03 de diciembre de 2024
03 de diciembre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El proceso judicial por crímenes de lesa humanidad al director de La Nueva Provincia
Con severas críticas al juez, los fiscales apelaron la falta de mérito de Massot
La Cámara Federal de Bahía Blanca deberá resolver la apelación de la Unidad Fiscal, que pidió la nulidad de la decisión judicial, criticó la "arbitraria y descontextualizada valoración" de la prueba realizada por el juez y destacó la comunidad de sus argumentos con los de la defensa. La fiscalía decidió hacer públicas las presentaciones con las pruebas contra Massot, que se pueden descargar desde aquí.

Los fiscales de la Unidad que interviene en procesos por crímenes de lesa humanidad en Bahía Blanca, Miguel Palazzani y José Nebbia, apelaron la falta de mérito dictada por el juez subrogante Claudio David Pontet en favor del director de La Nueva Provincia, Vicente Gonzalo Massot, acusado de participar y promover crímenes de lesa humanidad.

En una extensa presentación que será tratada por la Cámara Federal de esa ciudad, Nebbia y Palazzani impugnaron la intervención de Pontet como juez, rechazaron la posibilidad de que el grupo mediático dirigido por Massot estuviera amparado en la libertad de expresión cuando se lo acusa de realizar operaciones psicológicas para las Fuerzas Armadas -presentar como "enfrentamientos" los fusilamientos, entre otras-, pidieron que se anule la devolución al imputado de los elementos probatorios obtenidos en los allanamientos a las oficinas de la empresa, y desarmaron los argumentos sobre falta de pruebas, que responden a una "arbitraria y descontextualizada valoración de los elementos probatorios". Entre otros aspectos, los fiscales además dudaron "de la velocidad con la que [Pontet] 'leyó', 'analizó' y 'ponderó' las constancias de las innumerables y abultadas causas conexas", de 169 y 128 cuerpos de 200 fojas cada uno, para escribir una resolución de 331 páginas. Pasaron 37 horas, entre el mediodía del 3 de marzo y la noche del 5, desde el momento en que recibió los expedientes y emitió su decisión, contando incluso "las horas de sueño y demás necesidades básicas de todo ser humano".

La Unidad Fiscal acusa a Massot de ser coautor del homicidio, entre el 30 de junio y el 4 de julio de 1976, de los obreros gráficos Enrique Heinrich y Miguel Ángel Loyola tras un conflicto sindical registrado el año anterior, “instigándolo, determinándolo, prestando aportes indispensables para su concreción material y encubriendo a sus autores inmediatos”. También, lo acusan de haber efectuado “aportes esenciales”, que “consistieron en el ocultamiento deliberado de la verdad” en los secuestros, torturas y homicidios de 35 personas a través de tareas de acción psicológica desde las páginas del diario, al servicio de las Fuerzas Armadas antes, durante y después de la última dictadura cívico-militar. Esas 35 personas fueron aludidas en la resolución de Pontet como "demas víctimas", y no mencionadas.

Nebbia y Palazzani remarcaron la comunidad de los argumentos del juez con los de la defensa: "luego de adscribir a la teoría de los dos demonios, y al concepto del exceso, ahora caracteriza a las investigaciones y el juzgamiento de los ilícitos como una empresa de persecución ideológica". El juez había señalado que la imputación de la fiscalía “no pasa de un reproche dogmático, que subsume -tan ideológicamente como lo hacía el diario con sus ‘enemigos’- en una comunión ideológica una participación criminal”.

"Es evidente que Pontet, por un lado, descree de las claras, convincentes y coincidentes declaraciones de los testigos, deforma sus dichos, deforma opiniones de investigadoras, mantiene oculto –a lo largo de su extenso escrito– todos y cada uno de los mensajes de aniquilamiento y relativiza la documentación de inteligencia y, como contrapartida, da crédito pleno a los dichos del imputado en su acto de defensa (amparado en su derecho constitucional a mentir), pese a que sus olvidos y contradicciones quedaron en evidencia en esta causa", indicaron los representantes del Ministerio Público Fiscal, que decidieron hacer público a través de Fiscales la primer solicitud de indagatoria y el pedido de procesamiento que contienen todas las pruebas y su valoración, disponibles al pie de esta nota junto a la apelación de la falta de mérito.

Los fiscales se explayaron en 89 páginas en un escrito que, en el inicio, pide la nulidad de la designación como subrogante del propio Pontet y, por ende, de todos los actos que realizó en la causa, la falta de mérito incluida. La decisión del magistrado que beneficia a Massot llegó incluso antes de que la Cámara Federal tratara la recusación planteada por la Unidad Fiscal en diciembre pasado, a raíz de la irregular designación del Pontet, que fue realizada luego de las maniobras que terminaron con el apartamiento del juez subrogante Álvaro Coleffi.

