18 de abril de 2024
18 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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La Agencia de Administración de Bienes del Estado publicó ayer el pliego
Santiago del Estero: subastarán el inmueble donde funcionó el prostíbulo “Negro el 20”
El dinero obtenido se utilizará para resarcir a una víctima de caso. El decomiso fue dispuesto en el proceso penal en octubre de 2016, a raíz de las presentaciones efectuadas por la Fiscalía General ante el TOF de Santiago del Estero, la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas y la Dirección General de Recupero Activos y Decomiso de Bienes de la Procuración General de la Nación.

La Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) publicó este lunes el pliego que habilita la apertura de la subasta pública del inmueble donde funcionó, durante 30 años en la localidad santiagueña de La Banda, el prostíbulo “Negro el 20”. El dinero producto de la subasta se utilizará para reparar a una víctima del caso.

Oportunamente, la fiscal general Indiana Garzón junto a la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX) -a cargo de Marcelo Colombo y Alejandra Mángano- y a la Dirección General de Recupero de Activos y Decomiso de Bienes (DGRADB) de la Procuración General de la Nación -que encabeza Carmen Chena- habían solicitado el decomiso del inmueble, que fue ordenado por el Tribunal Oral Federal de Santiago del Estero, en octubre de 2016.

El 19 de abril pasado, el predio donde distintas mujeres fueron explotadas sexualmente, pasó a la órbita de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), que este lunes efectuó la convocatoria bajo el N° 392-0001-SPU21. Se trata de un terreno de 1.240 metros cuadrados, perimetrado con tapia y cerrado con un portón de madera, sobre la Ruta Provincial N°51. Cuenta con una superficie edificada -en estado de abandono- de 310,44 metros cuadrados, dispuestos en una planta.

Las personas interesadas en la subasta deberán cumplimentar el procedimiento de registración, autenticación y autorización, como usuario externo del Sistema de Gestión Electrónica “SUBAST.AR” y podrán efectuar consultas a través del sistema hasta próximo 10 de enero a las 17.00. El cierre de la inscripción se realizará una semana más tarde, el 17 de enero a las 10.00.

El caso

La investigación, que concluyó con el decomiso del inmueble, se originó por la denuncia de una víctima, oriunda de Colonia Oasis, en el municipio misionero de Jardín América. La joven relató que, a través de una falsa oferta laboral, la llevaron a la ciudad de La Banda, donde fue obligada a prostituirse en un local nocturno.

Agregó que una vez que llegó a la whiskería, donde fue golpeada, “no la dejaban ver ni el sol” y la controlaban todo el tiempo. Dijo que fue violada cuatro o cinco veces entre cuatro personas del lugar, quienes le decían que la habían sometido “para que aprendiera porque ella estaba ahí para obedecer”. Además, detalló que en el prostíbulo había otras mujeres oriundas de la provincia de Santa Fe, “pero que no podían hablar”.

En agosto de 2014, el Tribunal Oral Federal de Santiago del Estero condenó a José Luis Luna, el principal imputado, a la pena de cinco años de prisión, y le impuso una pena de tres años a otros dos hombres, todos ellos acusados de capturar, trasladar y explotar sexualmente a la joven misionera, durante enero de 2012.

En aquella oportunidad, la fiscal general Garzón, junto a la PROTEX y la DGRADB, solicitó el decomiso del inmueble para reparar a la víctima, pero el Tribunal Oral Federal santiagueño no hizo lugar al pedido, lo que motivó una presentación ante la Cámara Federal de Casación Penal, que fue resuelta por la Sala II el 5 de noviembre de 2015.

En esos términos, el 31 de octubre de 2016 se realizó una audiencia en el juicio de reenvío donde el Tribunal Oral Federal de Santiago del Estero -con una nueva conformación- resolvió destinar el inmueble para la asistencia directa de la víctima. En tal sentido, el tribunal señaló que “no queda duda alguna, que el local ‘Negro el 20’ de propiedad del acusado Cancino Franco fue, precisamente, el inmueble que ha servido para cometer el delito referenciado y cuyo decomiso –tal como manda el digesto punitivo- debe ser aplicado a un destino especial –en el presente caso, a la asistencia de la víctima”.