El fiscal general Marcelo Agüero Vera pidió hoy prisión perpetua para el acusado por el homicidio criminis causa de una joven brasileña utilizada para transportar cápsulas con éxtasis. El representante del Ministerio Público Fiscal consideró acreditado que Dasman Hendrik privó a Miriam Da Silva de asistencia médica cuando su estado de salud se deterioró luego de no expulsar todos los estupefacientes que había ingerido, para así procurar su impunidad en relación a las actividades por narcotráfico que realizaba y que el alegato fiscal también contempló como contrabando y tenencia con fines de comercialización.
La solicitud de penas alcanza a la pareja del hombre, Danilcia Contreras de León, a quien Agüero Vera encontró como partícipe secundaria del crimen y coautora en la tenencia del éxtasis, motivos por los que solicitó sea condenada a once años de prisión.
El titular de la Fiscalía General N°1 repasó el inicio de la investigación y los elementos de prueba incorporados en la causa. En ese sentido, sostuvo que Dasman integraba una organización con asiento en Surinam dedicada al narcotráfico, con contactos en Bélgica y Holanda. Su rol en la Argentina era “receptar a las personas y recuperar los estupefacientes para comercializarlos”. Fue en ese contexto que Miriam y su hermana Miriana -de 19 y 18 años de edad- arribaron procedentes de Brasil el 28 de junio de 2017: Miriam había ingerido 94 cápsulas con éxtasis, de las que solo expulsó una veintena. El fiscal explicó que Hendrik “sabía los datos precisos de las mujeres, como el hotel, la cantidad y calidad de la droga”. Al ser avisado de la situación pasó a buscar a las hermanas por el hotel de Monserrat y las alojó en su casa de Lomas del Mirador durante cuatro días, mientras el estado de salud de Miriam empeoraba.
Para el MPF, el rol del acusado en la Argentina era “receptar a las personas y recuperar los estupefacientes para comercializarlos”
De acuerdo a la acusación, junto a otro hombre llevaron a las hermanas hasta el Hospital Santojanni. Sin embargo, cuando Miriana regresó de buscar ayuda ya no había nadie. El cuerpo sin vida de Miriam fue hallado el 2 de julio de 2017, alrededor de las 21, por vecinos del Pasaje Ibarraola al 3500, en el barrio porteño de Villa Devoto. Una hora antes un Peugeot 206 estacionó allí, y el sujeto que ocupaba el asiento del acompañante bajó del vehículo, sacó del asiento trasero el cuerpo de la joven y lo dejó abandonado contra el cordón de la vereda. El Cuerpo Médico Forense determinó que el fallecimiento se produjo por congestión y edema pulmonar, y que en el intestino de la joven se encontraron 66 cápsulas envueltas en cinta negra, dos de la cuales estaban parcialmente abiertas.
Agüero Vera consideró que el accionar de Hendrik debe ser calificado legalmente como homicidio criminis causa, bajo la estructura de omisión, para procurar impunidad. En esa línea, precisó que el acusado infringió el deber de cuidado al aislar a la víctima “del auxilio de terceros ajenos a la organización”, para lo que la alojó en su casa, de manera que las hermanas no pudieran buscar ayuda. Ello se agudizaba por su vulnerabilidad producto de la edad, su condición de extranjeras y origen humilde. En ese ínterin el malestar de la joven se incrementaba.
El fiscal también consideró que el acusado omitió realizar la acción emanada de su posición de garante, ya que nada se lo impedía “excepto cumplir su actividad ilícita”. Asimismo, hizo hincapié en que la única opción posible era la intervención de profesionales médicos. Su condición, según profesionales del Cuerpo Médico Forense, “era una bomba de tiempo”. Por el contrario, Miriam sólo fue sometida a tratamientos ineficaces, como el suministro de laxantes y “tirarle agua en la cara”. “No quiso que trascendiera su actividad: se quedó con celulares, efectos personales y abandonó a la hermana en invierno, con 18 años y habiendo pasado una situación traumática”, graficó el Agüero Vera. El imputado ya había sido condenado por contrabando por un tribunal del mismo fuero, en 2013.
Agüero Vera consideró que el accionar de Hendrik debe ser calificado legalmente como homicidio criminis causa, bajo la estructura de omisión, para procurar impunidad.
Por otra parte, la Fiscalía estimó que el aporte de Contreras no fue esencial y actuó como cómplice secundaria, al dar asistencia para mantener a la víctima en la situación que Dasman la había puesto. Como atenuantes se encontraron la falta de antecedentes y las condiciones personales -tiene un hijo pequeño, de manera que la prisión sería domiciliaria-.
Además, el MPF postuló la absolución por encubrimiento en el cambio de chapas patente del Peugeot 206 de Hendrik, utilizado en los sucesos. El auto fue hallado días después en Longchamps, en el sur del conurbano bonaerense. Finalmente se requirió el decomiso de 11 mil dólares, 1500 euros y más de 200 mil pesos secuestrados durante la investigación del caso, como así también del vehículo.
El Tribunal Oral en lo Penal Económico N°2, que lleva adelante el debate, dispuso que el próximo lunes desarrollen sus alegatos las defensas. En tanto que el miércoles 13 de noviembre tendrían lugar las últimas palabras y se conocería el veredicto.