20 de abril de 2024
20 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El hecho tuvo lugar en abril de 2015
Tres años de prisión de efectivo cumplimiento para el hombre que dejó a Macarena Mendizábal en estado vegetativo
Lo resolvió la jueza María Cecilia Maiza, del Tribunal Criminal y Correccional N°24, quien consideró a Santiago Silvoso autor del delito de lesiones culposas gravísimas. La pena coincidió con la requerida en la instancia de alegatos por la fiscal Ana Helena Díaz Cano.

La jueza María Cecilia Maiza, del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°24, condenó hoy a tres años de prisión de efectivo cumplimiento a Santiago Silvoso por embestir con su auto a otro vehículo donde viajaban dos personas, en abril de 2015. Como consecuencia de ese impacto, Macarena Mendizábal sufrió heridas gravísimas que la dejaron en estado vegetativo. En el debate intervino la fiscal Ana Helena Díaz Cano, quién había solicitado esa misma pena.

Silvoso fue condenado por el delito de "lesiones culposas gravísimas" y además le fijaron una inhabilitación para manejar por cuatro años. La familia de la joven había solicitado diez años de prisión por el delito de “lesiones gravísimas con dolo eventual”. Los fundamentos del fallo se conocerán el próximo 12 de noviembre.

Silvoso fue condenado por el delito de "lesiones culposas gravísimas".

Alta velocidad y alcohol en sangre

El 5 de abril de 2015, cerca de las seis y media de la mañana, Silvoso manejaba su auto por la avenida Rafael Obligado desde la zona de Aeroparque hacia el norte. Al llegar a la bifurcación con la calle La Pampa, pasó el semáforo en rojo y, a gran velocidad, impactó con el lateral del auto donde venían Ramiro Agustín Sala y Macarena.

Como consecuencia, el conductor sufrió heridas leves mientras que la joven, en ese momento de 21 años, resultó herida de gravedad y presenta actualmente un “debilitamiento permanente de la salud, dificultad permanente de la palabra e inutilidad permanente para el trabajo”.

En el requerimiento de elevación a juicio se había detallado que, al momento de hacerle el test de alcoholemia, Silvoso tenía un grado de alcohol en sangre de 1,45 g/l. Durante el debate, el acusado indicó que esto se debió a que había vomitado antes de que le hicieran el examen. Es por ello que la fiscal hizo referencia en su alegato a lo expresado por una perito, quien explicó que sólo podía dar positivo un test si había existido consumo del alcohol previo.

En su exposición, la fiscal Díaz Cano hizo hincapié en los testimonios de varios testigos que dieron cuenta de que Silvoso circulaba a alta velocidad al momento del incidente. Al solicitar la pena de efectivo cumplimiento, la representante del MPF recordó que Macarena no puede hablar, razonar, comer ni respirar, sino que todo lo hace asistida por una máquina y que su estado es irreversible.

La fiscal envió un oficio a la Procuración General para que, si así lo considera, se exhorte al Congreso de la Nación a que se sancione una ley para que haya una escala penal diferenciada entre las lesiones graves y las gravísimas.