28 de abril de 2024
28 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En línea con la acusación de la Unidad Fiscal Federal
La Plata: condenaron a prisión perpetua al exministro Smart y a dos expolicías por el homicidio del militante Horacio Benavídes en la vía pública en 1976
El tribunal consideró que se trató de un crimen de lesa humanidad y condenó a Smart y a los policías Walter Ale y Juan Risso como coautores del homicidio del militante de Montoneros, que se produjo el 30 de septiembre de 1976 en pleno centro de la ciudad.

El Tribunal Oral Federal N°2 de La Plata condenó ayer a prisión perpetua al exministro de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, Jaime Lamont Smart, y a los dos expolicías bonaerenses, Walter Omar Ale y Juan Nazareno Risso, por el homicidio del militante de la organización Montoneros Horacio Alejando Benavides, a plena luz del día frente a la Municipalidad de la capital provincial el 30 de septiembre de 1976.

En sintonía con lo solicitado en el alegato por el auxiliar fiscal Juan Martín Nogueira y el fiscal general Gonzalo Miranda, de la Unidad Fiscal Federal de La Plata, los jueces Nelson Jarazo, Enrique Méndez Signori (presidente) y José Antonio Michilini condenaron con la máxima pena a los tres imputados, al considerarlos coautores penalmente responsables del delito de homicidio calificado por haberse cometido con el concurso premeditado de dos o más personas en perjuicio de Benavides.

A su vez, el tribunal declaró que el hecho objeto de este proceso constituye un crimen de lesa humanidad, mientras que el juez Michilini, en su voto complementario, declaró que el hecho es un crimen de lesa humanidad cometido en el marco del genocidio perpetrado en la Argentina entre los años 1976 y 1983.

De conformidad con el pedido de la Unidad Fiscal y la querella, el tribunal ordenó remitir el testimonio de la sentencia a los diarios Clarín, El Día y La Prensa. Las partes acusadoras habían requerido que la sentencia fuera remitida a esos medios para la rectificación de lo publicado respecto de los hechos y sobre la víctima en las ediciones del 3 de octubre de 1976. El tribunal también ordenó la difusión de la sentencia a través del Centro de Información Judicial (CIJ).

El homicidio

Según se acreditó en el proceso, la persecución a Horacio Benavides comenzó el 21 de septiembre de aquél año, cuando un grupo de personas armadas irrumpió en su búsqueda en la casa de sus padres. Aquel día se llevaron a su hermano Marcelo, quien fue puesto en cautiverio en el centro clandestino de detención que funcionó en el Destacamento de Arana y sometido a torturas e interrogatorios en los que le preguntaron por el paradero de Horacio. En un momento, durante su privación ilegal de libertad, Marcelo fue conducido por sus captores hasta el domicilio de Horacio, que se encontraba junto a su esposa y sus compañeros de militancia, y que lograron escapar del operativo.

El 30 de septiembre de 1976, Horacio Benavides fue interceptado en la calle 12, entre 50 y 51, de la ciudad de La Plata, por un grupo de oficiales de la Policía de la provincia de Buenos Aires, entre quienes se encontraban Ale y Risso. De acuerdo con la prueba documental y testimonial -la fiscalía presentó las declaraciones de cuatro testigos presenciales-, los efectivos descendieron de varios vehículos particulares y comenzaron a dispararle, con lo cual provocaron su muerte en el momento.

En su alegato, la Unidad Fiscal había señalado que, además de Risso y Ale, por el operativo de aquel día también fueron felicitados por haber participado en los hechos los expolicías -fallecidos- Ángel Raúl Andrada, Carlos Emilio Bordalonga, Ramón Carlos Velasco, Pedro Víctor Bidegain, Raúl Alberto Salcedo y Carlos Horacio Sánchez -muerto durante el procedimiento-, y que esos efectivos estaban bajo las órdenes del entonces director General de Investigaciones de la policía de la provincia de Buenos Aires, Miguel Osvaldo Etchecolatz, quien fue requerido a juicio en este caso pero falleció antes del inicio del debate.

La fiscalía remarcó en la acusación que el aporte de Smart sostuvo al funcionamiento del aparato organizado de poder que intervino en estos hechos mediante la puesta a disposición de la represión ilegal del personal y la logística necesaria para el cumplimiento de los propósitos criminales. En efecto, el MPF puso de relieve que el entonces ministro Smart aprobó y promovió las propuestas de ascenso del personal felicitado por su intervención en los hechos.

Los restos de la víctima fueron recuperados por su familia días después y enterrados en el cementerio de la ciudad de La Plata, gracias a gestiones realizadas por su padre ante las autoridades militares.