25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En coincidencia con lo postulado por la Unidad de Asistencia en Causas por Violaciones a los Derechos Humanos de Chaco
La Cámara Federal de Resistencia denegó la prisión domiciliaria a detenidos por crímenes de lesa humanidad
El tribunal de alzada confirmó lo resuelto por la jueza federal Zunilda Niremperger. Se trata, en total, de seis miembros del Ejército y la policía provincial que en su mayoría ya fueron condenados en distintos procesos que tramitaron en la jurisdicción.

La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia confirmó hoy la resolución de la jueza federal Zunilda Niremperger que había denegado la prisión domiciliaria de militares y policías detenidos por crímenes de lesa humanidad en la Cárcel Federal U7. Los camaristas coincidieron con los argumentos brindados por la Unidad de Asistencia en Causas por Violaciones a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado de Chaco de Chaco, que había dictaminado en ese sentido ante la magistrada de instrucción y el tribunal revisor. 

Se trata del teniente Jorge Simoni del Ejército Argentino, los comisarios José Francisco Rodríguez Valiente y Carlos Domingo Mora, los agentes Ángel Jorge Ibarra y Juan De la Cruz López de la Dirección de Investigaciones de la Policía del Chaco y el suboficial Héctor Roldán de la Alcaidía Policial. Todos se encuentran a disposición del Juzgado Federal y están procesados por tormentos y privación ilegal de la libertad a detenidos por razones políticas en las causas “Caballero 3”  y “Conscriptos”.

Asimismo, Simoni se encuentra cumpliendo una pena de prisión perpetua por la "Masacre de Margarita Belén"; el comisario general Rodríguez Valiente cumple sendas condenas por 25 y 20 años en los juicios “Caballero 1 y 2” ; el suboficial Roldán recibió una pena de 25 años en el juicio "Caballero 1", mientras que a Ibarra recibió se le impusieron 12 años en "Caballero 2”.

Los argumentos de la Cámara Federal

La jueza Rocío Alcalá y el juez Simón Rubén Getzel, luego de analizar las condiciones de detención y la aplicación los protocolos de resguardo por el coronavirus, estimaron que "la Unidad N° 7 resulta idónea" para que continúen "el  cumplimiento  de  la  prisión preventiva  dispuesta, contando la medida de razonabilidad y proporcionalidad, atento a la gravedad de los delitos atribuidos, la complejidad de la causa que se deriva de la pluralidad de víctimas, el tiempo transcurrido desde la fecha de los hechos reprochados y la multiplicidad de imputados pertenecientes a las distintas   Fuerzas  Armadas, correspondiéndole la presente observación a una 'interpretación acorde con las circunstancias de cada caso particular'", según la acordada N°9/20 de la Cámara Federal Casación Penal.

"No escapa a la consideración de esta Cámara que la CIDH [por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos] en su resolución 1/2020 –acápite 47-­ indicó que respecto de las personas en situación de riesgo en contexto de pandemia, las solicitudes de beneficios carcelarios  y medidas  alternativas  a la pena de prisión,  y  respecto de casos  de  personas condenadas  por graves violaciones a los derechos humanos y delitos de lesa humanidad, debe evaluarse  atendiendo al bien jurídico afectado, la gravedad de los hechos y la obligación de los  Estados de sancionar a los responsables  de tales  violaciones,  y que tales  evaluaciones  requieren de un análisis  y requisitos más exigentes, con apego al principio de  proporcionalidad y a los estándares interamericanos aplicables”, contextualizaron.

En esa línea, entendieron que estando en aislamiento obligatorio, sin casos dentro de la Unidad en cuestión, donde además cuentan  con  atención médica por fuera del sistema sanitario  público  de salud y se proporcionan los medicamentos requeridos  para tratar  eventuales  padecimientos, el traslado hacia los domicilio podría  exponer a los detenidos "a una situación  de  mayor  riesgo  que  el  alegado  en  la especie, siendo todo ello materia de constante monitoreo por parte del jueza”.