20 de abril de 2024
20 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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La Unidad Fiscal señaló que la decisión pone "en riesgo" la investigación
La Plata: apelaron la decisión que permite salir del país a siete ex militares imputados
El juez platense Alberto Recondo levantó la prohibición de salida del país a siete ex militares a quienes decretó la falta de mérito. Los fiscales advirtieron sobre el "peligro de fuga" y sostuvieron que confundió los efectos de la falta de mérito con los del sobreseimiento.

Los fiscales Marcelo Molina y Juan Martín Nogueira apelaron la resolución del juez federal subrogante Alberto Osvaldo Recondo de levantar la prohibición de salida del país a siete imputados por crímenes de lesa humanidad -la mayoría, ex oficiales del Ejército- a quienes les dictó recientemente la falta de mérito en el caso del homicidio de un hombre y una mujer y el secuestro de tres niños en 1977.

En su recurso, los representantes del Ministerio Público pusieron énfasis en la "arbitrariedad" de la resolución del juez y remarcaron que "la falta de mérito no es incompatible con la prohibición de salida del país", frente al razonamiento de Recondo, quien había marcado que "la falta de mérito dispuesta respecto de los imputados resulta incompatible con la restricción pretendida".

La semana pasada el juez benefició con la falta de mérito -y ordenó la liberación- al segundo jefe del Batallón de Comunicaciones de Comando 601 de City Bell, Carlos Alberto Bazán (77) y a parte de la plana mayor de la unidad, compuesta por el oficial de Inteligencia, Francisco Ángel Fleba (66); el oficial de Logística, Silvestre Santiago Badías (69), y el oficial de Operaciones, Eduardo Arturo Laciar (76); el jefe de la Compañía B del Batallón, Daniel Leonardo Lucero (66), y el entonces cabo primero Miguel Ángel Ferreyra (62). Por esos días, permanecía prófugo Eduardo Enrique Barreiro (60), jefe de la tercera Sección de la Compañía B, quien luego de enterarse de la resolución que favoreció a sus ex compañeros se presentó voluntariamente en el juzgado, fue indagado y beneficiado con la falta de mérito y el levantamiento de la prohibición de salida del país. La causa tiene como único procesado al ex jefe de la unidad militar, Néstor Horacio Falcón (84 años).

Para los fiscales, el Recondo extrajo"conclusiones sustentado en consideraciones que no se condicen con la sistemática del régimen procesal que se aplica". Cuando apelaron la falta de mérito de los imputados la semana pasada, los representantes del MPF ya habían advertido que el juez -que subroga el juzgado penal, pero su materia es comercial, civil y contencioso administrativa- había confundido el sobreseimiento con la falta de mérito.

Por eso ahora, en este recurso que apela la decisión de levantarles la prohibición de salir del país a los acusados, le señalaron que la falta de mérito "no implica desligar al imputado del proceso, sino antes bien, éste queda sujeto al mismo en esa condición hasta tanto se resuelva su situación procesal".

"Luego de dictado el auto de falta de mérito, y al no haber decisión que defina la situación procesal como se dijera, queda abierto un abanico de posibilidades investigativas, incluidas aquellas medidas precautorias que tienden a preservar la buena marcha del trámite y a evitar que este pueda frustrarse", señalaron Molina y Nogueira en el recurso.

En ese sentido, puntualizaron que el artículo 309 del Código Procesal Penal, relativo a la falta de mérito, "prevé como lógica consecuencia la recuperación de la libertad ambulatoria del imputado en caso de que estuviese restringida, más ello no trasciende a otro tipo de restricciones menos gravosas que no afectan dicho derecho, dado que, como se dijera, la persona continúa como imputado en la causa y sensible al dictado de medidas tendientes a garantizar la correcta tramitación".

Por otro lado, los fiscales remarcaron que la resolución del juez pone "en riesgo" la prosecución de la investigación, dado que, por el estado en que se encuentra la causa, el peligro de fuga "continúa vigente".

"Los imputados resultan vinculados a graves crímenes que se reputan pertenecientes a la categoría más general de lesa humanidad, en tanto su situación procesal pende en estos momentos de las resultas de los recursos de apelación interpuestos por nuestra parte para que se revoque la falta de mérito dispuesta", sostuvieron los integrantes de la Unidad Fiscal de La Plata que interviene frente a crímenes del terrorismo de Estado.

En el mismo sentido, Molina y Nogueira recordaron al juez los 54 prófugos que se registran en la actualidad en todo el país relacionados a este tipo de casos y la obligación internacional del Estado Argentino de adoptar decisiones para evitar la impunidad de los crímenes de lesa humanidad, como la de "abstenerse de realizar acciones que de cualquier manera vayan dirigidas, directa o indirectamente, a imposibilitar la investigación de este tipo de hechos".

En el caso, se investiga el ataque por parte del Batallón de Comunicaciones 601 de City Bell y de otras fuerzas represivas a una vivienda de la calle 148, entre 27 y 28 de Berazategui en la mañana del 6 de septiembre de 1977. Aquél día, fue asesinada María Nicasia Rodríguez, madre de tres niños de 12, 10 y un año y medio de edad que estaban con ella en la casa, y Arturo Alejandrino Jaimez, quien permanece desaparecido. El cuerpo de la mujer fue enterrado como NN en el Cementerio de La Plata y fue identificado en 2007 por el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF).

La niña de 12 años fue secuestrada y, durante tres meses, llevada a diferentes centros clandestinos de detención. Sus hermanos menores fueron derivados a la Policía bonaerense y, tras ocho días de estar desaparecidos, entregados a su familia biológica.