26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Una tonelada del estupefaciente oculta en bolsas de carbón vegetal
¿Cuáles controles fallaron para que fuera posible el más grande contrabando de cocaína a Europa?
La causa por el tráfico de esa droga a Portugal tiene una segunda parte que analiza la responsabilidad de cinco funcionarios aduaneros actualmente procesados por su accionar "negligente" al no haber escaneado la mercadería, advertir fallas en los sistemas de seguridad y controlar la documentación antes del embarque.

Cámaras de video que no funcionaban, contenedores que fueron cargados mientras los funcionarios de la Aduana miraban para otro lado y la elusión del escáner que debía analizar los cargamentos fueron las prácticas que se combinaron para que pudieran salir del país más de 1000 kilos de cocaína ocultos en bolsas de carbón vegetal con destino a Portugal entre fines de 2011 y principios de 2012, en la operación más grande de contrabando de estupefacientes a Europa investigada en nuestro país.

Las maniobras se desprenden del auto de procesamiento dictado por la jueza Federal de Presidencia Roque Sáenz Peña (Chaco), Zunilda Niremperger, a dos agentes verificadores de la Aduana que intervinieron en la consolidación (cierre) de los cargamentos en la planta de Carbón Vegetal del Litoral S.R.L. de la localidad de Quitilipi. La medida, dictada por la magistrada el 21 de febrero pasado, también abarcó a otros tres agentes aduaneros que debieron verificar la carga antes de su salida del Puerto de Buenos Aires. Los cinco fueron procesados por la violación del artículo 868 inciso a del Código Aduanero, que penaliza a quienes realizan "actos que posibilitan el contrabando". La jueza consideró que todos actuaron de forma "negligente en el cumplimiento de sus funciones" y los embargó en 50 mil pesos a cada uno.

La causa madre, conocida como "Carbón Blanco", tiene otros cinco procesados que irán próximamente a debate oral y público, luego de que el fiscal Carlos Sansserri y el titular de la Procuraduría de Narcocriminalidad, Félix Crous, requirieran la elevación a juicio el 17 de junio pasado. Allí se juzgará el envío a Portugal de alrededor de mil kilos de cocaína oculta en tres cargamentos de carbón vegetal. Los estupefacientes viajaban ocultos en bolsas idénticas a las del mineral pero distinguibles gracias a una doble costura.

Esos cargamentos debieron ser controlados en una primera fase en la planta que la empresa exportadora tiene en Quitilipi, durante el proceso de consolidación, y luego en el Puerto de Buenos Aires.

Para poder consolidar la carga en sus propias instalaciones, Carbón Vegetal del Litoral había conseguido un permiso de la AFIP-Aduana que se otorga a las empresas que cumplen con determinados protocolos de seguridad: la empresa debía contar con cámaras de video (al menos, tres fijas y una domo) que graben el proceso de carga en los contenedores, tener conexión de Internet para registrar el cargamento a través del sistema María -un software utilizado para la trazabilidad o seguimiento de la mercadería, recientemente reemplazado por el más moderno sistema Malvina- y la presencia de funcionarios públicos de la Aduana (un guarda y un verificador), acompañados en ocasiones por perros adiestrados, durante todo el proceso.

La segunda fase de control debía concretarse en el puerto de salida mediante el paso de los contenedores por un escáner que analiza el contenido de las denominadas "destinaciones", nombre ligado a un código alfanumérico utilizado para los cargamentos en las operaciones de exportación e importación.

El primer cargamento, que incluyó 380 kilos de cocaína, fue hallado por la policía portuguesa. Tras la advertencia a las autoridades argentinas, el segundo fue interceptado en el puerto de Buenos Aires: tenía 519 kilos de cocaína en 70 de las 1050 bolsas de carbón que conformaban el envío. Un tercer embarque, de casi 160 kilos, fue abierto finalmente en Portugal, luego de que se constatara que iba en viaje cuando se inició la investigación.

