25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Juicio oral
Condenaron al perito Locles por dañar pruebas en el caso de Mariano Ferreyra
El Tribunal Oral N° 16 lo condenó a un año de prisión en suspenso por manipular y alterar la bala que habría matado al joven militante del Partido Obrero. También fue inhabilitado para ejercer como perito por tres años. Los fundamentos se conocerán el 16 de septiembre.

Tras los alegatos del fiscal Fernando Fiszer -interinamente a cargo de la Fiscalía General ante los Tribunales Orales Criminales N° 16- y de las querellas, el Tribunal Oral en lo Criminal N°16 sentenció hoy a Roberto Jorge Locles a la pena de un año en suspenso e inhabilitación por tres años para ejercer su profesión de perito balístico.

El perito fue encontrado culpable de alterar el proyectil que habría producido la muerte del joven militante del Partido Obrero Mariano Ferreyra. La bala era una prueba fundamental en la investigación del crimen. Locles -quien se desempeñaba como perito de parte de la defensa de Guillermo Uño, uno de los acusados, luego fue absuelto- llegó a juicio por los hechos ocurridos el 22 de febrero de 2011. Aquel día, durante una junta de peritos realizada en el Cuerpo de Balística de la Policía Federal, el ahora condenado golpeó contra una mesa la bala extraída del cuerpo de Ferreyra, lo que generó “leves aplastamientos en la parte de su ojiva y cuerpo, más específicamente donde se hallaban las deformaciones lineales y paralelas que presentaba el proyectil”.

La audiencia de hoy se inició con los alegatos de la querella que representa a Beatriz Rial, a cargo de los abogados del Centro de Estudios Legales y Sociales Maximiliano Medina y Federico Efrón, quienes solicitaron al tribunal que el perito fuera sancionado con tres años y tres meses de prisión e inhabilitación por el doble de tiempo de la pena. Por su parte, Claudia Ferrero, patrocinante de la querella de Nelson Aguirre, adhirió a los fundamentos de sus colegas y pidió que se aplicase una pena de prisión de tres años y ocho meses, y el doble de inhabilitación profesional.

Luego fue el turno del representante del Ministerio Público Fiscal. En su alegato, Fiszer sostuvo que, en los términos del artículo 255° del Código Penal, “si se produce una mínima modificación de la prueba hay delito, independientemente de los resultados que arrojen peritajes posteriores”. El fiscal requirió una sanción de dos años de prisión en suspenso e inhabilitación para el ejercicio de su profesión de perito por un plazo de ocho años.

Por su parte, la defensa -a cargo de Luis Grisolía y Omar Vicenti- pidió la absolución de Locles por considerar que no hubo daño, pues el proyectil conservaba su idoneidad como medio de prueba. 

Previo a la lectura de la sentencia, el perito hizo uso de sus últimas palabras y volvió a insistir en su inocencia. Respecto a las imágenes del antes y el después del proyectil, sostuvo que era una “aberración pericial" comparar dos imágenes distintas. Además refirió que si la cuestión giraba en torno a la alteración de la prueba, también debía estar imputado el médico forense que sacó la bala del cuerpo de Ferreyra pues presentaba un achatamiento producto del uso de pinzas para su extracción.

Tras un cuarto intermedio, los jueces María Cristina Bertola, Inés Cantisani y Javier González Ferrari leyeron la sentencia, cuyos fundamentos se conocerán el próximo 16 de septiembre a las 13.30. El fallo fue unánime y dispuso condenar a Locles a un año de prisión en suspenso e inhabilitación por tres años para ejercer su profesión de perito, al tiempo que rechazaron el planteo de nulidad presentado por la defensa respecto de las actas que dieron origen a la investigación.