29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El derrumbe ocurrió en septiembre de 2010
Beara: procesaron a los 16 imputados
El Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N°48 hizo lugar al pedido que había presentado el fiscal Andrés Madrea.

La titular del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N°48, Alicia Iermini, decretó el procesamiento los 16 imputados por el derrumbe del boliche Beara, que provocó la muerte de dos jóvenes y más de 50 heridos en septiembre de 2010. La medida alcanza tanto a los socios que administraban el local, como a funcionarios del gobierno porteño que habilitaron el recinto y a autoridades policiales.

La jueza endilgó a los imputados Juan Carlos Yun, Agustín Dobrila, Roberto M. Kattan Coria, Iván Andrés Fliess y Ronaldo Fliess -por un lado- y a Martín Diego Farrell; Pablo Demian Saikauskas; Norberto Juan Cassano; Isaac Rasdolsky; Rodolfo Nicolás Cabezas; Luis Eduardo Acosta; Osvaldo Gustavo Bachmann; Guillermo Adolfo Erdman; Julio Alfredo González; Claudio César Lorenzo y Gustavo Fabián Lombardo -por otro-, la figura de cohecho, activo en el caso del primer grupo, y pasivo en el segundo. Todos concurren en forma real con el delito de homicidio culposo agravado por el número de víctimas, en concurso ideal con lesiones culposas graves y leves.

En linea con lo señalado por el fiscal Andrés Madrea, para la magistrada, Yun, Dobrila, Kattan Coria y los hermanos Fliess, todos ellos integrantes de “El Viejo Sabio” -la sociedad que administraba el local- cometieron “prima facie” la conducta calificada como cohecho activo en calidad de coautores. Los demás imputados, por su parte, habrían perpetrado lo propio desde los cargos y funciones que ostentaban cada uno de ellos tanto en el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires como en la Comisaría 25° de la Policía Federal Argentina.

Iermini también procesó a Vanesa Ileana Berkowski, en aquel entonces responsable de la Dirección General de Fiscalización y Control del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Si bien no quedó establecido que ex funcionaria haya sido parte del pacto celebrado entre los funcionarios y los socios comerciales de Beara con el objetivo de conseguir la habilitación del local, para la titular del Juzgado de Instrucción, encuadra en la figura de incumplimiento de los deberes de funcionario público, tal como estipula el artículo 249 del Código Penal de la Nación.

En su descargo, la jueza estableció que “se pudo comprobar en el desarrollo del sumario que los imputados desde su lugar, al realizar una acción u omisión (…) contribuyeron al desenlace fatal, por cuando desde la construcción deficiente del entrepiso, el otorgamiento de una habilitación que no se condecía con la realidad y la falta de controles que no permitieran hacer salir a la luz las diferentes falencias que tenía este emprendimiento comercial”.

Respecto al rol de las autoridades policiales de la Comisaría 25, Iermini incorporó el pedido de procesamiento del fiscal Andrés Madrea, quien había considerado que los imputados “habrían intervenido y/o celebrado un acuerdo espurio con los socios en aras de evitar que fueran detectadas y sancionadas las contravenciones generadas por la habilitación. A cambio de ello, recibirían periódicamente o en forma ocasional dinero entregado por medio de alguno de los socios”.

En el caso de Rasdolsky, figura entre los acusados en su condición de arquitecto adscripto al registro de Profesionales Verificadores de Habilitaciones. Para la jueza, tenía entre sus funciones verificar la correspondencia entre el rubro habilitado y el efectivamente desarrollado, verificar la correspondencia entre los planos y la realidad constructiva del local, como también cotejar los metros declarados por la parte solicitante. Los titulares de Beara habían declarado una superfie total de 491 metros cuadrados, pero los posteriores peritajes realizados por la Facultad de Ingeniería de la UBA demostraron que la superficie real era de poco más de 220 metros.

Respecto a la imputación de los ex integrantes de la Dirección General  de Habitaciones y Permisos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires Martín Farrell y Pablo Saikauskas, la magistrada consideró que los imputados incumplieron con sus deberes ya que, si bien Farrell aseguró que “no podía dejar de otorgar la habilitación de Beara en atención a que cumplía con los requisitos formales”, sí había rechazado la de diversos comercios por desvirtuación de uso. Por su parte, si bien Saikasuskas había destacado expresamente los numerosos años de experiencia que poseía en el área de su competencia, descuidó las obligaciones que tenía a su cargo al momento de tener una participación activa en el trámite de otorgamiento de las habilitaciones.