12 de octubre de 2024
12 de octubre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El ex magistrado federal porteño está acusado de crímenes del terrorismo de Estado
La Cámara Federal de La Plata revocó la falta de mérito y procesó al ex juez Sarmiento
Por mayoría, el tribunal decidió dictar el procesamiento del ex juez Rafael Sarmiento. Para ello, dejó sin efecto la falta de mérito que lo benefició en primera instancia. Está acusado de un secuestro ocurrido en el juzgado a su cargo. El fallo analiza la inviabilidad de los habeas corpus durante la última dictadura.

La Sala III de la Cámara Federal de La Plata revocó la falta de mérito del ex titular del Juzgado Federal Nº2 de la Capital Federal durante la última dictadura, Rafael Sarmiento, y ordenó su procesamiento por considerarlo partícipe necesario de la privación ilegal de la libertad de una víctima que fue secuestrada en su juzgado en 1977 cuando fue averiguar el trámite de un habeas corpus preventivo.

De esta forma, el tribunal de alzada dejó sin efecto la resolución que había dictado el juez Humberto Manuel Blanco, que llegó a la instancia de revisión gracias al recurso presentado por los fiscales Hernán Schapiro y Marcelo Molina, integrantes de la Unidad Fiscal que interviene en casos de terrorismo de Estado en La Plata.

La Cámara Federal también decidió trabar al imputado un embargo de 200 mil pesos y no se pronunció acerca de la libertad que goza. El fallo es relevante no sólo por el análisis de la conducta del juez Sarmiento, sino porque profundiza en la complicidad judicial con el aparato represivo a través de la anulación de los efectos del recurso de habeas corpus durante el terrorismo de Estado.

El tribunal platense adoptó la decisión con la mayoría integrada por los jueces Carlos Nogueira y Carlos Vallefín, mientras que Antonio Pacilio votó por confirmar la decisión de Blanco y fundamentó su disidencia en la necesidad de receptar dos nuevas declaraciones testimoniales.

Los fiscales habían pedido la indagatoria de Sarmiento en abril del año pasado. Consideraron que "el ex juez se constituyó en una pieza central para lograr la detención ilegal y los posteriores tormentos", que sufrió el ex ministro de Economía bonaerense, Ramón Miralles.

La víctima fue secuestrada el 23 de junio de 1977 en la sede del juzgado a cargo de Sarmiento cuando fue a consultar el trámite de un habeas corpus preventivo que había interpuesto en su favor, dado que temía por su integridad y libertad. Para ese momento, sus hijos Carlos y Julio, y su nuera Luisa Villar estaban desaparecidos, mientras que su esposa, María Delia Arana, sus dos hermanos y la señora que realizaba tareas en su domicilio habían sido secuestrados y posteriormente liberados.

Desde el juzgado, Miralles fue ingresado al circuito de centros clandestinos de detención comandado por Camps. En el trámite del habeas corpus fue incorporada una orden de comparendo firmada por el ex jefe de la Policía bonaerense para que la víctima fuera conducida a la Jefatura de la fuerza para "continuar la investigación que se está llevando a cabo, C.A. 2448", una sigla y un número cuyo origen nunca pudo decifrarse. Esa "orden" era escueta, tal como fue citada, y no contenía ninguna explicación,

El juez Sarmiento dio aviso a Camps y se hizo presente en la sede judicial el ex comisario de Avellaneda, Jorge Rómulo Ferranti, quien desde allí trasladó a Miralles a la entonces Unidad Regional de Avellaneda y luego a la Jefatura de Policía, en La Plata.

Miralles después pasó por los centros clandestinos de detención conocidos como COTI Martínez y Puesto Vasco, lugares donde se acreditó judicialmente que fue torturado, y por el Destacamento de Arana y la comisaría de Monte Grande. El ex ministro, que falleció hace varios años, recuperó su libertad el 24 de agosto de 1978.

La víctima compartió el cautiverio con otros ex ministros y ex funcionarios bonaerenses, perseguidos por los usurpadores del gobierno de la provincia en la dictadura, quienes los acusaban de hechos de corrupción y de vínculos con la organización Montoneros.

Los fundamentos

Al dictar la falta de mérito, Blanco consideró que debían adoptarse dos medidas de prueba tendientes a profundizar la investigación: la incorporación de un testimonio prestado en otra causa por el hijo de Miralles, fallecido al igual que su padre, y el llamado de un nuevo testigo, el ex juez en lo Contencioso Administrativo Federal, Ideler Tonelli, quien sería la persona que hizo de nexo entre la víctima y el juez Sarmiento.

Pero el camarista Nogueira -con la adhesión de Vallefín- fustigó esa postura porque "la prueba a prestarse y agregarse es sobreabundante" y "una pérdida inútil de tiempo". "A los puntos de descargo démosle la importancia que tienen, que es nula, porque casi en exclusividad refieren a hechos fuera de discusión. El juez de grado los ha aceptado para dictar la falta de mérito sin otro apoyo que su propia voluntad", agregó.

Nogueira analizó el contexto de la represión ilegal, las directivas y las órdenes del gobierno golpista, y señaló que por entonces "nada podía esperarse de los tribunales de justicia y del Ministerio Público que, entre otros derechos fundamentales, cercenaron automáticamente el cauce de los habeas corpus no obstante tratarse de supuestos de clara procedencia. Miralles, parece evidente, fue víctima de ello".

"Entre otras razones, porque resulta obvio, en la época, la altísima dependencia de los tribunales de justicia al poder militar, al cual ni siquiera estorbaron en sus objetivos de exterminio despiadado", añadió.

Nogueira también calificó de "mendaz" la afirmación de Sarmiento en su declaración indagatoria acerca de que los jueces federales desconocían la clandestinidad de la represión desatada por la dictadura. En ese sentido, indicó que esos hechos eran "públicos y notorios"

El camarista también desvirtuó el argumento de Sarmiento sobre que Miralles había sido detenido por una "autoridad competente" como el jefe de la Policía bonaerense. Nogueira recordó que es el juez "la autoridad competente para garantizar los derechos del ciudadano contra arbitrariedades del poder estatal".

"Sarmiento sabía indudablemente, por la situación general del país y, además, por la simple lectura del habeas corpus presentado, del peligro latente que corría Miralles, es decir, conocía de sus dicho el temor de que le ocurriera algo terrible. También debió suponer la angustia de aquél, provocada por la detención de sus hijos, esposa, nuera y empleada doméstica e invasión a la vivienda de sus padres", indicó Nogueira.

"La sola promoción del habeas corpus le obligaba a cerciorarse plena, precisa y documentalmente de la orden policial de comparendo y, en particular, de los motivos que habían llevado a emitirla al funcionario", agregó.

Nogueira remarcó que en este caso "el habeas corpus fue un medio para allegar a una persona buscada a los centros clandestinos de detención y tortura; un modo de contribuir a que ello aconteciera sin obstáculos materiales".

El camarista también cuestionó en su voto que Sarmiento "no puso voluntad, siquiera leve, para estar en condiciones de determinar si el arresto era legal o ilegal", y "mandó con prisa arrestado a Miralles y dio carta blanca a la actividad represiva ilegal". "Puso el cuerpo de la víctima en manos de los verdugos", completó.