23 de abril de 2024
23 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Decisión de la Comisión Bicameral de Implementación del Código Procesal Penal Federal
Se pondrán en vigencia en todo el país principios e institutos del nuevo sistema acusatorio
De ese modo entrarán en funcionamiento los artículos que regulan los métodos alternativos de solución de conflictos, el criterio de oportunidad, las medidas de coerción y de revisión de las sentencias en el ámbito de la Justicia Federal y Nacional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El 13 de noviembre pasado la Comisión Bicameral de Implementación del Código Procesal Penal Federal del Congreso de la Nación, en el marco de las facultades conferidas por las leyes Nº 27063 modificada por su correlativa Nº 27482 (artículo Nº 7), Ley Nº 27150 (artículos Nº 3 y 4) y el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 257/15, entre las que se encuentra la de establecer un cronograma para la implementación progresiva del nuevo Código Procesal Penal de la Nación,  dispuso, entre otras medidas, la implementación de los artículos Nº 19, 21, 22, 31, 34, 54, 80, 81, 210, 221 y 222 del Código Procesal Penal Federal, para todos los tribunales con competencia en materia penal de todas las jurisdicciones federales del territorio nacional (artículo Nº 1, primer párrafo). También estableció la implementación de los artículos Nº 19, 21, 22, 31, 34, 80, 81, 210, 221 y 222 del mismo cuerpo legal, para todos los tribunales de la Justicia Nacional Penal, en este último caso mientras resulte de aplicación por parte de estos tribunales el Código Procesal Penal Federal (artículo 1, segundo párrafo).

De ese modo, las normas que regulan los métodos alternativos de solución de conflictos, el criterio de oportunidad, las medidas de coerción y la revisión de las sentencias del nuevo sistema acusatorio, se pondrán en funcionamiento en el ámbito de la Justicia Federal de todo el país y de la Justicia Nacional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dado que el órgano legislativo consideró que resultan compatibles con el sistema procesal establecido en la Ley Nº 23984 -que cristaliza el actual CPPN- y permiten un mayor goce de las garantías constitucionales para todos los justiciables de manera uniforme en todo el territorio nacional.

La iniciativa de Comisión Bicameral se encuentra en línea con una propuesta de la Procuración General de la Nación, producto del intercambio de ideas generado entre los actores que participaron de las reuniones llevadas a cabo en el ámbito de dicha comisión. De esta forma se consolida el trascendente proceso que comenzó el 10 de junio pasado con la puesta en marcha del sistema adversarial en las provincias de Salta y Jujuy.

Este Ministerio Público expuso la necesidad de que se unifiquen los criterios que aseguren el goce de los derechos esenciales de las víctimas y las consecuentes garantías de los imputados, de forma tal que no se produzcan circunstancias arbitrarias de desigualdad generadas por la propia aplicación de normas, debiendo resguardarse especialmente el equilibrio de interpretación entre el principio de inocencia y la libertad del imputado, por un lado, así como también los expresos derechos reconocidos a las víctimas y que, de alguna manera, han cobrado operatividad con la sanción de la ley 27.372.

Resta señalar que también han sido especialmente consideradas las solicitudes y opiniones efectuadas por integrantes de este Ministerio Público Fiscal en torno al criterio institucional que debían adoptar en razón de si era posible aplicar las causales de extinción de la acción penal por reparación integral del daño y conciliación, sin que estuviera plenamente operativa la ley procesal a la cual expresamente se remite y en tanto la  jurisprudencia no había emitido una decisión uniforme al respecto.

Sin lugar a dudas, estas herramientas, que resultan de utilidad para que el  Ministerio Público Fiscal de la Nación pueda cumplir con el mandato constitucional de defender los intereses de la sociedad, en forma más integral y eficiente, se irán adaptando -a medida de su ejecución- a las necesidades institucionales y a la contingencia dada por la aplicación que le vayan dando los demás actores del sistema de administración de justicia, por lo que, de ser necesario, oportunamente desde esta Procuración General de la Nación se emitirán las instrucciones que resulten pertinentes.

La Comisión Bicameral también decidió iniciar el proceso de implementación territorial del Código Procesal Penal Federal para su aplicación integral en todas las causas que se inicien en las jurisdicciones de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza y de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, conforme el cronograma que la Comisión Bicameral establezca en coordinación con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, la Procuración General de la Nación y la Defensoría General de la Nación.