25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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María Ángeles Ramos, fiscal federal a cargo de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad
“Los crímenes de lesa humanidad en Argentina deben ser prioridad en la agenda política y judicial a nivel nacional”
En un nuevo aniversario del golpe Estado de 1976, la titular de la procuraduría especializada refiere que el paso del tiempo y la actuación coordinada de diferentes agencias del Estado son dos variables fundamentales en los resultados del proceso de verdad y justicia. Describe la organización del MPF para estos juicios y marca los avances y desafíos en materia de política criminal.

“El proceso de juzgamiento no está pronto a finiquitar, sino todo lo contrario”, señala a Fiscales.gob.ar la fiscal federal a cargo de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, María Ángeles Ramos, en referencia al porcentaje mayor que aun representan las causas que tramitan en la fase de instrucción en relación con el estado procesal del resto de las actuaciones.

Ante un nuevo aniversario del golpe de Estado de 1976, la fiscal Ramos describe el rol de la oficina especializada, define los objetivos de la política criminal del MPF y expresa su diaria preocupación sobre el estado de los procesos judiciales por los delitos perpetrados por el terrorismo de Estado, donde la necesidad de dar respuestas a las víctimas, a sus familiares y a toda la sociedad exige una carrera contra el paso del tiempo.

 - ¿Por qué hoy, a 47 años del golpe de Estado, se siguen investigando los crímenes del terrorismo de Estado?

- Argentina forma parte del grupo de países que suscribió pactos y tratados internacionales que, por un lado, definen la necesidad y la obligatoriedad para el Estado argentino de investigar sin solución de continuidad estas causas. Por otra parte, porque también suscribimos el Estatuto de Roma, que forma parte de nuestro derecho interno, que nos fija y nos limita cuando hay un crimen de lesa humanidad. A partir de este parámetro normativo internacional que está incorporado a nuestro derecho interno, más los compromisos internacionales que asumimos como Estado en materia de búsqueda, averiguación de la verdad y de dar una respuesta no solamente a las víctimas, sino también a la sociedad, y por el carácter que involucran estos crímenes, es que estamos obligados normativamente, convencionalmente, constitucionalmente a no cesar en las investigaciones de cada uno de los casos que se involucran en este supuesto de fenómeno criminal vinculado al terrorismo de Estado en la Argentina.

- ¿Qué alternativas tenemos hoy frente a la muerte de los imputados?

- Con relación a esto, es un verdadero desafío para todo el sistema judicial argentino. Hay dos situaciones: por un lado, lo que implica el proceso de juzgamiento integral, que apunta a dar una respuesta a las víctimas respecto de lo que les ocurrió a cada una de ellas y, junto con ello, la determinación y la identificación de los responsables. Eso unido en un proceso judicial involucra el dictado una sentencia, con la declaración de la existencia de esos hechos y la declaración de responsabilidad criminal. Es cierto que en razón del tiempo que llevan estos casos, desde que se han cometido hasta el día de hoy, nos presenta este principal desafío, que tiene que ver con que hay imputados que se incapacitan o que fallecen durante el proceso de enjuiciamiento y que nos abre la necesidad de pensar como estrategia en, por un lado, redefinir las prioridades. Desde este punto de vista, sin lugar a dudas, los casos que están siendo investigados por crímenes de lesa humanidad en Argentina cometidos durante el terrorismo de Estado deben ser prioridad en la agenda política y judicial a nivel nacional. Es la única manera de que estos juicios puedan avanzar en el menor tiempo posible. Las investigaciones criminales por crímenes de lesa humanidad que están abiertas hoy en la Argentina demuestran que están en plena etapa de producción, y la producción no es simplemente lo que sucede adentro de un juzgado o adentro de una fiscalía, sino que involucra a distintas agencias del Estado que tienen que contribuir en el menor plazo posible, hacer los aportes que se requieran, informes, análisis de legajos, un montón de elementos probatorios que contribuyen a conformar la prueba  que será la base del eventual juicio oral. Si no ponemos esto en una agenda prioritaria, indefectiblemente vamos a llegar a la segunda cuestión, que está vinculada con la imposibilidad de avanzar en una respuesta de responsabilidad criminal. Entonces, el segundo desafío que se nos presenta aquí es analizar y pensar ante esa situación de incapacidad sobreviniente o fallecimiento de un imputado si el caso se va a cerrar allí o si lo que vamos a promover es que se continúen ventilando estos procesos por derecho a la verdad de las víctimas y para dar una respuesta integral a lo que ocurrió, más allá de que no haya posibilidad hoy actual de tener un responsable.

