26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervino la titular de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad (PCCH), María Ángeles Ramos
Condenaron a tres exoficiales del Ejército a penas de 17 y 18 años de prisión y de prisión perpetua por los crímenes cometidos en la comisaría de Ramos Mejía
Así lo dispuso el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de Capital Federal, respecto de Roberto Obdulio Godoy, Rodolfo Enrique Godoy y Francisco Rodolfo Novotny. Los fundamentos de la sentencia se conocerán el 7 de marzo de 2023.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de la Capital Federal, presidido por el juez Ricardo Basílico e integrado por sus Adriana Palliotti y María Gabriela López Iñiguez, condenó hoy a los exoficiales del Ejército Argentino Francisco Rodolfo Novotny, Rodolfo Enrique Godoy y Roberto Obdulio Godoy, a penas de 17 y 18 años de prisión y prisión perpetua, respectivamente, por los crímenes de lesa humanidad cometidos en el centro clandestino de detención que funcionó en la Comisaría de Ramos Mejía, bajo la órbita del Grupo Artillería Mecanizada 1 de Ciudadela. En el debate intervino la titular de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad (PCCH), María Ángeles Ramos.

El Tribunal tuvo por probados los hechos investigados y declaró -por mayoría- que constituían crímenes de lesa humanidad. Por su parte, el juez Basílico se diferenció de sus colegas al considerar que, además, debían ser calificados como un genocidio.

En este contexto, los jueces condenaron a Roberto Obdulio Godoy a la pena de prisión perpetua como coautor mediato de los delitos de homicidio doblemente agravado por alevosía y por haberse cometido con el concurso premeditado entre dos o más personas, en perjuicio de Gabriel Ernesto Rodríguez. También, lo encontraron responsable de nueve hechos de privación ilegal de la libertad cometida por funcionario público con abuso de sus funciones o sin las formalidades prescriptas por la ley, agravada por mediar violencia o amenazas y por haber durado más de un mes, y por la imposición de tormentos cometido por funcionario público, reiterado en siete oportunidades, una de ellas, además, agravada por ser la víctima perseguida política.

Por su parte, Rodolfo Enrique Godoy recibió una pena de 18 años de prisión, como coautor mediato de seis hechos de privación ilegal de la libertad cometida por funcionario público, agravada por mediar violencia o amenazas y por haber durado más de un mes, y por el delito de imposición de tormentos cometido por funcionario público, reiterado en cinco oportunidades.

Finalmente, se le impuso a Francisco Rodolfo Novotny una condena de 17 años de prisión por considerarlo coautor de nueve casos de privación ilegal de la libertad cometida por funcionario público agravada por mediar violencia o amenazas y por haber durado más de un mes. El Tribunal también lo condenó por imposición de tormentos cometido por funcionario público, reiterado en siete oportunidades, una de ellas agravada también por ser la víctima perseguida política.

Asimismo, todos ellos fueron inhabilitados, de forma absoluta y perpetua, para el ejercicio de cargos públicos, al tiempo que se les impusieron accesorias legales y el pago de las costas del proceso.

En su alegato, la fiscal federal María Ángeles Ramos había solicitado que se condenara a Roberto Godoy a prisión perpetua, que Novotny recibiera una pena de 25 años de prisión, y que a Rodolfo Godoy se le impusieran 20 años de prisión. Además, había requerido la unificación de penas para Rodolfo Godoy y para Roberto Godoy, con aquellas impuestas en procesos anteriores.

Oportunamente, la representante del Ministerio Público Fiscal había calificado a los delitos como de "gravedad extraordinaria" y los daños causados a las víctimas de "inconmensurables". "¿Cómo podemos medir el daño causado a las personas que fueron secuestradas violentamente, asesinadas, sometidas a condiciones inhumanas y humillantes durante mucho tiempo, privándolos de condiciones para la vida, como alimentación e higiene? Todos los efectos psicológicos, todo lo que hemos detallado, entendemos que deber ser tenido en cuenta para poder mensurar el daño han causado a cada una de las víctimas", había detallado Ramos.

El Tribunal dispuso que los fundamentos de la sentencia se den a conocer el 7 de marzo de 2023.

Los hechos

La comisaría de Ramos Mejía, localizada en la avenida de Mayo 549 de esa localidad bonaerense, se encontraba bajo el esquema organizativo del área militar 114, cuya jefatura estaba en el Grupo Artillería Mecanizada 1 de Ciudadela, y dentro de la denominada subzona militar 11, correspondiente a la jurisdicción del Primer Cuerpo del Ejército o Zona I. En la sentencia dictada en 2019 en la causa por el centro clandestino "Sheraton" se acreditó que, antes o después de su cautiverio en ese lugar, varias víctimas fueron trasladadas a la comisaría de Ramos Mejía.

Respecto de las actuaciones de los oficiales dentro del accionar criminal, la fiscalía puntualizó que Rodolfo Enrique Godoy, en su calidad de segundo jefe y jefe de la plana mayor del Grupo de Artillería 1, “fue quien asistió y secundó al jefe, recibiendo sus directivas y ocupándose que éstas fueran cumplidas. En tal calidad, planificó, dirigió y supervisó las operaciones”. Por su parte, se consideró que Roberto Obdulio Godoy, en su rol de oficial de Operaciones, también “formó parte de la plana mayor del GA1 y conforme ello recibió las órdenes de sus superiores a efectos planificar, supervisar e incluso ejecutar operaciones”. Asimismo, consideraron que Novotny -quien se desempeñó como auxiliar del Grupo de Operaciones y luego como auxiliar de Inteligencia- se encargó de brindar los aportes materiales y transmitir las órdenes para concretar la realización de los hechos, además de haber tenido una intervención directa en la comisaría de Ramos Mejía, reconocida por uno de los testigos.