19 de junio de 2025
19 de junio de 2025 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Interviene la Fiscalía General N°2 con la asistencia de la UFEM y la PROTEX
La Plata: con la negativa de las y los acusados a declarar, comenzó el juicio por venta de drogas y trata de personas que tuvo como víctima a Johana Ramallo
La joven desaparecida en 2017, cuyos restos aparecieron parcialmente tiempo después, es una de las once víctimas de trata con fines de explotación sexual por una organización que funcionaba en la denominada “zona roja” de la capital bonaerense. Por esos hechos y por la comercialización de estupefacientes en el marco de una asociación ilícita llegaron a juicio cinco hombres y tres mujeres.

Con una discusión sobre los límites a la publicidad del proceso y la posterior negativa a prestar declaración de las ocho personas imputadas, comenzó el viernes pasado ante el Tribunal Oral Federal N°2 de La Plata el juicio por trata de personas y comercio de estupefacientes en la "zona roja" de la capital provincial en el contexto de la desaparición en julio de 2017 de la joven Johana Ramallo (23 años), una de las once víctimas de trata individualizadas en la investigación, cuyo cuerpo apareció parcialmente tiempo después.

La sala de audiencias del primer piso de los Tribunales Federales de La Plata fue colmada. Incluso se abrió una antesala y parte del público quedó en la vereda, a partir de la convocatoria realizada por diferentes organizaciones sociales y de derechos humanos en función de la expectativa por las respuestas que pueda aportar el proceso oral y público respecto de los hechos que tuvieron como víctima a Ramallo.

El Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal general Marcelo Molina, quien cuenta con la asistencia de las auxiliares fiscales Laura Ustarroz y Brenda Brandwajnman Boffi y con representantes de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM) -estuvo presente su titular, la fiscal federal Mariela Labozzetta- y la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), insistió en la necesidad de que el debate se realice con la mayor cantidad de audiencias presenciales posibles.

El fiscal general Marcelo Molina junto a las auxiliares fiscales Laura Ustarroz y Brenda Brandwajnman Boffi, y la fiscal federal Mariela Labozzetta. Foto: MPF.

La agenda del debate prevé una audiencia cada dos semanas. La próxima será el 30 de mayo y se espera la declaración de Marta Ramallo, madre de Johana. Ese día la audiencia será presencial, pero luego el debate continuaría con audiencias con participación por medios remotos de forma preeminente, de acuerdo lo resuelto por el tribunal en una audiencia preliminar realizada el mes pasado.

El TOF N°2 de La Plata está compuesto para este juicio por Germán Castelli (presidente), Andrés Basso y Nelson Jarazo. Los dos primeros son magistrados subrogantes y en esa situación -a partir de su agenda- el tribunal justificó la realización de audiencias espaciadas por dos semanas.

La audiencia de este viernes comenzó con la lectura de resúmenes de las acusaciones presentadas por el Ministerio Público Fiscal y por la querella de Marta Ramallo, que se prolongó durante más de tres horas. Luego se abrió la discusión a cuestiones preliminares. En ese contexto, las defensas oficiales requirieron la restricción de la toma de imágenes a las personas acusadas al momento en que fueran convocadas a realizar su descargo. La incidencia generó un corto debate, en el que los defensores requirieron que no se afecte el derecho de defensa en juicio; explicaron que a su criterio ello podría influir en declaraciones de testigos convocados al proceso. Las partes acusadoras, con la fiscalía a la cabeza, postularon que no debía restringirse la publicidad de ningún acto, dado el carácter oral y público de esta etapa del proceso.

Tras deliberar, el tribunal solicitó a los medios de comunicación presentes y al público que no utilizaran sus dispositivos para fotografiar a los/as imputados/as en el momento de las declaraciones indagatorias. El juez Castelli, quien comunicó la decisión, informó que todo el acto además estaba siendo transmitido en vivo por YouTube, de conformidad con las pautas establecidas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que incluyen al acto de defensa de los imputados entre aquellos tramos del juicio que pueden ser difundidos de forma masiva.

