03 de octubre de 2024
03 de octubre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Interviene el fiscal federal Gerardo Pollicita
Coimas en el fútbol: reiteraron el pedido de embargos sobre bienes de los Jinkis y Burzaco
El representante del MPF apeló la negativa del juez federal Daniel Rafecas a llevar adelante las medidas cautelares solicitadas, decisión que –sostuvo- permitirá que los principales acusados “puedan verse beneficiados con el goce de los bienes que serían el producto o provecho del delito”. Asimismo, reclamó el apartamiento del magistrado por "un proceder alejado de la imparcialidad", luego de que éste acotara el objetivo de la investigación al posible delito de administración fraudulenta y descartara la hipótesis del lavado de activos.

El titular de la Fiscalía en lo Criminal y Correccional Federal N°11, Gerardo Pollicita, apeló la decisión del juez Daniel Rafecas –a cargo del Juzgado Criminal y Correccional Federal N°3- de no hacer lugar a las medidas cautelares solicitadas en la denuncia penal contra los empresarios Hugo y Mariano Jinkis y Alejandro Burzaco, imputados por los delitos de defraudación pública y lavado de activos en la comercialización de los derechos económicos de los partidos del seleccionado nacional de fútbol. “Encontrándose individualizado el producto del delito, corresponde decretar las medidas necesarias para no frustrar el recupero del mismo y evitar la libre disposición de los imputados de dichos bienes y los que hayan sido adquiridos mediante los fondos cuestionados y/o reconvertidos”, consigna el texto del recurso del fiscal.

Para el representante del Ministerio Público Fiscal, el rechazo del juez al pedido de embargos preventivos e inhibición general de bienes tendrá como consecuencia que los imputados “puedan verse beneficiados con el goce de los bienes que serían el producto o provecho del delito, además de evitar asegurar la existencia de bienes para responder a una eventual condena”.

A la hora de fundamentar su decisión, Rafecas había utilizado como argumento central que la acusación contra los Jinkis y Burzaco no indicaba en forma conveniente la verosimilitud en el derecho, dado que la hipótesis a investigar se encontraba aún en un “estado apenas incipiente”, y “sin que se haya dispuesto medida alguna”. Para Pollicita, en cambio, ese razonamiento carece de sustento y “contradice las constancias colectadas en el expediente”. El fiscal señaló, además, que el estado embrionario de la investigación no representa un obstáculo para las cautelares requeridas y recordó lo expresado por la Resolución PGN Nº129/09 en cuanto a que “existe una errónea convicción general de que las medidas cautelares sólo resultan procedentes cuando media el dictado de un auto de procesamiento o, por lo menos, el llamado a prestar declaración indagatoria”, no obstante, “no existe en nuestro orden legal ninguna limitación en tal sentido”.

En su recurso de apelación, Pollicita advirtió sobre los peligros que para la causa que implica la demora en dar curso a las medidas cautelares sobre los bienes de los acusados. Respecto a este punto, cuestionó que el magistrado no haya tenido en cuenta la existencia de una alerta emitida por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal que informaba una posible cesión de derechos por parte de Mariano Jinkis. El representante del MPF sostuvo que esa cesión de derechos –si bien fue previa a la presentación de la denuncia penal- fue llevada a cabo por los imputados con conocimiento de que ya se encontraba en curso de la pesquisa ante la justicia de Estados Unidos, que reclama la extradición. En resumen: a partir del conocimiento de los procesos judiciales en marcha, existen indicios de que los imputados habrían comenzado a realizar maniobras tendientes a ocultar la titularidad de bienes.

Las maniobras

La acusación que enfrentan los empresarios Hugo Víctor Jinkis, Mariano Alejo Jinkis (titulares de la empresa Full Play International Televisión S.A.) y Alejandro Burzaco (responsable de Torneos y Competencias) tiene como trasfondo el escándalo suscitado en junio pasado a partir de una denuncia por corrupción en la justicia de Estados Unidos contra los principales directivos de la Federación Internacional de Fútbol Asociados (FIFA) y la Conmebol. Una vez que tomó estado público, la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac) inició una investigación preliminar que derivó en una acusación penal por los delitos de defraudación pública y lavado de activos.

La presentación de la Procuraduría especializada describió un circuito delictivo –reiterado a través de los años- donde los imputados pagaban sobornos millonarios a las autoridades de la FIFA y la Conmebol para hacerse de los derechos económicos exclusivos para comercializar la televisación, el marketing y la publicidad de las competencias donde participaba el seleccionado nacional de fútbol. Al existir un mandato legal que obliga a transmitir en vivo para todo el territorio nacional cada uno de los cotejos que juega la selección el Estado nacional se veía obligado a negociar con los Jinkis y Burzaco los contratos de transmisión, ya que detentaban su exclusividad. De este modo, mediante el pago de sobornos, los empresarios se habrían colocado en una situación dispar y sumamente ventajosa frente al Estado, pudiendo fijar precios de manera unilateral y arbitraria, lo que les habría permitido obtener ganancias “exorbitantes” con dinero de origen público.

Al impulsar la acción penal, el fiscal Gerardo Pollicita propuso un conjunto de  prueba para avanzar en la instrucción, entre las que se encontraban las mencionadas medidas cautelares. Actualmente, los Jinkis se encuentran con prisión domiciliaria, mientras que Burzaco fue extraditado desde Italia a los Estados Unidos.

Recusación

En otro escrito, el representante del MPF planteó la nulidad de la resolución de Rafecas que delega la instrucción pero acotando el objeto de investigación a una eventual defraudación al Estado nacional, dejando fuera de la pesquisa el posible delito de lavado de dinero. Sostuvo que ese accionar “violatorio de la independencia funcional” del Ministerio Público y de la garantía del debido proceso penal "revelaría un proceder alejado de la imparcialidad" por parte del magistrado, razón por la cual solicitó su apartamiento y la designación de un nuevo juez para que prosiga con las actuaciones.

“La afectación a esta parte se deriva no sólo de que el magistrado avanzó sobre funciones que le están expresamente vedadas por nuestra Carta Magna sino que además, para ello, se basó en una construcción que se contrapone a las constancias obrantes en la causa y que indefectiblemente, conforme quedará evidenciado, cercena la plataforma fáctica de la pesquisa”, señala el escrito.

En abierta contraposición a lo sostenido por el juez, el titular de la Fiscalía Criminal y Correccional Federal N°11 argumentó que abundan los indicios de lavado de activos, no sólo a partir de la introducción al mercado de bienes obtenidos por un ilícito (pago de sobornos), sino también por cuestionamientos respecto al origen de los fondos utilizados para adquirir los derechos y licencias. En este sentido, recordó la existencia de una causa abierta en la justicia penal económica contra los Jinkis y Burzaco, como consecuencia de la incompatibilidad entre los patrimonios declarados por ellos ante la AFIP y los millonarios desembolsos que realizaron hacia la Conmebol para hacerse de los contratos, mediante coimas. “En esta etapa embrionaria del proceso no resulta aceptable un razonamiento que descarte la hipótesis de lavado de activos en contraposición con las constancias obrantes en el expediente y con la consecuente limitación fáctica del objeto de pesquisa delimitado por este Ministerio Público”, argumentó Pollicita.