23 de abril de 2024
23 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Requerimiento de los fiscales de La Plata Hernán Schapiro y Juan Martín Nogueira
Pidieron juicio oral para una mujer acusada por la retención y el ocultamiento de una niña nacida en 1977
También está imputada de alterar el estado civil de la víctima, la nieta recuperada María Natalia Suárez Nelson, hija del matrimonio desaparecido compuesto por María Elena Corvalán y Mario Suárez Nelson, y de ser participe necesaria en la falsificación del certificado de nacimiento. El esposo de la acusada y el militar que entregó a la niña fueron condenados en 2010.

El fiscal general Hernán Schapiro y el fiscal ad hoc Juan Martín Nogueira -integrantes de la Unidad Fiscal que interviene en los juicios por crímenes del terrorismo de Estado de La Plata- solicitaron la elevación a juicio de la investigación seguida contra María del Luján “Mora” Di Mattia por la apropiación de la nieta recuperada María Natalia Suárez Nelson, hija del matrimonio conformado por María Elena Isabel Corvalán y Mario César Suárez Nelson, víctimas de la dictadura cívico-militar.

Concretamente, los representantes del MPF pidieron que la mujer sea sometida a juicio oral y público como coautora del delito de “alteración del estado civil de un menor de diez años, en concurso ideal con falsead ideológica de instrumento público (Acta de Nacimiento) y en calidad de partícipe necesario del delito de falsedad ideológica de instrumento público (Certificado de Nacimiento), todos estos últimos en concurso ideal”. Además, “los delitos atribuidos, concurren a su vez, materialmente con el delito de retención y ocultamiento de un menor de diez años”.

 

Retención, ocultación y revelación

Corvalán y Suárez Nelson vivían en una casa de la calle 8, en la capital bonaernese, y militaban en la organización Montoneros.

El 10 de junio de 1977 la mujer salió a hacer unas compras, mientras que su esposo se quedó en la vivienda. Hasta allí llegó un operativo de la Armada Argentina, que rápidamente cercó la casa. En ese contexto se produjo un tiroteo que culminó con la muerte de Suárez Nelson y un conscripto de aquella fuerza.

Por su parte, Corvalán –quien cursaba un avanzado embarazo- fue capturada cuando regresó al domicilio y trasladada al centro clandestino de detención (CCD) La Cacha, donde estuvo privada de su libertad hasta que, en agosto de ese año, fue llevada para que diera a luz a su hija, para luego ser devuelta al CCD sin su beba, a la que nombró Lucía.

Tras varios años de intentar concebir un niño, el matrimonio conformado por Omar Alonso y María del Luján Di Mattia recibió del entonces jefe de la Fuerza de Tareas 5 de la Armada, Juan Carlos Herzberg, a la beba recién nacida.

El 8 de agosto de 1977, Alonso y Di Mattia recibieron a Lucía, a quien inscribieron como hija biológica. Para ello se valieron de certificados de nacimiento apócrifos.

La imputada "no sólo co-intervino en la realización de los hechos con su esposo sino que a su vez sostuvo esta situación durante los más de treinta años en los cuales se mantuvo oculta la verdadera identidad de la víctima".

En 1985, el abogado de la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo, Ramón Torres Molina, denunció el caso de la hija del matrimonio Corvalán-Suárez Nelson. Y en el marco de esa causa se dispuso la detención de Alonso y Di Mattia, pero estos huyeron a Paraguay con la niña.

A mediados de la década del ’90, Alonso y Di Mattia fueron apresados. El entonces titular del Juzgado Federal N°3 de La Plata, Arnaldo Corazza, dispuso convocar a la joven víctima para que se realizara los estudios genéticos de rigor. Pero, ante la negativa de la chica, el 1° de septiembre de 2005 ordenó el allanamiento de la vivienda para levantar elementos que contuvieran el ADN de la joven y realizar con ellos el cotejo genético.