Las fallas y el fallo

Por su actuación como verificadores en la planta de Quitilipi, Niremperger dictó el procesamiento de los agentes aduaneros Miguel Francisco Albrizio y Guillermo Argañaráz. El primero, indicó la magistrada, intervino en los dos primeros cargamentos, mientras que Argañaráz lo hizo en el tercero. Ambos, remarcó la jueza, debían "controlar que la documental que avala la mercadería sea coincidente con la aportada por el exportador y en consecuencia a posteriori, habiendo verificado previamente que funcione correctamente la electricidad, el sistema cerrado de cámaras, la conexión a internet para utilizar el sistema María, recién proceder a la verificación en forma selectiva de la mercadería".

La jueza consideró probado que los dos funcionarios realizaron su tarea "sin suministro de energía eléctrica, con fallas y cortes del mismo durante el proceso de consolidación" y por eso los calificó como "negligentes en el cumplimiento de sus funciones", pues la tarea se realizó "sin que el sistema de circuito cerrado de cámaras filmadoras de la Planta Carbón Vegetal del Litoral funcionara correctamente, ya que había cámaras que no funcionaban y/o en ocasiones sólo una lo hacía". Para la magistrada, de esa forma se posibilitaron los "actos de contrabando, por cuanto no se documentaba fílmicamente la totalidad del proceso de consolidación como expresamente lo indica la normativa vigente".

Niremperger también ponderó que los dos agentes aduaneros tampoco labraron un acta ni dejaron constancia de estas irregularidades. Y puso de relieve el hallazgo de una filmación parcial registrada en la planta de la firma exportadora que muestra "cómo mientras algunas bolsas se controlaban en el escáner (scan van) otras eran cargadas directamente en el camión scan van sin visualizar lo que sucedía en la consolidación". El "scan van" es un vehículo utilitario equipado con un escáner que permite controlar el contenido de cargas pesadas.

La jueza individualizó y procesó a otros tres funcionarios aduaneros que fallaron en sus trabajos de contralor en el Puerto de Buenos Aires. Se trata de Marcelo Musladino, quien actuó en el rol de "gate (puerta) de entrada", y Fabián Foresi y Alfredo Di Nallo, responsables de la "puesta a bordo", sindicados por no haber realizado el debido control de algunos contenedores.

El "gate de entrada" debió "corroborar la documentación que trae el transportista y que ampara la carga" y "las constancias informáticas ingresadas por la Aduana de registro de la destinación" (en el caso, la aduana de Barranqueras). Por tratarse de contenedores con carbón vegetal, también debió indicar al chofer que debía dirigir el vehículo al sector de escáner "colocando en la documentación el sello o la leyenda 'debe escanear', a fin de someter al contenedor a este método de control no intrusivo", describió la jueza. Pero el imputado Musladino, prosiguió, "no procedió a mandar a escanear el contenedor" ni colocó la leyenda correspondiente, ni registró su actuación en el libro de uso interno que también debió firmar el chofer.

El cargamento de carbón vegetal es, por su tenor, individualizado por la Aduana como perteneciente al "canal rojo", uno de los canales de selectividad -también existen el naranja y el verde- que asigna el organismo para clasificar las normas de control que deben aplicarse a las destinaciones según su tipo. Las individualizadas con el rojo "deben sí o sí pasar por el escáner antes de ser despachado", indicó Niremperger.

En ese contexto, los imputados Foresi y Di Nallo consintieron la "puesta a bordo" o "cumplido de embarque", un trámite posterior a los realizados por Musladino, con las irregularidades que traían. "El agente aduanero, no sólo puso por error a bordo un contenedor con clorhidrato de cocaína, sino que omitió verificar que el mismo previo a ello haya pasado obligatoriamente por escáner como lo establece la normativa aduanera", consideró la jueza al evaluar sus responsabilidades.