29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El tribunal de alzada revocó la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia
Casación ordenó continuar con la investigación contra “Aserradero Fueguino” por explotación laboral
Por unanimidad, la Sala III del máximo tribunal penal del país hizo lugar al pedido de los fiscales García Netto y Arranz de seguir investigando a la firma acusada de contratar personas en situación de vulnerabilidad y no garantizar las condiciones laborales mínimas.

La Salla III de la Cámara Federal de Casación Penal compartió lo manifestado por los representantes del Ministerio Público y, luego de revocar la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, ordenaron al juez federal de Río Grande que continuara con la investigación. La fiscal General ante la Cámara Federal de Casación Penal, Adriana García Netto, y su par ante la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia, Horacio Arranz, habían solicitado anular la decisión de primera instancia que beneficiaba la empresa Aserradero Fueguino S.R.L. tomaba personas en situación de vulnerabilidad -provenientes de otras provincias y del extranjero- para que trabajaran extensas jornadas laborales, entre 12 y 13 horas, sin posibilidad de comunicarse con el “exterior”, ni siquiera por razones que fueran de emergencias médicas.

A fines de febrero, García Netto, había acompañado el recurso de Casación interpuesto por Arranz, contra la decisión de la jueza Federal Lilian Herraez de Andino que desestimó las actuaciones de la causa, por no desprenderse de los hechos investigados, individuo alguno responsable del delito de trata laboral. En ese entonces, la fiscal entendió que la decisión de la magistrada era "infundada" y que incurría "en una errónea interpretación de la ley sustantiva".

Además, puntualizaron que las víctimas no estaban registradas, por lo que no se les abonaban cargas sociales, vacaciones, cobertura social o salud y ART. Los sueldos rondaban los 1500 pesos, un monto por debajo de los 2419 establecidos para la categoría más básica. A esto había que sumarle que las condiciones de habitabilidad eran pésimas.

Liliana Catucci, integrante del tribunal de alzada, señaló que "las condiciones de trabajo y de vida de los damnificados no resultan totalmente despejadas de irregularidad, razón por la cual la prueba a su respecto debe esclarecer las dudas subyacentes”.

De esta manera, Catucci explicó que frente a ese panorama, indicó que el pedido de seguir investigando se emplazaba en “el procedimiento que se impone a fin de llegar a una decisión debidamente fundada en todos los casos y más aún en el presente que se relaciona con la condición humana”. Luego, aclaró que esos “requisitos”, ordenados por la ley, no habían sido satisfechos por “el pronunciamiento impugnado”.

El juez Eduardo Riggi acompaño el voto de su colega y añadió que “las condiciones de vida y de trabajo de las personas habidas en la Empresa Aserradero Fueguino S.R.L., no aparecen totalmente despejadas de irregularidad como para disponer en la actualidad el cierre definitivo de la investigación”.

Finalmente, la jueza Ana María Figueroa, además de acompañar los votos de los otros magistrados, indicó que “las declaraciones testimoniales brindadas por las posibles víctimas y de quienes participaron del procedimiento de fiscalización del aserradero sito en la zona rural de Tolhuin, aunadas a las actuaciones del Ministerio de Trabajo trasuntan una serie de irregularidades que, de adverso a lo que sostuvo la jueza Federal interviniente en el decisorio confirmado por la Cámara de grado, podrían ir más allá de meras faltas administrativas, extremo éste que podrá ser disipado mediante una correcta valoración crítica de los elementos convictivos reunidos en la causa”.

De las declaraciones de los testigos, había surgido que los empleadores “los obligaban a realizar trabajos forzados dado que debían cumplir el objetivo planteado por el dueño o encargado”. En este punto, el fiscal Arranz en el recurso de Casación, había manifestado que la jueza Herraez de Andino omitió desarrollar la investigación en esta cuestión de “las amenazas”, y en consecuencia esto sirvió como fundamento para decir que no hubo trabajo forzoso y por “ende descartar la trata de personas”.

Ahora, el fiscal Federal de Río Grande, Marcelo Rapoport, podrá continuar con la investigación y, entre otras medidas que había solicitado, se espera que pueda tomar declaración indagatoria a los imputados Juan Antonio Parún, Carolina Parún Rúa y Adrián Horacio Rodulfo.