29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Alegato del fiscal general Juan Manuel Pettigiani
Mar del Plata: la Fiscalía tuvo por probado el funcionamiento de una secta y pidió 35 años de prisión para un falso pastor por trata de personas
La solicitud alcanza a Isaías Nelson Hurtado y su pareja Patricia Soledad Padilla Coronado, para quien se requirieron 10 años. Otros delitos que se le endilgan al hombre son abusos sexuales y amenazas. El MPF postuló el decomiso de inmuebles y vehículos para que se destinen al Consejo Federal para la Lucha Contra la Trata y Explotación de Personas, entre otras medidas de reparación.

“Él tenía la misteriosa habilidad de leer a las personas, de conocer las debilidades de las personas y sus necesidades. Y él era capaz de convertirse en esa persona que ellos necesitaban que fuera. Te encontrabas totalmente extasiado por él. Porque él llenaba tus necesidades. Y todo eso era parte de su estafa. Eso formaba parte de su habilidad para atrapar a la gente”.

La cita corresponde a las memorias publicadas por Dianne Lake, la integrante más joven de “La Familia” liderada por Charles Manson, y fue reproducida por el fiscal general Juan Manuel Pettigiani al inicio de su alegato en el juicio a Isaías Nelson Hurtado y su pareja, Patricia Soledad Padilla Coronado, quienes llegaron a esta instancia acusados de haber captado con mensajes religiosos a “fieles” para que se congreguen en el Ministerio que dirigían en Mar del Plata. Pettigiani explicó que trajo a colación esa “coincidencia” porque 50 años después “el testimonio de las víctimas que escuchamos en este debate nos muestra que el patrón de captación de las sectas sigue vigente”.

Al término de su exposición, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó 35 años de prisión al considerar acreditada la autoría de Hurtado en el delito de trata de personas en perjuicio de 23 personas, el abuso sexual con acceso carnal de cuatro de ellas y las amenazas proferidas a otras cinco. Asimismo, requirió 10 años de pena para la mujer, a quien encontró partícipe necesaria de la trata de personas. El pedido comprende también el decomiso de la radio que funcionó en el 101.7 del dial, que habría sido utilizada en la captación, del dinero en efectivo –dólares y pesos argentinos- y tres vehículos secuestrados durante la investigación para que se pongan a disposición del Consejo Federal para la Lucha Contra la trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas. También requirió que se proceda al decomiso del terreno ubicado en O'Higgins al 300, conforme la cesión de derechos para usucapir que se le transfiriera a Hurtado.

Por otra parte, el fiscal general postuló la nulidad de la escritura por la que una mujer transfirió un inmueble de la ciudad de Mar del Plata a Padilla Coronado, por cuanto habría sido producto de la explotación a la que fue sometida, y sea inscripta nuevamente a nombre de la víctima. Finalmente, entre otros aspectos, instó a que se libre oficio a la Secretaría Nacional de Cultos, la AFIP y la UIF para que ejerzan sus atribuciones en relación a la organización que bajo el giro Dios es Amor funciona en la calle Independencia entre San Martín y Luro de la ciudad balnearia, en razón de que testimonios vertidos en las audiencias dieron cuenta de presuntas irregularidades que deberán ser investigadas.

Al graduar el monto de la pena, el fiscal de juicio sopesó la gran cantidad de víctimas de trata, y en particular que algunas transitaban su adolescencia y primera juventud

Al momento de graduar el monto de la pena, el fiscal de juicio sopesó la gran cantidad de víctimas de trata, y en particular que algunas transitaban su adolescencia y primera juventud; la extensión de los daños causados por la pareja imputada y la utilización de una estructura pseudo religiosa de captación y explotación, abusando de la fe de las personas damnificadas. En cuanto a los abusos sexuales, valoró la cantidad de hechos, el corto plazo en su concreción -entre julio y diciembre de 2011- y que una de las víctimas de ese delito haya sido menor de edad.

Valoración de las pruebas

La Fiscalía repasó las pruebas obtenidas durante el debate oral, y tras valorarlas, las consideró suficientes para acreditar que, al menos desde el 30 de julio del 2008 hasta el 4 de julio del 2016, Hurtado apeló al engaño y la coerción aparentando con un Ministerio Religioso o Iglesia y simulando haber sido ungido por Dios, con la promesa de augurios de un mejor futuro por participar en la vida religiosa; junto a aquél se presentó como pastora Padilla Coronado. Para el MPF, aprovecharon la situación de vulnerabilidad de las víctimas y las acogieron en los domicilios de Bernardo de Irigoyen al 4600 y O' Higgins al 300, concretando la explotación mediante su reducción a la servidumbre. Dos de las víctimas eran menores de edad al momento de ser explotadas.

Para el MPF, la pareja imputada aprovechó la situación de vulnerabilidad de las más de 20 víctimas para reducirlas a la servidumbre

Asimismo, para el MPF Hurtado también utilizó la autoridad de su condición de Ministro de un culto no reconocido para abusar con acceso carnal a cuatro víctimas: una de ellas también era adolescente cuando se produjo el hecho, en 2011.

Por último, aunque no se pudo precisar la fecha exacta, pero con anterioridad al 7 de diciembre de 2016,  se tuvo por probado que Hurtado amenazó a tres víctimas para que no prestasen declaración en el marco de la instrucción de la investigación en la que intervino la Fiscalía Federal N°2 para no “perjudicar” su situación; según la acusación, las amenazas alcanzaron también a su hija.

El juicio que lleva adelante el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata, integrado por los jueces Roberto Falcone, Mario Portela y Alfredo Ruíz Paz, continuará el 28 de noviembre, jornada para la que se prevé el alegato de las defensas.