A su turno, Carlos Omar Rodríguez (56), Federico Hernán D'Uva Razzari (35), Carlos Alberto Espinoza Linares (41), Erika Paola Garraza (42), Celia Noemí Giménez (60), Celia Andreza Benitez (41), Mirko Alejandro Galarza Senio (30) y Hernán Rubén García (49) hicieron opción de su derecho constitucional a guardar silencio. Llegaron a juicio acusados/as de formar parte de una organización criminal -con las características de una asociación ilícita- que operó en la “zona roja” platense durante 2016 y 2017 dedicada a la venta de drogas y a la trata de personas con fines de explotación sexual en perjuicio de mujeres que se encontraban en situación de prostitución callejera, entre ellas Johana Ramallo.

Los jueces Germán Castelli (presidente), Nelson Jarazo y Andrés Basso. Foto: MPF

Según la pieza acusatoria del MPF, la organización operaba en la “zona roja”, situada en la zona sur de la ciudad, sobre la avenida 1 y entre las calles 60 a 66 y otras adyacentes, a través de la conformación de una estructura en la que la venta de drogas, la explotación sexual y el aprovechamiento del consumo de las mujeres explotadas estuvieron estrechamente vinculados.

En efecto, según se marcó en la acusación, el círculo de sometimiento se generaba a partir del suministro de estupefacientes, en un contexto de consumo problemático y en situaciones de extrema vulnerabilidad estructural. En otros términos, se posibilitaba a las víctimas un fácil acceso a las drogas para, luego, a partir del aprovechamiento de su adicción y generación de deuda por los estupefacientes consumidos, cobrarlos de las ganancias obtenidas por la situación de prostitución.

Según se estableció en la investigación, el plan delictivo contó con las siguientes intervenciones:

  • Un grupo de hombres referenciados como los “ocho cuarenta” por los testigos que frecuentaban la zona, quienes -bajo el eufemismo de “cuidarlas”- llevaban a cabo la vigilancia y control sobre las mujeres -a quienes captaban y recibían previamente-, luego les retenían el dinero producto de la situación de prostitución y mediante diversas modalidades obtenían un lucro con el comercio de la droga.
  • Otro grupo, conocido en la zona como “las viejas”, caminaban el territorio y, violencia e intimidación mediante, cobraban a las víctimas por las “paradas”.
  • En la organización también participaban hombres que controlaban a las víctimas de la zona a través del comercio de estupefacientes, en su carácter de proveedores de aquellas sustancias.

La acusación que afrontan las ocho personas imputadas es por los delitos de tráfico ilícito de estupefacientes en la modalidad de comercialización, agravado por la participación de más de tres personas y por valerse de personas menores de dieciocho años; trata de personas con fines de explotación sexual agravada en diferentes casos por el abuso de la situación de vulnerabilidad de las víctimas, por tratarse de más de tres víctimas, por haberse consumado la explotación y por tratarse de personas menores de edad y por el vínculo de parentesco de alguna de ellas; y asociación ilícita. En casos puntuales también hay imputados por hechos calificados como encubrimiento y falso testimonio.

Al momento de solicitar la elevación a juicio del caso, la fiscal federal Laura Roteta, con la asistencia de la UFEM, de la PROTEX y de la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR), se detuvo en los casos de Celia Benítez, Celia Giménez y Erika Paola Garraza para marcar que "a la hora de evaluar sus responsabilidades y, eventualmente, la pena que les cabría, deberán considerarse sus circunstancias personales y sus vulnerabilidades socio-económicas desde una perspectiva de género", puesto que "vulnerabilidades sociales, económicas y culturales que las atraviesan, aumentaron sus posibilidades de ser objeto de criminalización y, por ello, deberá ser tenido en cuenta al momento de realizar la evaluación de sus conductas y, eventualmente, la incidencia sobre su responsabilidad y la cuantía de la pena que correspondería por los delitos que aquí se les imputan".

Esa observación tuvo su correlato en las preguntas formuladas por las partes acusadoras y el tribunal a las mujeres imputadas durante su acto de defensa, en el que -si bien se negaron a declarar sobre los hechos por las que llegaron a juicio- fueron interrogadas con precisión por sus circunstancias personales.

Organizaciones sociales y de derechos humanos convocaron a presenciar el debate. Foto: MPF