20 de abril de 2024
20 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervino la Unidad Fiscal de Derechos Humanos de esa jurisdicción
El juicio “Escuelita VII” de Neuquén culminó con diez penas de prisión perpetua, la condena a un piloto del Ejército y penas por delitos sexuales
Es la primera vez que se condena a un piloto del Ejército por manejar un avión para trasladar a personas secuestradas y que en un juicio por crímenes de lesa humanidad en Neuquén se aplican penas por delitos sexuales. Un acusado fue absuelto. Las penas mensurables impuestas fueron de entre cinco y doce años de prisión.

El Tribunal Oral Federal Nº1 de Neuquén condenó hoy a prisión perpetua a diez acusados e impuso penas de entre 5 a 12 años de prisión para otros cinco en el juicio conocido como "Escuelita VII", por los crímenes de lesa humanidad que cometieron contra veinte víctimas, cuando se desempeñaron tanto en las policías provinciales de Neuquén y Río Negro como en la Policía Federal y en el V Cuerpo del Ejército durante la última dictadura militar. Las penas coincidieron en parte con lo requerido por el auxiliar fiscal Jose Nebbia, junto a sus colegas Gabriela Schumacher y David Maestre, integrantes de la Unidad de Derechos Humanos de Neuquén.

El juicio, que comenzó hace exactamente un año, es el primero que culmina con la condena a un piloto del Ejército por manejar un avión para el traslado de personas secuestradas. Además, por primera vez en un juicio de lesa humanidad en Neuquén, se condenan delitos sexuales, como consecuencia de la ampliación de la acusación realizada durante el debate por los representantes del Ministerio Publico Fiscal contra doce de los quince imputados.

La audiencia de hoy, que se realizó de forma semipresencial, comenzó pasada las 8.30. Antes de dar inicio formal a la última jornada del juicio, hablaron ante el tribunal oral dos familiares de las víctimas. Una de ellas, integrante de Madres de Plaza de Mayo de Neuquén, que estaba presente en la sala, expresó: “Quiero decirle al tribunal que necesitamos memoria, verdad y justicia”. Luego, los jueces Alejandro Cabral, Simón Bracco y Alejandro Silva comenzaron el juicio con las últimas palabras de los acusados, quienes intervinieron de manera virtual.

Condenas

Luego de un cuarto intermedio, el veredicto empezó a las 12.00 y fue leído durante más de media hora. A medida que avanzó en la lectura, el tribunal enumeró los hechos y estableció las calificaciones por las que fueron condenados los imputados, que son las siguientes:

  • Oscar Lorenzo Reinhold, quien se desempeñó como jefe de inteligencia del Comando de la Sexta Brigada de Neuquén, recibió prisión perpetua por ser considerado coautor penalmente responsable de los delitos de privación ilegal de libertad agravada por su duración mayor a un mes en un hecho; privación ilegal de la libertad con aplicación de tormentos en 17 hechos; abuso deshonesto por un hecho; homicidio por alevosía en ocho hechos; y violación en un hecho. Y como partícipe necesario del delito de violación en dos hechos.

“Quiero decirle al tribunal que necesitamos memoria, verdad y justicia", le dijo a los jueces antes de la audiencia una integrante de Madres de Plaza de Mayo de Neuquén.

  • Jorge Di Pasquale, Jorge Molina Ezcurra y Sergio San Martín, quienes eran oficiales del Destacamento de Inteligencia 182 del Ejército con sede en Neuquén, también fueron condenados a prisión perpetua como partícipes necesarios de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por su duración mayor a un mes en un hecho; privación ilegal de la libertad y aplicación de tormentos en 17 hechos; abuso deshonesto en un hecho; violación en tres hechos; y homicidio por alevosía en ocho hechos.
  • Raúl Antonio Guglielminetti, quien era civil de inteligencia del Destacamento de Inteligencia 182, fue condenado a prisión perpetua como partícipe necesario de la privación ilegal de la libertad agravada por su duración mayor a un mes en un hecho; privación ilegal de la libertad y aplicación de tormentos en cinco hechos; y homicidio por alevosía en tres hechos.
  • También fueron condenados a prisión perpetua Osvaldo Bernardino Páez -ex jefe de la División Educación del Departamento de Operaciones del Comando del V Cuerpo del Ejército-, Jorge Horacio Granada y Carlos Alberto Taffarel -oficiales del Destacamento de Inteligencia 182-, por ser considerados miembros de una asociación ilícita y partícipes necesarios de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por su duración mayor a un mes en un hecho; privación ilegal de la libertad y aplicación de tormentos en 19 hechos; abuso deshonesto en un hecho; violación en tres hechos; y homicidio con alevosía en ocho hechos. Por los mismos casos, en calidad de coautores y también como miembros de una asociación ilícita, fueron condenados a la máxima pena el ex oficial Eduardo Condal y Walter Bartolomé Tejada, quien se desempeñó como jefe de la División Interior del Departamento II Inteligencia del Comando del V Cuerpo del Ejército.
  • Juan José Capella, quien fue piloto aviador del Ejército, recibió la pena de 12 años de prisión como partícipe secundario por privación ilegal de la libertad agravada por su duración mayor a un mes en un hecho; privación ilegal de la libertad y aplicación de tormentos en 19 hechos; y por violación en dos hechos.
  • Desiderio Penchulef, ex comisario principal en la Unidad 25º de Cinco Saltos, fue condenado a 10 años de prisión como partícipe necesario de los delitos de privación ilegal de la libertad y aplicación de tormentos en dos hechos.
  • Miguel Ángel Cancrini, ex oficial de la Delegación Neuquén de la Policía Federal, fue condenado a cinco años y 6 meses de prisión por ser hallado partícipe necesario de los delitos privación ilegal de la libertad y aplicación de tormentos en un hecho.
  • Gerónimo Enerio Huircain, ex oficial ayudante de la Unidad 24 de Cipolletti, fue condenado a cinco años de prisión en carácter de partícipe necesario de los delitos privación ilegal de la libertad y aplicación de tormentos en un hecho.

