25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Está acusado de abuso sexual con acceso carnal y privación ilegítima de la libertad
Rechazaron el pedido de traslado de Rodrigo Eguillor a una clínica psiquiátrica privada
El joven de 24 años seguirá detenido en Ezeiza, en el marco del Programa Interministerial de Salud Mental Argentino (PRISMA). El próximo examen médico forense será en diciembre.

El juez del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°10, Alejandro Noceti Achaval, rechazó la solicitud de la defensa de Rodrigo Eguillor para que sea trasladado a una clínica psiquiátrica privada. El pedido incluía también la intervención de la justicia civil en el expediente. El fiscal Oscar Ciruzzi, a cargo interinamente de la Fiscalía General Nº 10, se había manifestado en contra de lo requerido por la defensa.

Eguillor está acusado de abuso sexual con acceso carnal y privación ilegítima de la libertad. El 2 de octubre el magistrado había ordenado la suspensión del trámite de la causa por “incapacidad sobreviniente”, luego de diversos informes médicos forenses que le realizaron al imputado.

De acuerdo a lo que se explica en el artículo 77 del Código Procesal Penal de la Nación, si durante el proceso judicial se detecta una incapacidad mental, el tribunal podrá suspender la tramitación de la causa y ordenará la internación de la persona en un establecimiento donde se le informará sobre el estado del imputado. Como respuesta esta resolución, la defensa pidió el traslado a la clínica “Santa Rosa” y la intervención directa de la justicia civil. El fiscal Ciruzzi consideró que la presentación del abogado de Eguillor reiteraba lo que ya había planteado antes. Indicó que la suspensión del proceso por el artículo 77 no extingue el proceso ni implica el cese de la prisión preventiva.

El acusado, de 24 años, está detenido desde principios de diciembre de 2018. La fiscalía recordó que en julio de este año se le rechazó una solicitud de excarcelación y que los peligros procesales por los cuales se había ordenado su detención continúan vigentes. Se había explicado que Eguillor tuvo un “comportamiento elusivo" durante la investigación y se había resaltado un hecho en particular: que lo hallaron en el Aeropuerto de Ezeiza cuando intentaba salir del país. Se marcó, también, "su dudoso arraigo" y el hostigamiento hacia la víctima y hacia los testigos a través de redes sociales.

Por último, la fiscalía sostuvo que la internación actual de Eguillor dentro del Programa Interministerial de Salud Mental Argentino (PRISMA) en el Complejo Penitenciario de Ezeiza es lo que corresponde para llevar de manera adecuada el tratamiento por la afección que padece.

La decisión del Tribunal

En línea con lo planteado por el fiscal Ciruzzi, el juez Noceti Achaval consideró que ya se le había respondido anteriormente el pedido a la defensa y le aclaró que se mantiene la internación dentro de Prisma debido a que el proceso “no ha fenecido sino que se encuentra suspendido”. Marcó también que el Programa cumple “adecuadamente” con las previsiones y estándares previstas en la ley de Salud Mental.

Sostuvo, además, el control periódico de la internación de Eguillor y que el próximo examen médico forense será en diciembre. Con respecto al cese de su intervención y el paso a la justicia civil, citó un fallo de la Cámara Nacional de Casación Penal: “la competencia del juez penal no finaliza, sino que queda a la espera de que el imputado o a la imputada recupere eventualmente su capacidad procesal”.

Por último, el juez resaltó que de las constancias que están dentro del legajo de salud de Eguillor surgió que, hasta el momento, no fue posible llevar adelante un tratamiento interdisciplinario debido a “la negativa del interno a participar de las entrevistas que se le ofrecen”.

La causa

El 15 de noviembre de 2018 Eguillor se reunió con una joven de 22 años en un departamento del barrio de San Telmo. De acuerdo al testimonio de la víctima, el hombre abusó sexualmente de ella y no la dejó irse del lugar. La situación se viralizó a partir de un video donde se observaba a la chica solicitando ayuda desde el balcón y a Eguillor agarrándola del cuello para meterla de nuevo a la vivienda.

Al momento de confirmarse el procesamiento dictado por el juez Carlos Bruniard, la Cámara de Apelaciones tomó en cuenta el relato de víctima, al que describió como "lúcido" y también el informe del Cuerpo Médico Forense donde constan las lesiones que tenía la chica. En la causa, además, está el testimonio de una vecina que observó la situación del balcón: "Empezó a pegarle trompadas muy fuertes en la cabeza a la chica; la agarraba con un brazo rodeándole el cuello y con la otra mano le pegaba", describió.