La Cámara Federal de Mar del Plata hizo lugar a a la solicitud de los fiscales Horacio Azzolín y Jorge Auat y confirmó al juez Martín Bava al frente de la causa que tiene imputado por crímenes de lesa humanidad al suspendido juez Pedro Hooft, al tiempo que validó el llamado a declaración indagatoria del acusado.
El tribunal, compuesto por los jueces Jorge Ferro y Alejandro Tazza, tomó esas decisiones en dos resoluciones, en una de las cuales le pidió a los defensores "prudencia en este tipo de planteos que conllevan un retraso tácito para con la continuidad del proceso penal".
De esta forma, el juez Bava tiene vía libre para volver a convocar por quinta vez a prestar declaración indagatoria a Hooft, que faltó a las tres primeras citaciones, mientras que la cuarta fue suspendida en junio por la Cámara, que primero quiso revisar los planteos que resolvió hoy, después de más de tres meses.
La resolución de la Cámara llegó un día después de que habilitara la feria judicial por la que atraviesan los tribunales de esa jurisdicción hasta el próximo martes por la instalación de un nuevo sistema informático.
Hooft había recusado a Bava y pedido su apartamiento porque consideraba que el juez había perdido parcialidad en razón de actitudes que la defensa no llegó a describir en sus planteos, según refiere la Cámara. También lo recusó porque el juez no había llevado a cabo prueba solicitada por sus defensores.
Y, en otro planteo, Hooft había solicitado que se nulificara la orden por la cual el juez lo convocó a indagatoria porque -indicó- no estaba fundada ni contenía una descripción de los hechos que se le imputaban. Explicó que eso afectaba su derecho de defensa.
"Carece de seriedad"
Al confirmar a Bava al frente de la causa, la Cámara fustigó a los defensores, a quienes indicó que el planteo "carece de seriedad". El tribunal señaló que "no resulta apto" esgrimir la recusación "en cuanto el juez adopte una decisión que no satisfaga sus pretensiones, pues ello configura una dilación injustificada del proceso; obsérvese a este respecto que se han planteado contra el Dr. Bava varias recusaciones lo cual, incluso, carece de seriedad el sempiterno tratamiento de dicho derecho recusatorio y convierte a una contingencia procesal de la naturaleza de la recusación, siempre por idénticas razones, en una causal de retardo que resulta inadmisible y que este Tribunal no ha de tolerar".
"Este nuevo planteo supone una falta de consideración por el respeto y acatamiento a los fallos judiciales dictados por esta Cámara Federal sobre esta misma cuestión, motivo por el cual se recomienda a los recusantes prudencia en este tipo de planteos que conllevan un retraso tácito para con la continuidad del proceso penal", agregaron los jueces Tazza y Ferro.
Asimismo, los camaristas señalaron que "corresponde recomendar se eviten toda aquellas peticiones que sean un obstáculo para la prosecución de esta causa".
La Cámara también criticó a la defensa al recordarle que las pruebas -dos declaraciones testimoniales- en el trámite del incidente de recusación fueron presentadas seis meses después de interponer el recurso. El tribunal además indicó que no advertía las razones para incorporarlas, dado que no encontraban relación con el planteo.
La defensa de Hooft, agregó el tribunal, "no ha señalado específicamente la causal respecto de la cual se erige la recusación, sino por el contrario refiere el modo genérico a un fundado 'temor de parcialidad', garantía que por otra parte no se ve afectada".
No obstante, la Cámara exhortó a Bava para que resuelva sobre las medidas de prueba solicitadas por Hooft "impidiendo que los ofrecimientos probatorios señalados por la defensa queden eternizados por la locución 'téngase presente'", dado que el juez de instrucción había contestado a varios pedidos con esa fórmula.
La indagatoria
En cuanto a la solicitud de Hooft respecto de la nulidad de la indagatoria porque la orden no se encontraba fundada, la Cámara Federal señaló que no es necesario que esa pieza contenga las pruebas y la descripción de los hechos, dado que -explicó- es en el momento de la indagatoria que el juez debe informar sobre esos aspectos al imputado antes de preguntarle si desea declarar o guardar silencio. En ese sentido, los camaristas indicaron que "no ha existido un incumplimiento por parte del Sr. juez a las pautas legales".
"Tampoco consideramos que la parte apelante no haya podido ejercer la defensa material del caso, en tanto las mismas constancias del legajo dan cuenta que la parte ha tomado vista de las actuaciones y ha realizado las presentaciones que estimó correspondían", agregaron los jueces.
No obstante, los camaristas recomendaron a Bava que, para evitar planteos futuros, "indique mínimamente en el auto a través del cual se llama a un imputado a prestar declaración indagatoria la base fáctica de la imputación".