"Una de las grandes cuestiones que estamos trabajando y abordando en la procuraduría es el tema de los casos que están en etapa de investigación y que están avanzando con mayor dificultad hacia la etapa de juicio en lo que tiene que ver con responsabilidades civiles y eclesiásticas vinculadas con el plan sistemático".

- ¿Cuáles son los desafíos en la actualidad para la política criminal del Ministerio Público Fiscal?

- A partir del análisis que hacemos en la procuraduría del proceso de juzgamiento a nivel integral tenemos distintos escenarios que son reflejo de algunos desafíos o necesidades sobre las cuales establecer prioridades de actuación. Para el Ministerio Público Fiscal el avance y el enjuiciamiento de los responsables de crímenes de lesa humanidad es una prioridad. Desde este punto de vista y frente a los distintos escenarios, tenemos que abordar situaciones específicas que ocurren en la instrucción para intentar avanzar lo más rápido posible hacia una etapa de juicio oral, desafíos propios de la etapa de juicio y luego lo que tiene que ver con la ejecución de la pena, que habitualmente se conoce como el cumplimiento de las penas, de las condenas y de las situaciones de detención en cada una de las causas que ya fueron resueltas junto con el trámite de la etapa recursiva. Entonces, hay distintos desafíos según cada estado. Una de las grandes cuestiones que estamos trabajando y abordando en la procuraduría es el tema de los casos que están en etapa de investigación y que están avanzando con mayor dificultad hacia la etapa de juicio en lo que tiene que ver con responsabilidades civiles y eclesiásticas vinculadas con el plan sistemático. Ahí tenemos un desafío sobre el cual trabajar. Estamos haciendo relevamientos específicos y trabajando en equipo con los fiscales de cada caso para ver de qué manera poder contribuir en que esos casos avancen con mayor fluidez. Por otra parte, también estamos enfocando el estudio del análisis de los casos de la instrucción en casos de víctimas que todavía no han sido judicializados y junto con imputados que no han sido aún llevados a juicio. Es decir, estamos dándole prioridad dentro de todo ese universo a ese grupo. Pero, lógicamente, la instrucción, como dije, está en plena etapa de producción y la estadística muestra que estamos en más de un 45% de producción de casos a nivel nacional [es decir, de causas que tramitan en la etapa de instrucción], lo cual muestra que el proceso de juzgamiento no está pronto a finiquitar, sino todo lo contrario.

- Se cumplen 40 años de la restauración del Estado de Derecho. En ese tiempo hubo idas y vueltas en el proceso de verdad y justicia. ¿Qué balance se puede hacer actualmente?

- Desde el Ministerio Público Fiscal el balance es positivo desde que se anularon las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, que fue como un primer hito político que permitió y facilitó el avance bajo una metodología sin solución de continuidad, lógicamente con una gran producción al comienzo y que se fue manteniendo a lo largo del tiempo. Si se analiza la estadística que muestran los datos de los cuales nos nutrimos en la procuraduría, advertimos que el proceso de juzgamiento no se ha paralizado, incluso con la pandemia. Es desde este punto de vista, el saldo es positivo. Lo que pasa es que tenemos que poner el foco en lo que queda por hacer en función del tiempo biológico, porque no solamente fallecen imputados, sino que también vamos perdiendo prueba desde el punto de vista de que las víctimas también son personas de edad avanzada; los testigos directos de aquellos hechos, también. Entonces, desde ese punto de vista tenemos que enfocar un esfuerzo y los recursos para que la instrucción avance a corto plazo.