Las víctimas fueron retenidas en la Unidad Penal Nº 9 de Neuquén y luego trasladadas en avión a Bahía Blanca. En total fueron tres vuelos, que se realizaron los días 10, 15 y 16 de junio de ese año.

En tanto, el tribunal absolvió al imputado Jorge Soza, quien se desempeñó como subcomisario de la Delegación Neuquén de la Policía Federal. Desde la Unidad Fiscal de Derechos Humanos de Neuquén adelantaron que se evalúa recurrir esta decisión, pero que para ello es necesario conocer previamente los fundamentos de la sentencia.

En cuanto al modo de cumplimiento de las penas impuestas, el tribunal decidió mantener la modalidad impuesta hasta el momento.

Los hechos

En el juicio, que comenzó el 9 de diciembre del año pasado, se juzgó el accionar de los imputados por los hechos cometidos entre el 9 y el 15 de junio de 1976 en las ciudades de Neuquén capital, Cutral Có y Zapala (Neuquén) y en Cinco Saltos (Río Negro), cuando cumplían funciones tanto en las policías provinciales de Neuquén y Río Negro como en la Policía Federal y en el V Cuerpo del Ejército.

Las víctimas fueron detenidas en esas ciudades, retenidas en la Unidad Penal Nº 9 de Neuquén y luego trasladadas en avión a Bahía Blanca. En total fueron tres vuelos, que se realizaron los días 10, 15 y 16 de junio de ese año. De allí fueron enviadas al centro clandestino de detención La Escuelita, de Bahía Blanca, en donde permanecieron en cautiverio y fueron torturadas e interrogadas bajo tormentos.

Durante su alegato, Nebbia relató el recorrido cronológico de los secuestros. Allí describió los hechos ocurridos el 9 de junio, día que fue secuestrada Susana Mujica, quien se desempeñaba como docente de la carrera de Servicio Social en la Universidad Nacional del Comahue (UNCo). El secuestro fue en su domicilio y se llevaron también a su pareja Dario Altomaro, a Dario Espindola –amigo de Altomaro- y a Cecilia Vecchi, alumna del ella y militante del PRT-ERP. En estos casos, después de haber estado detenidos en la delegación de la Policía Federal, fueron enviados al CCD La Escuelita, de Neuquén.

La ampliación de la acusación por delitos sexuales se produjo en mayo de este año, luego de haberse escuchado las declaraciones y los testimonios de las sobrevivientes y de los familiares de tres víctimas sobre los delitos de carácter sexual que sufrieron durante esa época.

Otro de los hilos conductores que señalaron los integrantes de la fiscalía fue la persecución hacia el grupo músico teatral Génesis, del cual formaron parte Altomaro y Espindola, quienes sobrevivieron y dieron testimonio de lo ocurrido. De ese grupo también era Alicia Pifarre, que aún permanece desaparecida.

Entre el 11 y el 12 de junio fueron secuestradas otras estudiantes de la carrera de Servicio Social en la UNCo: Arlene Seguel y Mirta Tronelli. Nebbia indicó que se dio en el marco del “Operativo Cultral Co” realizado por las fuerzas de seguridad, en el que se secuestraron a más de 60 estudiantes y trabajadores de la comarca petrolera –Neuquén capital, Cinco Saltos y Cipoletti- “con el objetivo de desmantelar una célula del PRT ERP de la región”.

En el marco del operativo, ese 11 de junio también fue secuestrado Carlos Schedan, militante del PRT ERP, quien el 15 de junio fue subido a un avión junto a otras víctimas, entre las cuales se encontraba Jorge Asenjo, periodista y corresponsal del diario El Mundo de Neuquén. Por último, el 14 de junio también fueron secuestrados Miguel Ángel Pincheira y Carlos Chaves, trabajadores de Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF) y militantes del PRT-ERP.

Delitos sexuales

Hoy fue la primera vez en un juicio de lesa humanidad en Neuquén que se condenaron delitos sexuales, por un pedido que hicieron los representantes del MPF durante el debate. La ampliación se produjo en mayo de este año, luego de haberse escuchado las declaraciones y los testimonios de las sobrevivientes y de los familiares de tres víctimas sobre los delitos de carácter sexual que sufrieron durante esa época, y por los que no estaban imputados todos los acusados a los que se atribuyen los hechos.

Durante la exposición del alegato del MPF, el auxiliar fiscal Nebbia había señalado que “no es posible pensar los abusos a que fueron sometidas las víctimas por fuera del plan de degradación de la condición humana, de exterminio; es decir, no es posible pensar a los abusos sexuales a los cuales fueron sometidas las mujeres detenidas-desaparecidas, sin la privación ilegal de la libertad, sin los otros tormentos y sin los homicidios posteriores”.