29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En la causa en la que permanece detenido por secuestros y torturas a tres víctimas
La Rioja: la Fiscalía amplió la imputación y Milani será indagado el martes 14 por asociación ilícita
El ex jefe del Ejército deberá comparecer nuevamente para responder a la nueva imputación. Para el día siguiente, fue citado el ex teniente primero Santacroche. La fiscal Miguel Carmona recordó que el resto de los imputados que integraron el aparato represivo en la provincia fueron condenados el año pasado por asociación ilícita.

El ex jefe del Ejécito César Milani deberá comparecer el próximo martes 14 de marzo a una nueva declaración indagatoria, luego de que la fiscal federal Virginia Miguel Carmona ampliara la imputación por asociación ilícita y el Juzgado Federal de La Rioja receptara ese pedido. Un día después, el 15, deberá presentarse el entonces teniente primero Alberto Solano Santacroche a responder por el mismo delito.

La convocatoria a prestar declaración indagatoria a los dos imputados fue firmada por el titular de aquel Juzgado, Daniel Herrera Piedrabuena, antes de salir de licencia por razones médicas. Si el juez no se recupera antes de esa fecha, el magistrado encargado de llevar adelante la medida será quien designe la Cámara Federal de Córdoba para que lo subrogue.

La fiscal Miguel Carmona había ampliado la acusación a Milani y Santacroche en un escrito presentado el 1° de marzo, en el que solicitó que "se cite nuevamente a prestar declaración indagatoria" a ambos "en razón de advertir que no se encuentra completa la imputación de los delitos que han sido intimados a su respecto, esto específicamente con relación al delito de asociación ilícita previsto en el artículo 210 del Código Penal vigente a la fecha de los hechos que se investigan, y que se desprende de la descripción contenida en el requerimiento de instrucción". Y remarcó: "Advirtiendo que no se halla completa la descripción de los delitos que cabe endilgar a los acusados, resulta ser éste el momento procesal idóneo para poner en conocimiento de los imputados la totalidad de los delitos que esta acusación pública les atribuye haber cometido, y así éstos puedan ejercer plenamente su derecho de defensa".

En efecto, la fiscal recordó que el resto de los imputados en esta causa fueron condenados por asociación ilícita el año pasado: el ex jefe del III Cuerpo del Ejército Luciano Benjamín Menéndez, el ex juez federal Roberto Catálán, el ex médico y jefe de la Sección Sanidad del Batallón 141 del Ejército Leónicas Carlos Moliné y el ex inspector en la Delegación local de la Policía Federal, Roberto Reinaldo Ganem.

Milani está detenido por disposición de Herrera Piedrabuena desde el 17 de febrero pasado, cuando se presentó a declarar como imputado por su presunta participación en los secuestros y las torturas de Ramón Alfredo Olivera y de su padre, Pedro Adán Olivera, sucedidos en marzo de 1977 en la capital riojana, y por el secuestro y las torturas de Verónica Ligia Matta, quien logró reconocerlo cuando la detenían ilegalmente en una noche de julio de 1976 y durante la tortura propinada a uno de sus compañeros de detención. Ramón Olivera también reconoció a Milani -a la época, subteniente del Batallón 141- como la persona que lo traslado desde su cautiverio ante el juez Catalán e individualizó a Santacroche entre sus secuestradores. Por eso, el entonces teniente primero está imputado sólo por ese caso.

Al fundar la imputación por el delito de asociación ilícita, la fiscal Miguel Carmona recordó el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de La Rioja que condenó a los distintos miembros de la estructura represiva que operó en aquella provincia y apuntó que "lo que primeramente aparece como incontrovertible es que el funcionamiento del mecanismo represivo llevado a cabo en la provincia de La Rioja fue el producto de un acuerdo de voluntaddes realizado entre un considerable número de agentes estatales de diversas jerarquías que se asoció ilícitamente con el propósito de llevar adelante un objetivo criminal constituido por la persecución, aprehensión, cautiverio, tortura y eliminación física de personas".

En ese sentido, citó el fallo de la Corte Suprema en el caso de Enrique Arancibia Clavel, el agente chileno de la DINA condenado por el asesinato del ex jefe del Ejército de su país, Carlos Prats, y su esposa Sofía Cuthbert. Aquél antecedente, sentó que, en el caso, la asociación ilícita es un delito imprescriptible, por considerarlo de lesa humanidad. La fiscal citó varios párrafos, entre ellos el voto del ministro Juan Carlos Maqueda, quien señaló que "el delito de asociación ilícita por tomar parte de una organización dirigida a la persecución de opositores políticos constituye un crimen de lesa humanidad cuyo castigo se encuentra impuesto por normas imperativas de Derecho Internacional (ius cogens) para todos los estados nacionales, que deben ser castigados por éstos, sin que pueda admitirse la legitimidad de normas que permitan la impunidad de actos aberrantes cometidos en el marco de una amplia persecución estatal".