Respecto del nudo de la decisión, los fiscales pusieron de relieve la incorrecta aplicación del derecho por parte de Pontet respecto de las reglas de coautoría y participación criminal y la "arbitraria" valoración de la ley penal y de la jurisprudencia de la Corte Suprema y la Cámara Federal de Casación en materia de crímenes de lesa humanidad.

En su conclusión, los fiscales señalaron que "el desmérito impreso a la imputación no viene dado por una posición positivista (las normas y la jurisprudencia operan a favor de la imputación), sino por una actitud moral personal" de Massot. En efecto, los fiscales remarcaron que en su fallo Pontet reconoció: “Se desprende un total e irrestricto apoyo de LNP a las acciones de las fuerzas militares en la lucha contra la subversión. Pero no encuentro que ese apoyo se refiera a otra cosa que no sea al aspecto legal -aún con la 'pseudo-legalidad' que surge de disposiciones de un gobierno de facto- de esa acción”. Nebbia y Palazzani resaltaron "la falacia en la que incurre, al pretender descubrir un plano de legalidad y uno de ilegalidad en la lucha contra la subversión, pues pronto advierte que aquello que describe como exterminio del accionar subversivo en términos legales, no representaba más que una pseudo-legalidad. Aunque parece que para Pontet lo pseudo-legal (que incluso por propia terminología no puede ser legal) es legal"

Los fiscales señalaron que Pontet "no logra advertir moralmente el desvalor y la peligrosidad de la conducta imputada, aún cuando las normas y la jurisprudencia se encargan de establecer el deber de investigarla y juzgarla". Y en ese sentido reflexionaron: "Quizá Pontet considere que el suyo ha sido un acto de justicia, del que seguramente sienta orgullo, por reponer el equilibrio de las cosas. No podemos adentrarnos en ese universo que nos está vedado, sino limitarnos a señalar el modo en que lo decidido se aparta del derecho de largo a largo".

"Allí reside la gravedad institucional, que no se presenta sólo en la decisión impugnada, sino en la persona del sentenciante, que ha llegado a ese lugar luego de un procedimiento viciado, y que ha decidido sin interiorizarse del amplísimo cúmulo probatorio incorporado a la presente causa (y las conexas)", concluyen Nebbia y Palazzani.

Los fiscales también se agraviaron de la nulidad que declaró el juez Pontet -de oficio, es decir, sin pedido de parte- sobre el testimonio del abogado militar Mauricio Gutiérrez, defensor de otros imputados por crímenes de lesa humanidad, quien aseguró en la fiscalía que el ex subcomandante del V Cuerpo, Adel Vilas, le dijo en 1987 que presenció un diálogo entre su jefe directo, Osvaldo René Azpitarte, y la directora del diario y madre del imputado, Diana Julio, en el que esta última afirmó sobre Loyola y Heinrich: “No nos queda otro remedio Osvaldo, hay que chuparlos por izquierda".

Por otro lado, también alertaron sobre la decisión de Pontet de devolver a Massot todos los efectos secuestrados en el allanamiento al diario y sus oficinas comerciales. Reclamaron que las pruebas no regresen a manos del imputado, "en función de que la investigación sigue su curso y que todos los elementos secuestrados, a no dudarlo, guardan estrecha relación con los delitos denunciados".

"El procedimiento intelectual"

Los fiscales cuestionaron "el procedimiento intelectual que realiza la resolución", que "omite elementos probatorios" y se toma "uno a uno de los mismos para descartarlos de la misma manera (uno a uno), e incluso utilizarlos (subvirtiendo las más elementales reglas de la lógica y la experiencia) en favor del encartado". En ese sentido, los fiscales indicaron que "el cúmulo de constancias probatorias, es decir su sumatoria, es lo que permite concluir en que puede y debe procesarse al imputado", para lo cual citaron jurisprudencia de la Cámara de Casación que indica que el modo de valorar utilizado por Pontet conduce "a resultados absurdos desde el punto de vista de la verdad material, real e histórica".

"Uno de los grandes vicios que atraviesa todo el decisorio, es el magistral ocultamiento de todos y cada uno de los editoriales llevados a consideración –literalmente– en la imputación, en donde se emite el mensaje liso y llano de exterminio", consideraron Nebbia y Palazzani, y concluyeron que "sólo así pudo Pontet negar el carácter ilícito de la conducta en tales términos imputada".

Al respecto, sostuvieron que al pronunciarse sobre el caso de Heinrich y Loyola, Pontet "omitió valorar todas y cada una de las declaraciones testimoniales en la Causa N° 1103 ante el TOCF Subrogante de esta ciudad, en donde se debate dicho caso, las cuales fueron incorporadas al presente expediente".

Los fiscales, al respecto, enumeraron: "el mismo tenor de los editoriales, los vínculos del imputado y su familia con los altos responsables de la represión en Bahía Blanca, los informes de inteligencia de las propias fuerzas represivas, la presencia de funcionarios policiales de alto rango en el servicio de seguridad de la empresa, así como el personal civil de inteligencia, demuestran el conocimiento que tenía el diario acerca de la verdadera naturaleza de los hechos 'informados'".

