25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Alegato del fiscal Oscar Ciruzzi
Derrumbe en Beara: solicitaron penas que van de los tres a los cuatro años y medio de prisión para doce de los implicados
Las condenas solicitadas por el Ministerio Público Fiscal alcanzan a los tres dueños del local, a cuatro policías y a cuatro funcionarios del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. El derrumbe ocurrió en septiembre de 2010 y culminó con la muerte de dos jóvenes y decenas de personas heridas en el boliche ubicado en el barrio de Palermo.

El titular de la Fiscalía General Nº7 ante los tribunales orales en lo criminal y correccional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Oscar Ciruzzi, pidió hoy penas que van de los tres a los cuatro años y seis meses de prisión para doce de los imputados en el juicio por el derrumbe dentro del boliche Beara, ocurrido en septiembre de 2010. Además, requirió la absolución de otras cinco personas.

De acuerdo a lo expuesto durante el alegato, durante la madrugada del 10 de septiembre de 2010 dentro del local bailable -ubicado en la avenida Scalabrini Ortiz 1638- se llevó adelante un recital de los ex integrantes del grupo “Ráfaga”. Cerca de las 3.50, parte del entrepiso del local colapsó y se derrumbó sobre la planta baja, lo que ocasionó las muertes de Ariana Beatriz Lizarriaga (21) y Paula Leticia Provedo (20) y las lesiones de los y las jóvenes que se encontraban allí esa noche.

Las penas solicitadas

Ante los jueces Alejandro Noceti Achaval, Gabriel Vega y Gustavo Alterini, el fiscal repasó la responsabilidad de cada una de las personas imputadas. Por este motivo, solicitó cuatro años y seis meses de prisión para Juan Carlos María Yun, Agustin Dobrila e Iván Andrés Fliess, socios en la empresa “El Viejo Sabio S.A.”, que se encargaba de explotar comercialmente el boliche Beara y también el local “Caramel”, ubicado al lado. Los consideró responsables de los delitos de “homicidio culposo agravado por el número de víctimas en concurso ideal con lesiones culposas y leves y cohecho activo con respecto a funcionarios policiales''. Además, pidió para ellos la imposición de una pena de inhabilitación de nueve años para ejercer el comercio.

“Existió un accionar imprudente y violatorio de los deberes de cuidado en un lugar donde ellos querían que existiera un importante caudal de gente: sabían del uso que iba a tener ese entrepiso”, sostuvo el fiscal Ciruzzi sobre los dueños del local.

Para el maestro mayor de obras Gustavo Amaru -quien dio el aval para la habilitación del local- el fiscal pidió una pena de cuatro años de prisión con diez años de inhabilitación para ejercer su profesión, al considerarlo culpable de los homicidios y las lesiones de las personas que asistieron a Beara la noche del derrumbe.

Con respecto a cuatro funcionarios del Gobierno de la Ciudad, el fiscal solicitó una condena de tres años de prisión en suspenso y una inhabilitación por diez años para ejercer cargos públicos al considerarlos responsables de los homicidios ocurridos y las lesiones. Se trata del ex responsable de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, Martín Diego Farrell; el ex director de Habilitaciones Especiales Pablo Damián Saikauskas; el exjefe del Departamento de Esparcimiento, Norberto Cassano, y el arquitecto responsable de Verificaciones y Habilitaciones, Isaac Rasdolsky.

El comisario de la Policía Federal Argentina Rodolfo Cabezas y los integrantes de esa fuerza Gustavo Flaminio, Luis Acosta y Julio González fueron considerados por el fiscal Ciruzzi como responsables de los delitos de “homicidio culposo agravado por el número de víctimas; lesiones culposas graves y leves; y cohecho pasivo”. Para todos ellos requirió una condena de tres años y seis meses de prisión, a lo que le agregó el pedido de pena de inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.

Responsabilidades y evidencias

Para el representante del Ministerio Público Fiscal, existió una serie de violaciones a los deberes de cuidado que produjeron las muertes de las dos jóvenes. Repasó las declaraciones que los tres socios dieron en indagatoria durante el debate donde se desligaron de las responsabilidades con respecto a la construcción del entrepiso.

Recordó entonces lo que expusieron los peritos: todos coincidieron en que la construcción estaba realizada de forma deficiente, que los tornillos estaban mal ubicados y que esa separación los convirtió en insuficientes para que soporten las cargas. Los expertos, que expusieron de manera conjunta durante el juicio, sostuvieron que el derrumbe podría haber ocurrido antes ya que el hecho no está relacionado a la edad de la estructura sino al movimiento y a la carga.

“Todas las deficiencias apuntadas son las que me llevan a señalar que sus conductas fueron imprudentes y negligentes. Si hubieran hecho caso a alguno de los requerimientos legales o advertencias de profesionales o de las demandas, quizás se hubieran evitado los resultados”.

