la causa que tiene confirmados los procesamientos a cinco imputados como jefes y miembros de una asociación ilícita, con la asistencia del Área Operativa de Delitos Tributarios y Contrabando de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac).
Tras el apartamiento de Gálvez, el tribunal de alzada deberá sortear un nuevo juez para intervenir en la pesquisa, antes de la elevación a juicio oral.
Amistades peligrosas
La investigación se inició cuando la AFIP-DGI detectó en 2005, durante una inspección, la existencia de una organización delictiva que se dedicaba a la comercialización de facturas falsas para respaldar operaciones ficticias o simuladas.
La organización, considerada hoy una asociación ilícita, estaba compuesta por personas físicas y empresas insolventes que eran utilizadas para beneficiar a los jefes de la empresa criminal mediante el uso de facturas apócrifas. Esos documentos se utilizaban para simular compras no existentes o para blanquear ventas que pudieron haber existido pero que en realidad correspondían a otros contribuyentes que simulaban sus ventas a través de los insolventes.
El juez Federal Leopoldo Rago Gallo y el entonces fiscal Yannello se inhibieron de intervenir en la pesquisa porque declararon tener amistad con algunos de los imputados. Gálvez, como titular del Juzgado Federal N° 1 de San Juan, asumió la pesquisa en carácter de subrogante, con la asistencia de la Secretaría Penal N°5 a cargo de Carena de Yannello.
Por esa razón, Gálvez asumió la pesquisa en la que inicialmente avanzó y luego, paulatinamente, fue retrocediendo en cada uno de sus pasos. El 14 de abril de 2009, dictó el procesamiento por delitos tributarios y la prisión preventiva a Francisco Place, Graciela Vega Lecich y Daniel Eduardo Brisighelli, el procesamiento de Sebastián Fernández de Cieza, Vicente Javier González, Hermógenes Peña y Roberto Augusto Madcur, y dispuso el llamado a indagatoria de Patricia Liliana Madcur de Brisighelli, María Agustina Brisighelli, María Luciana Turcato y Pedro Marzano.
Tres días más tarde, Gálvez dictó un embargo de 30 millones de pesos a los imputados por delitos tributarios. Pero el 31 de julio, dictó la falta de mérito a Patricia Madcur de Brisighelli, María Agustina Brisighelli y María Luciana Turcato y revocó el procesamiento y la prisión preventiva de Daniel Eduardo Brisighelli, a quien liberó y dictó la falta de mérito. Todo ocurrió mientras la apelación de los procesamientos se encontraba en trámite ante la Cámara Federal de Mendoza.
El tribunal de alzada, con la vieja composición de los jueces Otilio Romano, hoy juzgado por crímenes de lesa humanidad; Julio Demetrio Petra, imputado por haber favorecido a Romano en su huida, y Alfredo López Cuitiño, acusado por acoso laboral y sexual, confirmó el 8 de septiembre de aquél año el procesamiento de Vega Lecich, Francisco Place, Fernández de Cieza y Madcur, pero por asociación ilícita.
El 18 de mayo de 2010, el juez dispuso el sobreseimiento de Daniel y María Agustina Brisighelli, Patricia Madcur de Brisighelli, María LUciana Turcato y Jorge Germán Aranela, y revocar el procesamiento y dictar el sobreseimiento de Roberto Madcur. Además, ordenó el levantamiento de las cauciones a Madcur y Aranela. Esas decisiones, apeladas por la Fiscalía y la querella de la AFIP, fueron confirmadas por aquella vieja composición de la Cámara Federal y hoy se encuentran en revisión ante la Cámara Federal de Casación Penal.
Luego, pese a la confirmación de los procesamientos de Vega, Place, Fernández y Roberto Madcur, el juez Gálvez fue paulatinamente desandando todo lo que había avanzado: dictó en diferentes resoluciones la falta de mérito a Vega, Peña y Lima, y el sobreseimiento de Marzano, Sansone y Prieto. Y, finalmente, ordenó el archivo de la causa tras sobreseer a Vega, Place, Fernández, Lima y Peña.
Estas últimas decisiones fueron apeladas y revocadas por la Cámara Federal en su nueva composición, con Cortés y Parra, quienes dictaron los procesamientos de Vega, Place y Fernández de Cieza como jefes de la asociación ilícita, y de Lima y Peña como miembros de la organización.