28 de marzo de 2024
28 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Las aeronaves partían desde la guarnición de Campo de Mayo
Vuelos de la muerte: se negaron a declarar dos militares y otros dos serán indagados mañana
La jueza Alicia Vence comunicó hoy la imputación al ex segundo jefe del Batallón de Aviación Militar 601 del Ejército y al entonces jefe de Personal, quienes hicieron uso del derecho de no prestar declaración. Para mañana, están previstas las indagatorias del jefe de la unidad y de su encargado de Inteligencia.

El ex segundo jefe del Batallón de Aviación Militar 601 de Campo de Mayo, Delfis Ángel Malacalza (79 años), y el ex Oficial de Personal de esa unidad, Horacio Alberto Conditi (78), se negaron a prestar declaración indagatoria esta mañana ante la jueza federal Alicia Vence en el marco de la causa en la que se encuentran detenidos por "haber arbitrado los medios necesarios para terminar con la vida" de tres prisioneros en el marco de "vuelos de la muerte". El Juzgado fijó además para mañana las declaraciones indagatorias del ex jefe de la Inteligencia del batallón, Alberto Luis Devoto, y del ex jefe de esa dependencia castrense, Luis Del Valle Arce, quien ya estaba detenido por otros hechos.

Conditi está acusado por su presunta responsabilidad en la muerte de Roberto Ramón Arancibia, quien fue secuestrado el 7 de mayo de 1977 y cuyo cuerpo fue devuelto por el mar -adonde había sido arrojado desde una aeronave- y encontrado el 24 de febrero de 1978 en Santa Teresita, provincia de Buenos Aires.

A Malacalza, por su parte, se le atribuyó su participación en el caso de Arancibia y en las muertes de los estudiantes secundarios del Colegio Mitre de San Martín Juan Carlos Rosace y Adrián Enrique Accrescimbeni, secuestrados el 5 de noviembre de 1976, vistos luego en el centro clandestino El Campito y cuyos cuerpos fueron encontrados a fin de aquél año en la costa del Río de la Plata, a la altura de Punta Indio, partido de Magdalena. En esta ciudad, cabecera del distrito, sus restos fueron inhumados como NN en el cementerio Local.

Al momento de informarles la imputación, los militares fueron informados de que "su accionar consistió en disponer de todos los medios materiales y humanos que a su alcance se encontraban" para permitir que ingresaran al Batallón "un número indeterminado de personas -en distintos tipos de vehículos-, que previamente habían sido detenidas ilegalmente, y que se dirigieran directamente a la pista de aviación, donde siempre había una aeronave preparada -generalmente- en horario nocturno, y de la forma más oculta posible las hacían subir".

"En la mayoría de los casos, y antes del despegue de las aeronaves, a estas personas se les inyectaba una droga con el fin de adormecerlas y facilitar la tarea posterior que consistía en arrojarlas al mar para terminar así con sus vidas, de modo tal que sus cuerpos no pudieran ser hallados. El último paso de este mecanismo de exterminio consistía en que al regreso de estas naves, el personal subalterno las limpiara para elimnar cualquier tipo de evidencia -vómitos, sangre, vísceras, etc.- que pudieran -eventualmente- hallar las personas que no fueran parte de ese plan", se les explicó a Malacalza y Conditi, y se consignó en las actas.

Los abogados defensores de Malacalza y Conditi requirieron que se les otorgue la prisión domiciliaria en razón de su edad y algunas dolencias físicas. La solicitud aún no fue resuelta por la jueza, pero cuenta con el rechazo de la Fiscalía, que se opuso al dictaminar que la edad no es una condición para el otorgamiento "automático" del beneficio, al tiempo que puso de relieve la gravedad de los delitos imputados y la obligación del Estado en arribar a su juzgamiento.

Las indagatorias fueron pedidas por el fiscal Miguel Blanco García Ordás en el marco del legajo 323, caratulado "Irregularidades en el Batallón de Aviación Militar 601 de Campo de Mayo", que forma parte de la histórica causa 4012, que concentra los crímenes de lesa humanidad cometidos en la Cuerpo IV del Ejército. Ese legajo aborda los "vuelos de la muerte" que partieron desde aquella unidad militar y contiene una importante cantidad de testimonios de ex conscriptos que brindaron información sobre los hechos.

"Queda suficientemente consolidado un hecho de naturaleza por ahora general, cual es que desde la pista perteneciente al Batallón de Aviación Militar 601, donde la casi totalidad de los testigos escuchados han realizado su servicio militar obligatorio, entre los años 1976 y 1977 se llevaron a cabo vuelos que reunían una serie de características determinadas", indicó Blanco García Ordás en su presentación que impulsó la acción penal el 24 de octubre de 2013.