“Los socios de Viejo Sabio S.A. no exigieron a ninguno de los profesionales que den cuenta de su trabajo; no se ocuparon de tener los conformes de fin de obra”, puntualizó el fiscal Ciruzzi. “Existió un accionar imprudente y violatorio de los deberes de cuidado en un lugar donde ellos querían que existiera un importante caudal de gente: sabían del uso que iba a tener ese entrepiso”, añadió.

“En sus descargos, todos los socios hablaron de Beara como un lugar exclusivo, que se diferenciaba de los boliches de la zona. Lo cierto es que se rompió el equilibrio: no hubo planos, no hubo inspección pero sí existió un conjunto de cosas que se hicieron mal”, aseguró la fiscalía. Recordó que los dueños pidieron primero una habilitación simple, que les permitía funcionar casi de manera automática como casa de comidas pero que nunca funcionaron de esa forma. Explicó también que, si bien presentaron la solicitud para que se los habilite como casa de fiestas privadas, Beara funcionaba como un boliche, que tenía otros requerimientos.

Citó en ese momento a los y las testigos que durante el juicio declararon que allí se vendían entradas para ingresar y alcohol para consumir, a diferencia de lo que sucede en los eventos privados. “Sin dudas los tres encargados, propietarios de Beara y de la sociedad eran totalmente conscientes de lo que hacían y de lo que pasaba tanto en la construcción del entrepiso como en la utilización diaria”, indicó el fiscal. Recordó también que nadie controlaba cuanta gente podía subir al entrepiso y que muchos testigos hablaron del exceso de gente que había, al nivel de que varias personas hablaron de que faltaba el aire allí.

Para la fiscalía, nada de lo ocurrido fue “novedoso” para los imputados y mencionó una demanda civil que se inició en 2008 contra la sociedad por un hecho ocurrido en septiembre de 2007. Una joven que asistió al local resultó herida mientras estaba en la planta baja debido a que se le cayó un tramo de la baranda del entrepiso. “Ese fue un aviso más que debió hacer mella en las conductas que debían tomar por la seguridad y por la vida de las personas”, remarcó.

“Todas las deficiencias apuntadas son las que me llevan a señalar que sus conductas fueron imprudentes y negligentes. Si hubieran hecho caso a alguno de los requerimientos legales o advertencias de profesionales o de las demandas, quizás se hubieran evitado los resultados”, sostuvo el fiscal.

Con respecto al maestro mayor de obras Amaru, si bien el acusado dijo que no conoció para qué fin se iba a utilizar el entrepiso hasta que se inició la investigación, la fiscalía señaló que ello no era posible de sostener debido a que los planos confeccionados por el imputado debieron realizarse con la asistencia al local. A eso le agregó que actuó con negligencia y que debió analizar la estructura del entrepiso.

Por otra parte, el fiscal hizo foco luego en las comunicaciones que se acreditaron en el debate y que dan cuenta de un vínculo entre los tres socios y los policías implicados en la trama por cobro de coimas. Marcó que recibieron dinero para omitir sus deberes de prevención.

"En el local llegaron a asistir 700 personas, lo que excedía por escándalo la habilitación. Se sabía de la existencia de un entrepiso de endeblez constructiva. Todos debieron saber que podía pasar lo que sucedió: no querían la muerte de nadie pero tendrían que habérselo representado".

Al analizar la responsabilidad de los funcionarios del Gobierno de la Ciudad, marcó que Farrell tenía en ese momento la potestad para no permitir la continuidad de Beara por el uso real que se le estaba dando al local. Eso mismo les endilgó también a Saikauskas, Cassano y Rasdolsky. “Obviaron intencionalmente el accionar que debían cumplir por ley: existieron datos falsos del funcionamiento como café bar, datos falsos de que iba funcionar como casa de fiestas privadas”, indicó.

“Todos sabían que Beara estaba siendo utilizado para algo que no estaba admitido. En el local llegaron a asistir 700 personas, lo que excedía por escándalo la habilitación. Se sabía de la existencia de un entrepiso de endeblez constructiva. Todos debieron saber que podía pasar lo que sucedió: no querían la muerte de nadie pero tendrían que habérselo representado”, concluyó el fiscal.

Las absoluciones

La fiscalía postuló la absolución del co-organizador del recital de aquella noche, Maximiliano Fratino, al considerar que no cumplía con funciones de gestión de manera diaria en Beara y que tampoco tenía información sobre las irregularidades.

Con respecto a Agustín De Grazia -encargado de Beara-, el fiscal señaló que no se pudo comprobar que conociera sobre los gastos que se destinaban al pago de coimas a los policías, situación por la que había llegado a juicio. Leandro Camani y Matías Pantarotto, ambos gestores de “El Viejo Sabio”, estaban acusados de los mismos delitos que los socios. Sin embargo, el MPF sostuvo que no existían pruebas de su responsabilidad.

Por último, desligó a la ex directora de Fiscalización y Control del Gobierno de la Ciudad, Vanesa Ileana Berkowski, de cualquier responsabilidad penal al considerar que su labor fue ajustada a lo que se podía realizar dentro de la normativa.