18 de abril de 2024
18 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El imputado fue extraditado desde ese país
Mar del Plata: procesaron con prisión preventiva a un integrante de una red de trata de personas con conexiones en España
En línea con lo solicitado por la Fiscalía, el juez Inchausti trabó el embargo sobre los bienes del imputado, ciudadano español, hasta cubrir la suma de 300 mil pesos. La organización engañaba a mujeres a través de falsas ofertas laborales y las trasladaba hasta un boliche ubicado en Madrid. Intervienen la Fiscalía Federal Nº 2 y la Protex

El juzgado federal N°3 de Mar del Plata, a cargo del juez Santiago Inchausti, dispuso el procesamiento con prisión preventiva del ciudadano español Francisco José Carlos Serrano Sanz, sindicado integrante de una organización internacional dedicada a la trata de personas con fines de explotación sexual. Además, el magistrado ordenó mandar a trabar el embargo sobre los bienes del imputado hasta cubrir la suma de 300 mil pesos. En la causa interviene el fiscal Nicolas Czizik, en coadyudancia con la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), a cargo de Alejandra Mángano y Marcelo Colombo.

Sanz fue procesado en calidad de coautor del delito de trata de personas con fines de explotación sexual respecto a dos víctimas, en su modalidad de captación, y en calidad de partícipe necesario en lo que atañe a la captación de otras cinco víctimas y el transporte de las siete damnificadas en esta causa. Su caso es el primero en el que se logra la extradición de un imputado por trata de personas, en el marco del proceso de cooperación judicial internacional entre Argentina y España.

“Si bien no ha realizado personalmente éstas últimas conductas típicas, y por ende no ha tenido en sus manos el dominio del hecho, entiendo que ha sido una figura clave en los sucesos que se ventilan, habiendo brindado su aporte en la fase preparatoria del delito en cuestión, y que ejecutaron luego sus consortes en la causa”, aseguró el magistrado en su resolución.

La organización estaba integrada además por Luis Germán Ituarte, su hermana Andrea Ituarte, Paula Giménez y Gisela Sama, quienes -de acuerdo con la imputación- de forma organizada y en connivencia con Serrano Sanz, engañaban a través de falsas ofertas laborales a mujeres en situación de vulnerabilidad para trasladarlas desde Mar del Plata hacia un boliche llamado “Club El Mirador”, ubicado en la ciudad de Madrid, en el Reino de España, para explotarlas sexualmente.

Los hechos ocurrieron en noviembre de 2012 y culminaron cuando las mujeres lograron escapar, pidieron ayuda y denunciaron el caso ante el Consulado Argentino en Madrid.

Las víctimas, cinco argentinas y dos de nacionalidad paraguaya, denunciaron que una vez allí fueron privadas de su libertad, sometidas a maltratos físicos y psicológicos. Declararon que recibían amenazas, que nunca se les pagó el dinero que les habían prometido y que les retuvieron los documentos. Los hechos ocurrieron en noviembre de 2012 y culminaron cuando las mujeres lograron escapar, pidieron ayuda y denunciaron el caso ante el Consulado Argentino. En abril de 2015 los fiscales solicitaron la elevación a juicio y en marzo del año pasado cuatro integrantes fueron condenados.

De acuerdo con la investigación, Sanz puntualmente era el encargado de recibir a las mujeres y “mostrarles las instalaciones del lugar y les comunicaba las condiciones de vivienda y de trabajo”, que distaban enormemente de lo conversado con los captores en Mar del Plata. A su vez, percibía las ganancias por el alojamiento de las damnificadas en el Club El Mirador de Madrid, que consistía en 50 euros diarios por cada una de ellas, además de un valor fijo de las copas que las víctimas les vendían a los denominados “clientes”, independientemente del valor que le pusieran a la “copa”. En muchos casos se compensaban sus ganancias con el valor de la habitación en cuestión.

El boliche contaba con cámaras de seguridad instaladas en todos los ambientes -incluso en los baños- que eran controladas en todo momento por otro de los imputados. Las víctimas debían comer en el horario estipulado por sus captores y de acuerdo al orden en el que hubieran bajado a trabajar al salón. Según la declaración de una de ellas, la comida -siempre la misma- les era servida directamente por Serrano Sanz en escasas proporciones.

Para el juez, Serrano Sanz “actuó conjuntamente” con el resto de los integrantes del grupo, “todos ellos desplegando organizadamente distintas acciones típicas y necesarias para la consumación de los ilícitos, teniendo en todo momento intervención y decisión en los hechos, de los que deduce la existencia de una previa organización por parte de los imputados de marras con el único fin de consumar los delitos aquí investigados”.

“Serrano Sanz efectuó aportes directos y esenciales en los tramos de las conductas que tuvieron lugar en territorio español, pues era quien cobraba los costos de alojamiento y ‘tragos’ vendidos por las damnificadas, efectuaba sus traslados, les mostraba el lugar y explicaba el funcionamiento, así como también les daba indicaciones de cómo debían comportarse, sin perjuicio de que por el principio de territorialidad dichas conductas son el límite para resolver la situación procesal del nombrado, más allá del valor probatorio otorgado que aquí no puede desconocerse”, concluyó Inchausti.