- ¿En este balance qué lugar ocupa para la procuraduría los resultados en materia de investigación de los delitos sexuales?

- Fue un proceso, afortunadamente. Desde que se dictó la instrucción general que nos rige en la actualidad, forma parte del trabajo que cada uno de los fiscales debe poner en sus investigaciones. Digo que fue un proceso, porque fue un proceso de evolución, de interpretación jurídica, de evolución en la interpretación social de la significación que la violencia que implicó el terrorismo de Estado tuvo para con las víctimas. Inicialmente, las agresiones vinculadas con cuestiones de género o con cuestiones de racismo o de ideología que se canalizaban a través de mecanismos de tortura englobaban las agresiones sexuales como una forma más de tortura a la víctima. Entonces, la visibilización de esas violencias no recibía la significación que para la víctima y que jurídicamente representaba. Esto fue un trabajo que se fue haciendo a lo largo del tiempo. A partir de la instrucción general, se fijó como un criterio de política criminal que se visibilizaran las cuestiones vinculadas con agresiones sexuales de forma independiente de las torturas padecidas por las víctimas durante sus secuestros o sus cautiverios. Esto empezó a tener reflejo en los procesos criminales. Y hoy en día estamos en una situación que nos permite darnos cuenta de que las agresiones sexuales eran un mecanismo más, distinto de la tortura, pero con implicancias similares para la víctima. Esta perspectiva de género que se pone en cada una de las causas donde se advierte que pudo haber existido una agresión sexual para con la víctima, más allá del acto de los tormentos que recibiera, me parece que cumple con los estándares internacionales en esa materia.

"Un condenado por crímenes de lesa humanidad cumple la pena igual que un condenado por otro delito en la Argentina. Esto significa también que tiene que haber un tratamiento penitenciario; que va a tener derecho, en la medida que cumpla con ese tratamiento penitenciario, a los beneficios que otorga la ley de ejecución de la pena".

- Hace ya un tiempo que pasamos el umbral de las mil personas condenadas por crímenes de lesa humanidad en la Argentina. ¿Qué cuestiones vinculadas a la ejecución de la pena preocupan al MPF?

- La ejecución de la pena en condenas por crímenes de lesa humanidad, según el Estatuto de Roma, implica como principal desafío interpretar qué significa cumplir la pena. Esto también comúnmente es algo que socialmente se cuestiona. Y las víctimas y la sociedad nos cuestionan a los operadores judiciales cuando hay situaciones de libertades anticipadas en el marco del cumplimiento de una pena. Hoy en día el sistema de enjuiciamiento de los crímenes de lesa humanidad en la Argentina, que debe ser entendido como un ejemplo para toda la región, se realiza y se concreta a través de la legislación existente en la Argentina. Es decir, un condenado por crímenes de lesa humanidad cumple la pena igual que un condenado por otro delito en la Argentina. Esto significa también que tiene que haber un tratamiento penitenciario; que va a tener derecho, en la medida que cumpla con ese tratamiento penitenciario, a los beneficios que otorga la ley de ejecución de la pena. El principal desafío es que ese tratamiento penitenciario se cumpla para que los planteos que tienen que ver, por ejemplo, con libertades anticipadas no se traduzcan en una morigeración de la pena y, lógicamente, en un incumplimiento que podría traer responsabilidad al Estado argentino. Ese es el principal desafío: trabajar en la reinserción desde lo que manda la Ley 24.660 [de ejecución de la pena], con los condenados por crímenes de lesa humanidad de una manera adecuada. Lógicamente, la mayoría, como también lo muestra la estadística de los condenados por crímenes de lesa humanidad, cumplen la pena en sus domicilios. Y esto trae como dificultad jurídica que dejan de tener tratamiento penitenciario.

