19 de abril de 2024
19 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervienen la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°10 de CABA y la Unidad Fiscal Especializada de Violencia contra las Mujeres
Solicitaron el procesamiento con prisión preventiva para el empresario imputado por la muerte de una joven en Recoleta
Los representantes del Ministerio Público Fiscal sostuvieron ante la Cámara de Apelaciones que el hombre debe ser procesado por los delitos de “facilitación de estupefacientes a título gratuito y de un lugar para consumirlos en concurso ideal con abandono de persona agravado por el resultado muerte”.

El fiscal Santiago Vismara y la titular de Unidad Fiscal Especializada de Violencia contra las Mujeres (UFEM) Mariela Labozzetta solicitaron a la sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional que procese y dicte la prisión preventiva de un empresario por su responsabilidad en la muerte de Emmily Rodrigues Santos Gomes, ocurrida el 30 de marzo pasado.

En la audiencia llevada adelante hoy, los representantes del Ministerio Público Fiscal consideraron que debe revocarse la falta de mérito que se le dictó en la causa y que el hombre debe ser procesado por los delitos de “facilitación de estupefacientes a título gratuito y de un lugar para consumirlos, y abandono de persona agravado por el resultado muerte”.

En la causa se investiga lo ocurrido la mañana del 30 de marzo en un departamento del barrio de Recoleta, cuando Emmily cayó desde un sexto piso hacia el patio interno de un edificio ubicado sobre la calle Libertad al 1500.

Al comienzo de la exposición, el fiscal Vismara sostuvo ante la jueza Magdalena Laiño y los magistrados Ricardo Matías Pinto e Ignacio Rodríguez Varela que el caso involucra violencia contra una mujer, lo que significa que están en juego compromisos internacionales asumidos por el Estado Argentino en esa materia. 

Vismara repasó luego los argumentos de la resolución dictada por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°31, donde se había indicado que había dudas sobre varios aspectos de la causa, motivo por el cual se dictó la falta de mérito. En este sentido, el fiscal recordó que la instrucción es el momento donde se recolecta la prueba, lo que significa que es habitual que primero se tenga una teoría del caso y que ello puede ir variando a medida que se avanza en la investigación.

Tras esto, el fiscal explicó que el comportamiento del imputado fue “determinante” para la muerte de la joven y que concretamente durante la indagatoria se le hizo saber que se le imputaba haber ejecutado acciones que provocaron el fallecimiento de la víctima. Consideró que no existió “ni imprecisión ni falta de claridad” por parte del MPF sino que se dejaron bien en claro los elementos de prueba que había en contra del hombre, que consideró suficientes como para que se dictara un procesamiento.

Facilitación de estupefacientes 

El representante del MPF dijo ante los camaristas que estaba probado que el imputado fue el organizador de la reunión que se llevó adelante la madrugada del 30 de marzo y que no se trató de un encuentro espontáneo. Indicó que todas las mujeres que fueron al domicilio de Recoleta relataron luego en la causa que había estupefacientes en varios lugares (libros o platos) con el objetivo de que sean consumidos durante la noche.

En esa línea, resaltó que de lo extraído del teléfono del hombre se pudo observar una coordinación con otra de las mujeres (a la que le pidió que llevara “amigas”) y con su proveedor de estupefacientes, al que le compró distintos tipos de drogas. Ambas cuestiones, de acuerdo a lo planteado por el MPF, derribaron la teoría de que el encuentro se llevó adelante porque las jóvenes se “auto invitaron” y dejaron en claro que el imputado organizó la reunión y compró las sustancias que luego facilitó para el consumo en su casa.

La defensa planteó en el expediente que Emmily pudo haber ingerido cualquier tipo de estupefaciente o de alcohol antes de ingresar a la casa del hombre. La fiscalía explicó que si bien eso era posible, también se observaba en los videos de la causa que la joven llegó en buenas condiciones a Recoleta y que las dos mujeres que la vieron en esos momentos dijeron que estaba “normal”. Por lo tanto, tanto el consumo excesivo (corroborado por el examen toxicológico) como la mezcla ocurrieron en la vivienda del imputado y con las sustancias que éste facilitó: cocaína, tuci y marihuana.

El fiscal entonces indicó que poner al alcance o disposición esas drogas, hace que se cumpla con las exigencias penales de la facilitación de estupefacientes y del lugar para consumo. A ello le sumó que era habitual que el hombre organizara este tipo de reuniones. 

La muerte violenta por motivos de género

La fiscal Labozzetta señaló, en primer lugar, que frente a cualquier caso de muerte violenta de una mujer, el MPF debe sostener la hipótesis de femicidio en su teoría del caso, como lo dispone el Protocolo para la investigación de femicidio del organismo y el Modelo Latinoamericano para la investigación de femicidios de Naciones Unidas, emitido en cumplimiento de los mandatos internacionales en materia de violencia contra las mujeres. Esa hipótesis puede convivir junto a otras, pero debe estar presente hasta que la prueba permita confirmarla o descartarla.

