Un ciudadano iraní fue detenido el viernes pasado el barrio porteño de Flores por la Policía de la Ciudad tras una resolución de la Corte Suprema de Justicia que dejó firme su condena por haber integrado una organización ilegal internacional dedicada a la confección de documentación apócrifa que era entregada a migrantes para entrar con identidades falsas a distintos países. El arresto de Samiei Sajjad Naserani se concretó luego de un pedido que realizó la Fiscalía General N°3 ante los Tribunales Orales Federales de la Capital Federal, a cargo interinamente de la fiscal Fabiana León, al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 6.
El jueves 18 de junio, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti habían dictado una resolución donde consideraron que la presentación que realizó la defensa no cumplía con los requisitos formales previstos en la Acordada 4/2007, por lo que desestimaron el planteo de Naserani. Esa decisión dejó firme la sentencia de 4 años y 6 meses de prisión, que había sido ratificada por la Sala II de la Cámara Federal de Casación en noviembre del 2024.
El caso
El 12 de marzo de 2019, Naserani, junto a su pareja Mansoreh Sabzali, arribaron al Aeropuerto Internacional de Ezeiza, provenientes de Madrid, España. Al momento de atravesar los controles de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) de la terminal internacional, Naserani expuso unos pasaportes emitidos a nombre de ciudadanos israelíes, que habían sido denunciados como robados, lo que motivó la alerta naranja de Interpol.
Tras ser entrevistado por las autoridades migratorias, y pese a esa advertencia, se les permitió el ingreso a la Argentina y se les devolvieron los documentos. Luego de la intervención de la Fiscalía en lo Criminal y Correccional Federal N°1, se ordenó la detención de la pareja, que se concretó días después, en un allanamiento en el cuarto del hotel donde se alojaban, en la zona porteña del Abasto.
Finalmente, la investigación avanzó sobre prueba material que exponía los vínculos con una estructura ilegal dedicada a la adulteración de documentación que habría operado al menos entre marzo de 2015 y marzo de 2019 en la Argentina, España, Portugal, Grecia, Reino Unido, Turquía e Irán. En el juicio, la por entonces titular de la Fiscalía General N°3, Gabriela Baigún, había sostenido en el juicio la acusación por el uso de los documentos y también por la asociación ilícita.
No obstante, en diciembre del 2020, el TOF Nº6 condenó a Naserani a 3 años de prisión en suspenso por ser autor del delito de uso de documento público falso agravado por estar destinados a acreditar la identidad de las personas. En ese marco, fue absuelto por la acusación de asociación ilícita. En tanto, su pareja fue acusada solo por el uso del pasaporte falso y condenada a idéntica pena.
Luego, la fiscalía Baigún presentó un recurso ante la Cámara Federal de Casación Penal y motivó la intervención de la Sala II que en diciembre de 2021 anuló la absolución de Naserani por asociación ilícita y lo condenó también por ese delito y ordenó el reenvío al tribunal de origen para que fije nueva pena.
La resolución fue recurrida por la defensa de Naserani ante Casación y la Sala IV del tribunal de alzada revisó y la confirmó. Finalmente, el TOF Nº 6 dispuso la pena 4 años y 6 meses de prisión, que dejó firme la Corte Suprema de Justicia de Nación la semana pasada.