- ¿Cómo trabaja el Ministerio Público Fiscal en la asistencia a las víctimas y testigos?

- La procuraduría tiene dentro de sus áreas de trabajo una de Relaciones con la Comunidad. Nosotros tenemos a partir de allí un trabajo continuo con organismos de derechos humanos, con agencias del Estado que trabajan con la asistencia de víctimas. Institucionalmente también contamos con la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas, que nos brinda asistencia en algunos casos, y también con la estructura de lo que fue el Programa Verdad y Justicia y con el Centro Ulloa, del Poder Ejecutivo. Trabajamos de manera coordinada todos los fiscales y la procuraduría a través de esta área de Relaciones con la Comunidad. Por otra parte, en cada causa los fiscales solicitan desde el comienzo -lo que es un derecho para las víctimas, más allá de la sanción de la ley, que se conoce como Ley de Víctimas y lo que establece el Código Procesal en cuanto al derecho a la asistencia continuo durante todo el proceso y al derecho a estar informada, que eso se garantiza a través del Ministerio Público Fiscal- una asistencia, un acompañamiento de víctimas y testigos, porque lógicamente requieren de un acompañamiento especializado con psicólogos y con asistentes sociales, que garanticen que el tránsito de lo que implica el proceso judicial no impacte en un supuesto de revictimización. Desde ese punto de vista trabajamos mucho con aquellas instituciones.

- ¿Cuál es la relevancia de las mesas de discusión interinstitucional que la procuraduría viene encabezando en distintos lugares del país?

- Desde que se creó la procuraduría se trabajó como un punto central el intercambio permanente y fluido con los principales actores del proceso de juzgamiento. Y así fue como surgió la mesa de discusión interinstitucional que, como dice su nombre, tiene por objeto un trabajo horizontal de todos los actores que intervenimos en el proceso de juzgamiento para intercambiar desafíos, ganancias y también dificultades, para tratar de pensar la mejor estrategia judicial para llevar adelante los casos en el menor tiempo posible. La procuraduría lleva adelante las mesas de discusión una vez al año o dos veces al año, de acuerdo a la necesidad. Siempre se hacían en el ámbito de la Capital Federal, convocando a todo el país, pero notábamos que a veces había dificultades o necesidades en algunas jurisdicciones que no replicaban en otras. A partir de esa verificación, estamos trabajando en mesas de discusión regionales. Nos vamos juntando con los fiscales que integran la jurisdicción. Próximamente vamos a tener una mesa de discusión interinstitucional en Mendoza, que va a incluir también a San Luis, San Rafael y San Juan, e involucramos a todos los actores externos, por decirlo de una manera, como organismos y también agencias del Estado que trabajan localmente para profundizar cuáles son los desafíos que tiene esa región específicamente para poder avanzar en el proceso de juzgamiento.

"Estamos enfocando el estudio del análisis de los casos de la instrucción en casos de víctimas que todavía no han sido judicializados y junto con imputados que no han sido aún llevados a juicio. Es decir, estamos dándole prioridad dentro de todo ese universo a ese grupo".

- A partir de la película Argentina, 1985 se introdujo en la agenda pública la historia de los juicios por crímenes de lesa humanidad, y una de las cuestiones que surgieron fue la conformación de la fiscalía para ese histórico juicio a las juntas. Hoy el Ministerio Público Fiscal está avanzando en todo el país contra los responsables militares, de fuerzas de seguridad y civiles. ¿Puede describir cómo está conformado el organismo en las diferentes jurisdicciones para abordar los procesos judiciales por crímenes de lesa humanidad?

