18 de abril de 2024
18 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En línea con lo dictaminado por el procurador fiscal Eduardo Casal
Cromañón: la Corte rechazó los recursos extraordinarios de los imputados por las condenas recibidas
El máximo tribunal del país declaró inadmisibles los recursos presentados por Patricio Fontanet, Christian Torrejón, Daniel Cardell, Maximiliano Djerfy, Juan Carbone, Elio Delgado, Eduardo Vázquez, Raúl Villarreal, Fabiana Fizbin, Gustavo Torres y Ana María Fernández, tal como lo había considerado el representante del MPF en sus dictámenes. De esta manera, quedaron firmes las condenas.

En línea con lo que había dictaminado el procurador fiscal ante la Corte Eduardo Casal, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inadmisibles los recursos extraordinarios interpuestos por las defensas contra la sentencia de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal que había confirmado las condenas por la tragedia de Cromañón, dictadas por la Sala III de ese mismo tribunal, y cuya revisión había dispuesto los propios ministros.

Se trata de la resolución del 17 de octubre de 2012, que había impuesto siete años de prisión al líder de “Callejeros”, Patricio Rogelio Santos Fontanet; seis años al baterista Eduardo Arturo Vázquez; cinco, a los restantes músicos de la banda: Christian Eleazar Torrejón, Juan Alberto Carbone, Maximiliano Djerfy y Elio Rodrigo Delgado; tres, al escenógrafo del grupo, Daniel Horacio Cardell, y seis, a Raúl Alcides Villarreal, mano derecha de Omar Emir Chabán, por los delitos de incendio culposo seguido de muerte y cohecho.

También, había condenado a los funcionarios públicos Fabiana Gabriela Fiszbin (cuatro años), Gustavo Juan Torres (tres años y nueve meses) y Ana María Fernández (tres años y seis meses) por el delito de omisión de deberes de funcionario público en concurso ideal con incendio culposo seguido de muerte.

De acuerdo con lo dispuesto por la Corte Suprema para asegurar en el caso el derecho de la defensa a recurrir una fallo condenatorio, esa sentencia luego fue revisada por la Sala IV -integrada por los jueces Juan Carlos Gemignani, Gustavo M. Hornos y Pedro R. David- de la Cámara Federal de Casación Penal, que el 21 de septiembre de 2015 confirmó las condenas, con la única excepción de la pena aplicada a Fernández, respecto de la cual los jueces Hornos y David dispusieron una reducción proporcional, debido al maltrato institucional que en su momento sufrió al ver rechazado su pedido de prisión domiciliaria cuando tenía un hijo en período de lactancia.

Frente a esta última resolución, las defensas plantearon diversos recursos extraordinarios, que el 17 de noviembre del año pasado fueron rechazados por el tribunal penal, lo que dio lugar a que recurrieran directamente ante la Corte Suprema. Este último planteo fue el que tanto el procurador fiscal como el máximo tribunal del país consideraron inadmisible.