01 de diciembre de 2024
01 de diciembre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Crean 35 cargos en todas las jurisdicciones del país destinados a integrantes de este colectivo
Acciones del Ministerio Público Fiscal para implementar la ley de cupo laboral para personas travestis, transexuales y transgéneros
El procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, dictó resoluciones destinadas a adecuar el ingreso de personal a la ley N° 27.636 "Diana Sacayán - Lohana Berkins", promulgada en julio de 2021.

El procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, estableció la adecuación de la política institucional a las acciones positivas previstas en la Ley N°27.636 "Diana Sacayán - Lohana Berkins", que con el fin de promover la igualdad real de oportunidades en todo el territorio de la República Argentina establece el cupo mínimo de 1 por ciento de la planta de personal en el Estado nacional para personas travestis, transexuales y transgénero.

El procurador dispuso, el 10 de abril pasado, mediante la Resolución PGN 14/2023 la asignación de un contrato con relación de dependencia en cada provincia, jurisdicción y/o fuero que deberán ser ocupados por personas travestis, transgénero y transexuales (TTT). La instrumentación implica la creación inicial de 35 cargos de medio oficial o escribiente auxiliar, de los escalafones del personal de servicios generales y técnico administrativo, respectivamente.

Los cargos creados son distribuidos a razón de uno por provincia. En el caso de la provincia de Buenos Aires se asignó un contrato para cada una de las cuatro jurisdicciones (La Plata, Bahía Blanca, San Martín y Mar del Plata) que la integran y en el de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde se concentran la mayor cantidad de fiscalías del país -de los fueros federal y nacional-, se asignó un cargo a cada fuero y/o área temática. Según indica la resolución, esta distribución tiene su razón en el artículo 8° de la ley 27.636, que establece que la inclusión debe procurarse "asegurando asimismo una aplicación federal en cuanto a la distribución geográfica de los puestos laborales que se cubran".

Asimismo, el acto administrativo ordena que las y los postulantes deberán aprobar de forma previa los exámenes y los mecanismos de selección previstos en el sistema de ingreso democrático e igualitario del Ministerio Público Fiscal de la Nación.

El procurador también dispuso que la Oficina de Bienestar Laboral y Resolución de Conflictos, dependiente de la Dirección de Recursos Humanos, elabore un plan de acompañamiento para que las personas contratadas "logren una efectiva inclusión en un ambiente laboral que respete la identidad de género y promueva el desarrollo personal, la igualdad de derechos y oportunidades, la no discriminación, el trabajo digno y productivo, la educación, la seguridad social, el respeto por la dignidad y la privacidad, intimidad y libertad de pensamiento", de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la ley de cupo.

Los antecedentes

En los antecedentes de la Resolución PGN 14/2023, el procurador evocó el caso de Franchesca Carrozzino -ver su testimonio-, a quien designó el año pasado como auxiliar suplente en la Fiscalía Federal N°1 de Mar del Plata, en el marco de una resolución en la que encomendó a la Dirección General de Políticas de Género (DGPG) y a la Dirección de Recursos Humanos (RRHH) la elaboración de un proyecto que incorporara las modificaciones pertinentes al sistema de ingresos democrático e igualitario al MPF, con el objeto de adecuarlo a la promoción de la inclusión laboral de personas travestis, transexuales y transgénero prevista en la ley 27.636.

Modificación en el sistema de ingreso democrático

A partir de las recomendaciones emitidas por la DGPG y por RRHH, se dictó la Resolución PGN 70/22, que modificó el reglamento del sistema de ingreso democrático al habilitar a las personas travestis, transexuales y transgénero que aprueben los requisitos y exámenes de ingreso a integrar la nómina de postulantes. De esta manera, las personas comprendidas en la ley 27.636 podrán ser elegidas sin pasar por el sorteo de la nómina de diez titulares y diez suplentes que la Procuración General remite a los y las titulares de las diferentes dependencias del MPF cada vez que deben cubrir una vacante.

En la misma línea, entre otras medidas dispuso:

  • La creación del Equipo de Orientación y Seguimiento en Casos de Violencia de Género en el ámbito de la Oficina de Bienestar Laboral y Resolución de Conflictos.
  • La aprobación del Protocolo de actuación de actuación del Equipo de Orientación y Seguimiento en casos de Violencia de Género para su intervención específica en casos de violencia basada en el género, orientación sexual o identidad de género en el MPF.
  • La modificación del Régimen de Funcionarios y Empleados del MPF.
  • La modificación de los reglamentos disciplinarios para los/as magistrados/as y de los/as funcionarios/as y empleados/as; y del reglamento para la Selección de Magistrados/as.

Simultáneamente, desde la entrada en vigencia de la ley de cupo en julio de 2021, la Procuración General de la Nación inició una serie de acciones institucionales tendientes a su implementación, que consistieron en:

  • La difusión interna de la norma y su comunicación a las personas concursantes que habían aprobado los exámenes de ingreso democrático al momento de las modificaciones.
  • La modificación del legajo personal de las/los integrantes del organismo con el objeto de que puedan asentar su percepción de género por fuera del binarismo varón/mujer, a raíz de lo cual ocho personas hicieron el cambio.
  • La ejecución de una campaña de concientización.