En base a las conclusiones del estudio realizado por el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG), los fiscales Schapiro y Nogueira señalaron que la niña "fue falsamente inscripta como hija biológica del matrimonio conformado por Omar Alonso y María del Luján Di Mattia, mediante certificado de constatación de nacimiento expedido por el médico Francisco Bosia, y que en realidad la víctima es hija de María Elena Corvalán y Mario César Suarez Nilson, ambos desaparecidos durante la última dictadura cívico-militar”.

 

Primer juicio y condenas

Luego de que, en agosto de 2007, el juez declarara la nulidad del acta de nacimiento y ordenara su inscripción como hija de Corvalán y Suárez Nelson, los representantes del Ministerio Público Fiscal requirieron la declaración de cosa juzgada írrita respecto de Alonso y su detención e indagatoria, junto con Herzberg. El apropiador había sido absuelto y su esposa sobreseída en la causa por la justicia provincial en los '90 -antes de que el caso pasara al fuero federal- ante la imposibilidad de realizar los exámenes genéticos.

Posteriormente, la Unidad Fiscal platense amplió el requerimiento de instrucción respecto de Di Mattia y el médico Francisco Bosia, al tiempo que solicitó la escisión del trámite para que Alonso y Herzberg sean enjuiciados. Ambos fueron condenados en 2010 por el Tribunal Oral Federal N°1 de La Plata. Recibieron 15 años de prisión, tras la revisión del fallo realizada en 2013 por porte de la Cámara Federal de Casación, que ordenó agravar las penas de diez años impuestas al finalizar el debate.

Tras reiterados pedidos, en 2010, finalmente se indagó a Di Mattia y Bosia, quienes fueron procesados por el juez federal subrogante Manuel Blanco, en orden a los delitos de supresión de identidad, retención y ocultamiento de una menor de 10 años y falsedad ideológica de instrumento público. Tal decisión fue apelada por la defensa de los imputados y la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata confirmó parcialmente el procesamiento de Di Mattia y dictó la falta de mérito respecto al médico. Sin embargo, el Ministerio Público recurrió el pronunciamiento y, luego de la intervención de la Cámara de Casación, la Sala I de la Cámara Federal platense confirmó el procesamiento de la mujer, aunque Bosia resultó desvinculado, dado que falleció durante el trámite.

En sus declaraciones indagatorias la mujer sostuvo que fue víctima de violencia por parte de su pareja. La Fiscalía no puso en duda tal circunstancia, pero indicó que ello no justificaba la comisión de los delitos que se le endilgan.

Un nuevo debate

En su requerimiento de elevación a juicio, los fiscales Schapiro y Nogueira indicaron que “con la prueba reunida en la instrucción se acreditó que María del Luján Di Mattia, conjuntamente con Omar Alonso, valiéndose de un documento espurio –constatación de nacimiento suscripta por el Dr. Francisco Bosia (…)- logró la expedición de diversos documentos públicos materialmente auténticos, pero ideológicamente falsos, entre los que se encuentra el acta de nacimiento”.

Además, sostuvieron que “a través de dicha maniobra, el matrimonio compuesto por la imputada y Omar Alonso –ya condenado- alteró el estado civil de María Natalia (Lucía) Suárez Nelson, inscribiéndola como su hija biológica, cuando en realidad es hija de Mario Suárez Nelson y María Elena Isabel Corvalán, ambos víctimas del terrorismo de estado desatado en la última dictadura cívico-militar” y que también junto a Alonso la imputada “retuvo y ocultó a la entonces niña menor de diez años, impidiendo el contacto con su familia biológica”

En tal sentido destacaron que “Alonso se encargó de inscribir falsamente a Maria Natalia (Lucía) como hija biológica de ambos, con pleno conocimiento de María del Luján Di Mattia, quien no sólo co-intervino en la realización de los hechos con su esposo sino que a su vez sostuvo esta situación durante los más de treinta años en los cuales se mantuvo oculta la verdadera identidad de la víctima”.

En sus declaraciones indagatorias la mujer sostuvo que fue víctima de violencia por parte de su pareja. La Fiscalía no puso en duda tal circunstancia, pero indicó que ello no justificaba la comisión de los delitos que se le endilgan.