20 de abril de 2024
20 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Fernando Arrigo representa al Ministerio Público Fiscal
Banco Mayo: declaró Rubén Beraja
El ex titular de la entidad rechazó las acusaciones y señaló que “la cooperativa Banco Mayo fue víctima de un vaciamiento por una operatoria mal llevada del Banco Central de la República Argentina”. La semana próxima continuará su declaración.

Esta semana, en la sala B de los tribunales federales de Retiro, y ante el Tribunal Oral Federal N 3 declaró Rubén Beraja en el marco del  juicio por el “vaciamiento” del Banco Mayo. El ex presidente de la DAIA apuntó contra la acusación de la querella: “el Banco Central de la República Argentina enlazó hechos reales y hechos posibles”.  El fiscal general Fernando Arrigo representa al MPF.

Rubén Bereja decidió declarar ante los jueces federales y afirmó que responderá preguntas del tribunal, el fiscal, la querella y su defensa. El imputado  comenzó su declaración rechazando todas las imputaciones y además señaló; “vengo a defender el honor y buen nombre mío y de mis compañeros, que por años entregaron lo mejor de sí mismo por la vieja cooperativa mayo”.

Asimismo, el imputado explicó que el tema de la complejidad quedó instalado, a partir de la acusación del Banco Central que “enlazó hechos reales y hechos posibles “. Sobre la denuncia de la querella, Beraja señaló que en todos los medios se distribuyó la idea de que el Banco Mayo desvió a empresas vinculadas 300 millones de dólares, “eso es falso (…) se quiso imponer la verdad que ya venía del Banco Central de la República Argentina”.

Con intervalos, Beraja declaró durante un lapso de cuatro horas. Si bien su indagatoria continuará la semana próxima, dejó plasmada la relación del Banco Mayo con el Banco Central, explicó sobre las corridas que sufrieron los depósitos,  sobre los redescuentos y el rol del Banco Patricios. Asimismo, resaltó el “poder policial” del Banco Central para identificar créditos a empresas vinculantes. Sobre este último, el imputado dijo: “las entidades financieras conocidas tienen relación con bancos y eso no es delito”.

Durante las cuatro horas de declaración destinó parte a explicar la influencia del poder político en la causa, y manifestó que “si hubiera habido una labor judicial de apego a la justicia sin apego político la situación hubiera sido otra. Esto se hubiera resuelto antes”.

Se trata de la causa en la que se investigó una serie de irregularidades que presentaba el Banco Mayo Cooperativo Limitado. En octubre de 1998, la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias resolvió la suspensión total de las operaciones por el término de 30 días. En ese sentido, se consideró que el banco investigado no había podido revertir la pérdida de sus depósitos, a pesar de los redescuentos, y que la Subgerencia General de Operaciones había informado que ya no era posible otorgar redescuentos para cubrir las Cámaras Compensadoras por falta de garantías para cubrir las asistencias.

Asimismo, el 16 de octubre de 1998 la Asociación Protectora de Suscriptores de Planes de Ahorro –Protección del Consumidor- denunció que una serie de conductas irregulares en el Banco Mayo Cooperativo Limitado habrían llevado a una pérdida de U$S200.000.000 en un mes y medio. A partir de allí, se dio curso a una investigación orientada a la administración, manejo y/o cuidado del Banco que provocó su cierre y liquidación, en perjuicio de su patrimonio, del de sus clientes y del propio Banco Central de la República Argentina (BCRA), quien había otorgado, en concepto de redescuentos, U$S298.000.000. La calificación legal de los delitos imputados a los acusados son asociación ilícita y defraudación contra la administración pública, con diversos grados de participación

Sobre las cuestiones preliminares

Semanas atrás las defensas plantearon temas preliminares. Por su parte, el fiscal Fernando Arrigo rechazó las peticiones formuladas por los letrados defensores,  en relación a la nulidad por la indeterminación de la acusación en todos los actos leídos en la introducción al debate, por entender que carecen de una relación precisa y clara de los hechos imputados.

En este sentido, Arrigo destacó que “en los planteos formulados falta la acreditación del agravio por parte de los señores defensores. Los imputados han tenido oportunidades diversas de defenderse, oponer y proponer testigos y pruebas y exponer los argumentos ahora esgrimidos en las ocasiones procesales pertinentes, por lo que no considero en absoluto vulnerado su derechos de defensa ya que, como quedó evidenciado, en diversas oportunidades procesales lo han ejercido”.  Sobre la nulidad de los requerimientos de elevación a juicio y la prescripción de la acción penal, el representante del MPF también argumentó su rechazo.

El Tribunal Oral Federal N 3 integrado por Andres Basso, Javier Ríos y Julio Panelo, resolvió no hacer lugar a las cuestiones introducidas en relación a los recursos de queja de la letrada Corbacho y Álvarez Berlanda.  Así también, rechazó los planteos de prescripción por violación a la garantía de plazo razonable.