26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El hecho sucedió en abril de 2015
Pidieron tres años de prisión de cumplimiento efectivo para el acusado de dejar a Macarena Mendizábal en estado vegetativo
La fiscal Ana Helena Díaz Cano consideró acreditado que el imputado manejaba por la Avenida Rafael Castillo a alta velocidad cuando embistió el auto donde iba la víctima, y solicitó que sea condenado por el delito de lesiones culposas gravísimas. La próxima semana se conocería el veredicto.

La fiscal Ana Helena Díaz Cano solicitó ayer tres años de prisión de efectivo cumplimiento para Santiago Silvoso, acusado de embestir con su auto a otro vehículo donde viajaban dos personas, en abril de 2015. Como consecuencia de ese impacto, Macarena Mendizábal sufrió heridas gravísimas que la dejaron en estado vegetativo.

Ante la jueza María Cecilia Maiza, del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°24, la representante del Ministerio Público Fiscal hizo un repaso de lo sucedido el 5 de abril de 2015, cerca de las seis y media de la mañana, que consideró probado: Silvoso manejaba su auto por la avenida Rafael Obligado desde la zona de Aeroparque hacia el norte. Al llegar a la bifurcación con la calle La Pampa, pasó el semáforo en rojo y, a gran velocidad, impactó con el lateral del auto donde venían Ramiro Agustín Sala y Macarena.

Como consecuencia, el conductor sufrió heridas leves mientras que la joven, en ese momento de 21 años, resultó herida de gravedad y presenta actualmente un “debilitamiento permanente de la salud, dificultad permanente de la palabra e inutilidad permanente para el trabajo”.

En el requerimiento de elevación a juicio se había detallado que, al momento de hacerle el test de alcoholemia, Silvoso tenía un grado de alcohol en sangre de 1,45 g/l. Durante el debate, el acusado indicó que esto se debió a que había vomitado antes de que le hicieran el examen. Es por ello que la fiscal hizo referencia en su alegato a lo expresado por una perito, quien explicó que sólo podía dar positivo un test si había existido consumo del alcohol previo.

La defensa cuestionó también la velocidad a la que iba y el hecho de que hubiera cruzado un semáforo en rojo. La fiscal Díaz Cano hizo hincapié en los testimonios de varios testigos que dieron cuenta de que Silvoso circulaba a alta velocidad al momento del incidente.

La fiscal consideró que debía solicitar una pena de efectivo cumplimiento (y las más alta prevista para el delito de “lesiones culposas gravísimas”) debido a la extensión del daño causado.

Díaz Cano concluyó, entonces, que la situación consistió en una infracción al deber objetivo de cuidado. Resaltó que debía solicitar una pena de efectivo cumplimiento (y las más alta prevista para el delito de “lesiones culposas gravísimas”) debido a la extensión del daño causado. Recordó que Macarena no puede hablar, razonar, comer ni respirar, sino que todo lo hace asistida por una máquina y que su estado es irreversible.

La querella que representa a la familia de la víctima solicitó diez años de prisión por “lesiones gravísimas con dolo eventual”. La fiscalía, por su parte, consideró que la posibilidad de pedir pena por un delito doloso ya no era posible pues, durante la etapa de instrucción, la Cámara de Apelaciones había dejado firme el fallo que consideraba el hecho como culposo y que no se había indagado nunca a Silvoso por otro tipo de delito.

Luego de los alegatos de las partes, la próxima audiencia se realizará el 5 de noviembre. Allí tendrán la posibilidad de realizar las réplicas y dúplicas. Después, el acusado podrá decir sus últimas palabras, antes de que la jueza dicte el veredicto.