Nebbia y Palazzani pusieron además de relieve que el juez "desconoció las conclusiones" del Tribunal Oral local en la sentencia del juicio en la causa que entre 2011 y 2012 abordó crímenes en el ámbito del V Cuerpo del Ejército. Aquél pronunciamiento fue el que dio origen a la causa Massot, pues al evaluar el funcionamiento del sistema represivo en esa ciudad, los jueces señalaron la "evidente conexión entre los directivos de 'La Nueva Provincia' y el 5° Cuerpo de Ejército" y, al respecto, sostuvieron: “Encontramos que la expresión de la verdad en el estricto marco de lo acontecido en este juicio, fue seriamente afectada por una comprobada campaña de desinformación y de propaganda negra, destinada no sólo a imponer la versión de los victimarios, sino principalmente a colaborar en la creación de un estado tal de anomia legal en la sociedad, que permitió el ejercicio brutal de violencia irracional y desatada por parte de la estructura estatal”.

"Único medio real de difusión"

Los fiscales reseñaron que, a lo largo de la investigación sobre la inserción del grupo mediático en el sistema represivo local, quedó en evidencia que "los propios órganos de inteligencia estatales definían a La Nueva Provincia como el 'único medio real de difusión' de la región, 'único objetivo de valor en Bahía Blanca' y un 'medio de difusión fundamental', aspectos que omitió –de plano– Pontet, para luego negar una relación entre la empresa, el aparato represor y el plan criminal".

En ese sentido, Nebbia y Palazzani remarcaron que esa consideración de los servicios de inteligencia "llevó, necesariamente, a que cualquier acción psicológica que se pretendía realizar sobre la población requería –inexorablemente- su intervención, siendo los aportes de esta esencial e infungible".

"El imputado –como integrante del núcleo decisional del medio– asumió voluntaria y conscientemente su parte en el plan delictivo, realizando actividad de inteligencia, en las especialidades de selección del blanco –construcción del enemigo– y actividad psicológica, de persuasión, compulsión y sugestión sobre la población, enmarcada, incluso, en los reglamentos militares que se citaron, todo ello negado en la resolución que se recurre", indicaron.

Entre otros agravios, pusieron de resalto que Pontet concluyó que las conductas atribuidas a Massot "no se encontraban reconocidas al momento de los hechos por parte de la comunidad internacional" y por eso recordaron que "la instigación al genocidio (así como la asociación para cometerlo, su tentativa, su participación y la complicidad) estaba contemplada como conducta delictiva en la Convención Para la Prevención y Sanción de dicho delito, desde hacía casi tres décadas a esa fecha".

La decisión del juez también fue cuestionada por la fiscalía porque equipara los conceptos de "lucha contra la subversión" y "lucha contra el terrorismo": "[agravia] que se sostenga, en el siglo XXI, que lo que sucedió en nuestro país fue una lucha contra este último y no lisa y llanamente un plan de exterminio de opositores políticos, resaltando que lo ilegal sólo estuvo en los métodos. Una decisión de tal tipo, lo decimos sin ambages, compromete la responsabilidad internacional del Estado".

Libertad de represión

Otro de los puntos en los que repararon los fiscales es la "creación [de Pontet] de un eximente de responsabilidad ajeno al orden jurídico y no aplicable al caso", como lo es la aseveración de que la acción de La Nueva Provincia y el grupo de medios de la familia Massot se dio en el marco del ejercicio de la libertad de expresión.

"Existen instrumentos internacionales que reflejan la voluntad de los Estados de prohibir explícitamente determinados contenidos de discurso por ser particularmente violentos y gravemente violatorios de los derechos humanos, que fueron ratificados constitucionalmente por nuestro país", recordaron Nebbia y Palazzani, y precisaron al respecto que en esta categoría se incluyen "los discursos sobre apología de la violencia, propaganda de la guerra, incitación al odio por motivos discriminatorios, incitación pública y directa al genocidio, y pornografía infantil".

Los representantes del Ministerio Público atribuyen "tal yerro" de Pontet a "una derivación de sus posiciones viciadas" cuando desdobla "el programa represivo en un componente legal, y uno ilegal". "Sólo cuando se acepta semejante desfiguración del fenómeno de terrorismo de Estado, puede luego plantearse que el diario operó en los marcos de la libertad de expresión. Es claro que si se le niega ilegalidad al mensaje de aniquilamiento (porque se puede exterminar “legalmente”), luego ese discurso podría quedar atrapado por la libertad de expresión", desarmaron los fiscales el argumento del juez subrogante. Y completaron: "Pontet inventa un conflicto normativo que no existe. No hay un eximente de responsabilidad criminal en el ejercicio de la libertad de expresión. Se trata de una falsedad construida a la medida de su decisión, y de su posición moral frente a la imputación".