27 de abril de 2024
27 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Pedido del fiscal Walter Rodríguez
Santa Fe: solicitan al Ministerio de Defensa la reincorporación al Ejército de una mujer cabo que denunció a su capitán por abuso de autoridad y maltrato
El representante del Ministerio Público Fiscal también pidió que se le paguen los haberes correspondientes sin pérdida de grado ni antigüedad desde que se le dictó la baja obligatoria en diciembre de 2019.

El titular de la Fiscalía Federal N°2 de Primera Instancia de Santa Fe, Walter Rodríguez, le solicitó al Ministerio de Defensa de la Nación, la reincorporación al Ejército de una mujer, con rango de cabo, que denunció a su capitán por abuso de autoridad y maltrato. En un escrito dirigido al ministro Jorge Taiana, el representante del Ministerio Público Fiscal pidió también que se le pague a la víctima los haberes correspondientes no percibidos, sin pérdida de grado ni antigüedad, desde el momento en que se dictó su baja obligatoria hasta su efectiva reincorporación.

MEB se desempeñaba como Cabo de Intendencia del Batallón de Ingenieros I Zapadores de Santo Tomé. El 20 de diciembre de 2019, el Jefe de Estado Mayor del Ejército aprobó la propuesta de la Junta Superior de Calificaciones de Suboficiales, que sugirió clasificarla como persona “incapacitada para todo servicio”. Así, se ordenó su baja obligatoria al encontrarse disminuida en sus aptitudes físicas “un 10% de incapacidad laborativa”.

El dictamen en el que se basó la decisión detalla que, el 26 de agosto de 2018, la mujer decidió consumir pastillas en su hogar con la intención de quitarse la vida. En este contexto, un profesional médico acreditó que MEB padecía una crisis de angustia. La Junta Médica, sin embargo, diagnosticó un “trastorno mixto ansioso depresivo” y concluyó que su afección no guardaba relación con actos de servicio.

Para el fiscal federal Rodríguez, las consecuencias sufridas por la víctima están vinculadas con un número indeterminado de manifestaciones inapropiadas, intimidatorias y de índole sexual, tanto verbales como a través del servicio de mensajería WhatsApp, expresadas por su capitán superior LGD, ocurridas entre junio de 2018 y el año 2019, cuando se dispuso su traslado al destacamento de  Curuzú Cuatiá, en la provincia de Corrientes. 

De acuerdo al fiscal, la ingesta de pastillas fue resultante de un acto atribuido a LGD, luego de que este anunciara a la víctima una sanción con diez días de arresto por no haber cargado datos en el sistema informático del Ejército, a pesar de la imposibilidad de hacerlo dado una falla informática a nivel nacional. Si bien la ingesta fue provocada por MEB, Rodríguez destacó que no fue con la intención de quitarse la vida, sino en busca de un motivo que le permitiese justificar su inasistencia en el ámbito laboral y así resistir tanto el acoso como la amenaza de arresto. 

Fue en este contexto que MEB realizó una denuncia penal ante la fiscalía de Rodríguez quien, en julio pasado, requirió la declaración indagatoria de LGD , en orden a los delitos de perjuicio y maltrato de un militar a su inferior jerárquico. Tal audiencia fue fijada para el próximo el 17 de noviembre próximo.

La presentación ante el Ministerio de Defensa

En su escrito, el fiscal Rodríguez pidió a las autoridades competentes que “se analice la reparación de las consecuencias del ilícito sufridas por la víctima”. Para ello, solicitó su reincorporación al Ejército Argentino y el abono de los haberes no percibidos con motivo de la baja obligatoria impuesta. En tal sentido, destacó que el caso encuadra en un supuesto de violencia contra las mujeres, y también como una violación a la cláusula constitucional que garantiza a los habitantes de la Nación a la protección frente a un despido arbitrario y la estabilidad del empleo público. 

Al mismo tiempo, remarcó que de acuerdo a las obligaciones internacionalmente asumidas por el Estado Argentino en materia de género “resulta indispensable adoptar medidas integrales para cumplir con la debida diligencia en casos de violencia contra las mujeres, tanto en la fase preventiva como en la persecutoria, sancionatoria y asistencial o reparadora", al tiempo que detalló las previsiones contempladas en la Convención de Belém do Pará referidos a procedimientos legales, justos y de protección. 

Rodríguez mencionó también la Ley 26.845, que promueve el acceso gratuito a la justicia de las mujeres que padecen violencia. Dicha norma establece que el Ministerio de Defensa debe adecuar las normativas, códigos y prácticas internas de las Fuerzas Armadas, impulsar programas y medidas de acción positiva tendientes a erradicar patrones de discriminación en perjuicio de las mujeres para su ingreso, promoción y permanencia en las mismas, y sensibilizar a los distintos niveles jerárquicos en la temática de la violencia contra las mujeres en el marco del respeto de los derechos humanos. 

Finalmente, el representante del MPFN consideró arbitraria la decisión de su baja obligatoria al considerar que la Junta Médica efectuó un “desconocimiento deliberado” respecto de elementos objetivos que derivaron en una conclusión falsa en punto a que la afección padecida por MEB no guardaba relación con actos de servicio. En ese sentido, remarcó que las dos profesionales que asistieron a la víctima, pertenecientes a las áreas de Psicología y Psiquiatría del Hospital Militar de Paraná, concluyeron que el estado emocional y psicológico de MEB fue consecuencia del maltrato de su superior, y que, una vez finalizado el tratamiento, se encontraron reunidos los requisitos para su alta médica, por lo que la consideraron en condiciones de reintegrarse a su lugar de trabajo y de realizar plenamente sus actividades laborales.