La titular de la UFEM consideró entonces que quedó claro que lo sucedido con Emmily no fue una muerte natural y que debía investigarse si constituyó un femicidio, es decir, la responsabilidad de terceros en su fallecimiento y si mediaron circunstancias constitutivas de violencia de género (más allá de la calificación legal que pueda caberle a su conducta al finalizar la investigación). Repasó los elementos que se encuentran acreditados hasta ahora y recordó que antes de la caída, se escuchó a la joven pidiendo ayuda y que su cuerpo estaba, al momento de precipitarse desde el sexto piso, completamente desnudo.

Labozzetta marcó que en el lugar se encontraron preservativos usados, una jeringa con un líquido a determinar, así como elementos y objetos sexuales y ropa de varón y mujer distribuidas en los distintos ambientes del departamento y que la escena del hecho fue alterada. Hizo hincapié en que esta escena sexualizada –negada por el imputado– estaba directamente relacionada con la violencia de género en la que se centra la teoría fiscal.

La fiscal sostuvo después que, más allá de que todas las personas fueron allí voluntariamente y que eran todas adultas y responsables de su accionar, por la manera que ocurrieron los hechos se advierte un "señorío por parte del acusado en la organización del encuentro, un control y una determinación del modo en que transcurrió y en su duración". 

Para así sostenerlo, la titular de la UFEM recalcó que el encuentro fue en la casa del empresario, que doblaba en edad a las mujeres y que tenía un alto poder adquisitivo. Incluso, señaló que a una de ellas le pagó por ir mientras que a otra le abonó el taxi cuando se fue.

Hizo foco en “la escena sexualizada” que se encontró: la presencia de los preservativos; la desnudez de la víctima (cuya parte de arriba fue hallada en el dormitorio principal); y el hecho de que el hombre se encontraba en ropa interior. 

Al momento de analizar lo sucedido, para la fiscal hubo un momento de inflexión: de acuerdo con los testimonios recolectados, cerca de las siete de la mañana la actitud de la víctima cambió. En este punto, sostuvo que desde esa hora se observó que la autonomía inicial de la joven ya no existía, lo que tendría que indefectiblemente haber llevado a un cambio de actitud de parte del empresario, quien había generado una situación de riesgo que, pese al estado de Emmily, no atendió. 

Para la fiscalía, ello no ocurrió: el hombre decidió continuar con la reunión, promoviendo continuar con el consumo de drogas y alcohol en lugar de atender la salud de la víctima o neutralizar un posible riesgo. Se destacó que la llamada al 911 realizada por el empresario se produjo recién cinco minutos antes de la caída de la joven.

“¿Por qué no llamó antes? ¿Por qué esperó recién hasta que los gritos fueron oídos por los vecinos? La respuesta es muy sencilla: porque ni la vida, ni la salud de Emmily le importaban. Una chica a quien no conocía, a quien convocó junto a otras a una reunión que armó para consumir drogas. Era un encuentro para consumo de estupefacientes llevado hasta el mayor extremo posible, teñido por un intercambio económico. No eran personas a sus ojos, sino objetos de consumo, comprables y descartables”, resaltó la fiscal Labozzetta.

La titular de la UFEM afirmó entonces que el hombre tuvo la responsabilidad de haber llevado la situación de consumo de estupefacientes a un extremo, cuando ya la víctima no podía valerse por sí misma. A partir de ello fue que pesaba sobre el imputado una responsabilidad de ejecutar acciones para garantizar su seguridad, habiendo asumido previamente un riesgo no permitido, del cual era responsable.

Prisión preventiva

Hacia el final de la exposición del MPF, el fiscal Vismara sostuvo que el procesamiento debe dictarse con prisión preventiva debido a que existe “un serio peligro de fuga”. Indicó en primer lugar que, por la penalidad prevista en los delitos que se le imputa, una eventual condena no permitiría una ejecución condicional.

Explicó después que el hombre tuvo una plena disposición del lugar y el dominio de las circunstancias, ya que fue en su casa donde se facilitaron los estupefacientes, además de que se desatendió del cuidado que debería haber brindado a la víctima.

Vismara marcó entonces que el riesgo de fuga surge de las amplias posibilidades económicas para hacer efectiva la hipótesis de elusión, dado que es un empresario de muy buena posición económica. Los representantes del MPF recordaron que existía un “serio riesgo de entorpecimiento” y marcaron que ya existieron maniobras de obstrucción realizadas por el imputado

En ese sentido, señalaron que la Unidad Criminalística dijo que la escena no había sido preservada, que se cambiaron de lugar varias cosas y que no se encontró droga en ningún lugar de la vivienda, así como tampoco se hallaron ni los libros ni los platos que supuestamente se usaron para consumir. Puntualizaron también que la ropa de Emmily no se encontró en los lugares que habían sido señalados por los testigos. Resaltaron también que el hombre borró mensajes, fotos y restringió el acceso a sus redes sociales, así como trató de ocultar la modalidad de lo ocurrido esa noche.