- El Ministerio Público Fiscal cuenta en primer lugar como estructura central a la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, que es un órgano institucional que integra a la Procuración General de la Nación por la Ley Orgánica del Ministerio Público, que se sancionó en el 2015. A partir de su creación, la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, que interviene en el seguimiento de los casos a nivel nacional, trabaja junto con los fiscales de cada jurisdicción. En función de la necesidad y el volumen de casos que se investigan, a su vez, se fueron creando desde el Ministerio Público distintas unidades dependientes de la procuraduría que trabajan exclusivamente esos casos, para la investigación, juzgamiento y etapa de ejecución. Hay unidades en diferentes puntos del país. Se han ido creando unidades que tienen conformados equipos de trabajo con uno o más fiscales a cargo, que intervienen de manera exclusiva en la tramitación de estas causas. A su vez, la procuraduría se integra con la Unidad Especializada para casos de apropiación de niños y niñas durante el terrorismo de Estado, que está a cargo del doctor Pablo Parenti, que tiene un equipo específico que trabaja exclusivamente en la búsqueda de niñas y niños apropiados o desaparecidos durante la dictadura militar, que también tiene representaciones en el interior del país.

¿Cómo está integrada la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad?

- La Procuraduría está integrada con varios equipos de trabajo. Tenemos un área de análisis documental con el cual trabajamos a partir de los materiales que se van encontrando en distintas agencias del Estado, que lo aportan a la Procuración General para las causas de lesa humanidad y también con lo que van encontrando los fiscales en las causas que nos lo remiten para su análisis. También trabajamos con un área de estadísticas que hace un relevamiento continuo del estado, las modificaciones y variaciones de cada causa, de cada situación procesal, que nos permite medir principalmente el proceso de juzgamiento y a partir de allí hacer análisis de política criminal. Por otra parte, tenemos un área de litigio estratégico, porque una de nuestras funciones es la de brindar asistencia técnica y jurídica a los fiscales que intervienen en cada caso de lesa humanidad y también con posibilidad de que, si los fiscales lo deciden, colaborar e intervenir directamente en los procesos. Por otra parte, tenemos un área de jurisprudencia, que utilizamos para ir relevando cada una de las resoluciones jurisdiccionales en las distintas etapas, en lo que tiene que ver con la instrucción, las resoluciones de juicio, de las cámaras federales, de la Cámara Federal de Casación Penal y de la Corte. A partir de lo cual trabajamos documentos internos que ponemos a disposición de los fiscales para que tengan en cuenta o los consideren al momento de resolver sus propios casos, como una actualización permanente del estado de la cuestión. Y después, el área donde trabajamos las relaciones con la comunidad a través de la mesa interinstitucional.

- ¿Cómo se investigan las causas de lesa humanidad? ¿Cuál es el diseño de investigación?

- A partir de lo que fue la causa 13, que conocemos todos como el juicio a las juntas reflejado en Argentina, 1985, y desde que se reabrieron las investigaciones por crímenes de lesa humanidad, el diseño que se implementó para organizar la investigación fue a partir de la agrupación de los casos, según las víctimas hayan pasado por un centro clandestino. La organización parte de la investigación a partir de los centros clandestinos. De esta manera, vamos a tener en diferentes causas el caso de la víctima que fue secuestrada en un lugar y pasó por distintos centros clandestinos. Y lo mismo ocurre desde el lugar de los imputados: si un imputado prestó colaboración, intervino, actuó en más de un centro clandestino o para una fuerza que desplegó su poder para más de un centro clandestino, esa persona también es investigada en esos distintos expedientes judiciales. Así es como está diseñado a nivel nacional la investigación de los casos de lesa humanidad en la Argentina, sin perjuicio de otros esquemas que resultan a veces más apropiados según las características de los hechos investigados.

- Además de establecer responsabilidades, ¿Qué otros desafíos presentan las causas por crímenes de lesa humanidad?

- Otro de los objetivos que tenemos en la procuraduría es trabajar en la identificación y hallazgos de restos de víctimas secuestradas y desaparecidas durante el terrorismo de Estado. Para eso trabajamos en conjunto con los fiscales y el Equipo Argentino de Antropología Forense en la identificación de las víctimas desaparecidas, intentando morigerar el dolor de los familiares que ansían saber lo ocurrido a sus seres queridos.