26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervino el Área de Asistencia ante la Cámara Nacional de Casación Criminal y Correccional del MPF
Confirman la condena a prisión perpetua de dos hombres por el homicidio de un adulto mayor
En línea con lo solicitado por el MPF, la Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional rechazó los planteos de la defensa y confirmó las condenas de Aldo Lorenzo Buscaroli y de Nicolás Emir Favorito por el homicidio de Alfonso Curtosi, de 89 años de edad, ocurrido en el año 2014 en el barrio porteño de Monte Castro.

La Sala I de la Cámara de Casación confirmó la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°30 en la que se había tenido por probado que, el 10 de agosto de 2014 en el barrio Monte Castro, Aldo Lorenzo Buscaroli y Nicolás Emir Favorito entraron a la casa de Alfonso Curtosi, jubilado, de 89 años de edad, forzando las rejas de una ventana, lo golpearon brutalmente y revolvieron la casa en busca de elementos de valor que finalmente sustrajeron. Luego, le dieron una puñalada que lo mató y prendieron fuego el cuerpo.

Los hechos fueron calificados como robo con efracción en concurso ideal con homicidio criminis causae -para procurar la impunidad-, ambos imputados fueron considerados coautores, a pedido de la fiscal Alejandra Perroud (en ese momento a cargo de la Fiscalía de Tribunal Oral N°26, actualmente a cargo de la fiscal Graciela Gils Carbó).

Las defensas criticaron la decisión y eso llevó el caso ante la Cámara de Casación. El pasado 20 de noviembre se realizó la audiencia ante la Sala I de ese tribunal,  y el  MPF fue representado por el fiscal Leonardo Filippini, del Área de Asistencia ante la Cámara Nacional de Casación Criminal y Correccional.  También intervino la defensa del acusado, Aldo Buscaroli.

Finalmente, los jueces de casación rechazaron los recursos interpuestos y confirmaron la condena, en línea con lo solicitado por el fiscal Filippini. La jueza Patricia Llerena, en un voto que compartieron parcialmente los jueces Jorge Rimondi y Gustavo Bruzzone, descartó los cuestionamientos relacionados con la nulidad de la incorporación de información proveniente de llamados anónimos y los referidos al modo en el que el tribunal había valorado las pruebas. Por otro lado, si bien dio la razón a las defensas en torno a un planteo de inconstitucionalidad del tipo de homicidio criminis causae, los jueces Rimondi y Bruzzone descartaron ese planteo y el relacionado con la adecuación constitucional de la prisión perpetua. Así, se rechazaron los recursos.