29 de abril de 2025
29 de abril de 2025 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Abarca del 1/10/2023 al 30/9/2024
UFIMAPP reveló que se incrementó un 37,5% la resolución de casos mediante la suspensión de juicio a prueba en la Justicia Nacional en lo Criminal y Correccional
El informe analizó la situación de 2.652 legajos. Los tribunales orales concentraron el 77% de los casos y los juzgados de primera instancia el 23%. El 77% de los que resolvieron de ese modo una causa son hombres, en su mayoría de entre 18 y 32 años y con residencia en la provincia de Buenos Aires.

La Unidad Fiscal de Medidas Alternativas al Proceso Penal (UFIMAPP), a cargo de la fiscal María Ángeles Ramos, presentó un nuevo informe sobre la concesión y cumplimiento de la suspensión de juicio a prueba (SJP) en la Justicia Nacional en lo Criminal y Correccional, en el que se detalló que durante el período octubre de 2023 y septiembre de 2024 se resolvieron por esa vía un total de 2.652 causas, lo que implicó un incremento del 37,5% en relación al año anterior, y que el 71% de ellas involucraron delitos contra la propiedad.

En el documento, se analizaron 2.652 resoluciones de SJP concedidas entre el 1° de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024 donde se destacó que, en ese plazo, los delitos contra la propiedad encabezaron por amplia mayoría las causas resueltas por esta vía.

Dentro del informe se realizó un diagnóstico estadístico de los legajos de personas con suspensión de juicio a prueba al 6 de noviembre de 2024. Ese análisis se basó en las actas y/o resoluciones en las que se dispuso una SJP e incluyó el estudio de la instancia en la cual se decidió; el juzgado de ejecución interviniente, aspectos poblacionales vinculados a las personas sometidas al instituto; el tipo de delito involucrado de acuerdo con el bien jurídico afectado y las obligaciones asumidas por las personas imputadas.

En la segunda parte del trabajo, se examinó la situación de las personas a quienes se concedió la SJP desde el 1° de octubre de 2022 y cuyo período de supervisión concluyó hasta el 30 de septiembre de 2024, con el objetivo de analizar el grado de cumplimiento de las obligaciones asumidas.

Los datos

Los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional (TOC) concentraron, como tribunal de origen, el 77% de los legajos (2.048 casos) frente a un 23% (604 casos) de los Juzgados Nacionales en lo Criminal y Correccional.

Al comparar los datos de este período con los del año anterior, se observó un incremento de un 37,5% en la cantidad de concesiones de SJP realizadas. En promedio, se otorgaron 221 suspensiones de juicio a prueba por mes.

Los delitos contra la propiedad constituyeron la amplia mayoría de las suspensiones de juicio a prueba, con el 71,08% de los legajos analizados. Le siguieron, aunque en menor medida, los delitos contra la administración pública (8,38%); los delitos contra la libertad (6,83%); los delitos contra la fe pública (5,56%); y los delitos contra la integridad sexual (3,86%).

Reglas de conducta y plazo de supervisión

Por otra parte, se analizaron las distintas características que tuvieron las SJP al momento de ser otorgadas, entre las que se destacaron el plazo de supervisión de 12 meses, la obligación de fijar residencia y el trabajo comunitario en la organización Cáritas.

En el 62% de los casos (1.648 legajos) el plazo fue por un año mientras que en el 15% se fijó un período de 18 meses de supervisión. Los 24 meses representaron un 13% de los expedientes analizados.

Las reglas de conducta impuestas más comunes fueron la obligación de fijar residencia, aplicada en un 99% de los casos, seguida por la realización de trabajo comunitario (83%). Esto reflejó, de acuerdo a la UFIMAPP, “una orientación bastante homogénea a la hora de pensar las soluciones alternativas a los conflictos”. En tercer lugar, estuvo la prohibición de concurrir a determinados lugares o relacionarse con ciertas personas (14%) mientras que la capacitación en cuestiones de género se aplicó en el 7% de los casos.

Otras reglas de conducta como el tratamiento médico o psicológico (5%), la finalización de estudios (4%) y la abstención en el consumo de sustancias (2%) tuvieron menor presencia en el período analizado. Las tres restantes categorías analizadas (realizar curso vial, realizar capacitación laboral y adoptar oficio, arte, industria o profesión) contaron con cantidades poco significativas en el universo de legajos y la suma de todas ellas representó tan sólo un 1,5%.

En cuanto al género de las personas a las que se le otorgó la suspensión de juicio a prueba, predominaron los hombres (un 77%), en su mayoría de entre 18 y 32 años, con residencia en la provincia de Buenos Aires, que no completaron el esquema de educación formal obligatoria y que presentaron una mayor vulnerabilidad en el mercado laboral.

El análisis de los legajos con plazo de supervisión concluido

Dentro del informe, se examinaron los casos de las personas a quienes se les concedió el instituto de SJP desde el 1° de octubre de 2022, cuyo período de supervisión concluyó hasta el 30 de septiembre de 2024, y que cuentan con una resolución emitida por el Juzgado de Ejecución Penal correspondiente.

Este universo abarcó unos 1.190 legajos, de los cuales 27 legajos tuvieron una resolución en origen, con anterioridad al pronunciamiento del juzgado de ejecución penal, por lo que los mismos fueron remitidos por haber finalizado la intervención.

En segundo lugar, de los 1.163 legajos restantes, aunque el plazo de supervisión finalizó en la fecha indicada, se observó que, para noviembre de este año, aún quedaban 290 (24%) legajos sin resolución del juzgado de ejecución interviniente respecto a su situación.

De los 873 legajos que recibieron un pronunciamiento por parte del fuero de Ejecución Penal, en un 72% tuvieron una resolución que confirmó el cumplimiento de las reglas de conducta impuestas.

Por otro lado, un 27% de los legajos registraron incumplimientos de las obligaciones mientras que un 1% correspondieron a otras resoluciones, por fallecimiento de las personas o porque se dispuso la inimputabilidad, entre otras situaciones.

De acuerdo a la UFIMAPP, aunque la mayoría de los legajos supervisados concluyeron de manera favorable, un porcentaje significativo de casos (24%) aún espera resolución judicial, lo que pone de manifiesto la necesidad de fortalecer los mecanismos de seguimiento y resolución oportuna.