El Tribunal Oral Federal N°1 de Neuquén resolvió que doce de los quince acusados en el juicio “Escuelita VII” sean indagados desde el miércoles próximo en relación a delitos contra la integridad sexual cometidos en aquél centro clandestino de detención y en la comisaria de Cutral Co, luego de que el Ministerio Público Fiscal solicitara la ampliación de la acusación por esos hechos.
Los jueces fijaron la fecha tras rechazar el planteo formulado por las defensas, quienes postularon la inconstitucionalidad del artículo que habilita la ampliación de la acusación durante el debate, prevista en el artículo 381 del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN), por considerar, entre otros aspectos, que se afectaba la defensa en juicio.
Los magistrados Simón Bracco, Alejandro Silva y Alejandro Cabral recordaron la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) según la cual “el interesado en la declaración de inconstitucionalidad de una norma no sólo debe demostrar claramente de qué manera ésta contraría la Constitución Nacional, causándole de ese modo un gravamen, sino que además debe probar que ello ocurre en el caso concreto (C.S.J.N.: Fallos 310:211 y 324:754; entre varios otros), y para ello ‘es menester que precise y acredite fehacientemente en el expediente el perjuicio que le origina la aplicación de la disposición’ (Fallos 316:687)”.
Para el tribunal ello no fue acreditado en el caso, ya que “la defensa no explicó claramente ni desarrolló de qué manera se encontraría afectada la imparcialidad de este Tribunal por la ampliación de la acusación por parte de los acusadores; ni tampoco dijo por qué el tiempo que eventualmente se establezca para preparar la defensa u ofrecer pruebas, es exiguo -más que hacer una referencia genérica a cantidad de fojas del expediente- en relación a la ampliación”. En consecuencia, estimó que “no se dan los presupuestos para declarar la inconstitucionalidad de la norma” y dispuso que se reciban las declaraciones indagatorias en torno a las violaciones marcadas por el fiscal general Miguel Palazzani y el auxiliar fiscal José Nebbia el 2 de junio, desde las 9 de la mañana.
Asimismo, se les otorgó a las defensas un plazo de 15 días desde la recepción de esas declaraciones “para que examinen las actuaciones, los documentos, secuestros, ofrezcan nuevas pruebas y reorganicen sus defensas en relación a la ampliación de la acusación”, sin perjuicio “de que el debate continuará respecto de las restantes imputaciones ya contenidas en la requisitoria de elevación a juicio oportunamente efectuada”.
El pedido del MPF
La ampliación de la acusación se produjo semanas atrás, luego de haberse escuchado las declaraciones y los testimonios de las sobrevivientes, de los familiares de tres víctimas y de las especialistas en violencia de género Rita Segato y María Sondereguer, sobre los delitos de carácter sexual que sufrieron durante esa época y por los que no estaban imputados todos los acusados a los que se atribuyen los hechos.
El pedido de la fiscalía, convalidado ahora por el tribunal, alcanza a Oscar Lorenzo Reinhold, Jorge Molina Ezcurra, Sergio Adolfo San Martín, Jorge Di Pasquale, Raúl Guglielminetti, Osvaldo Páez, Norberto Eduardo Condal, Jorge Granada, Walter Tejada, Juan José Capella, Jorge Alberto Soza y Carlos Alberto Taffarel.
El auxiliar fiscal Nebbia había resaltado que “no es posible pensar los abusos a que fueron sometidas las víctimas por fuera del plan de degradación de la condición humana, de exterminio; es decir, no es posible pensar a los abusos sexuales a los cuales fueron sometidas las mujeres detenidas-desaparecidas, sin la privación ilegal de la libertad, sin los otros tormentos y sin los homicidios posteriores”.
En el proceso son juzgados integrantes de la policía local, de Río Negro y Federal, y ex militares del V Cuerpo del Ejército, acusados por crímenes de lesa humanidad cometidos en perjuicio de 20 víctimas, nueve de las cuales permanecen detenidas-desaparecidas.