29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El hecho se produjo el 9 de noviembre pasado en el barrio de La Boca
Apelaron la excarcelación del agente de la Policía Metropolitana que baleó a Lucas Cabello
Los fiscales Susana Calleja y Miguel Palazzani cuestionaron la valoración de la prueba y la calificación legal resuelta por el juez Osvaldo Rappa al momento de dictar el procesamiento del agente Ricardo Ayala y ordenar su liberación. “La acción del imputado configura, ni más ni menos, que una gravísima violación de derechos humanos”, sostuvieron.

Los fiscales Susana Calleja y Miguel Palazzani apelaron hoy la decisión del juez Osvaldo Rappa de liberar al efectivo de la Policía Metropolitana Ricardo Ayala, quien el nueve de noviembre disparó contra Lucas Cabello en el barrio porteño de La Boca. El magistrado había considerado que el uniformado incurrió en el delito de tentativa de homicidio agravado por su condición de miembro de una fuerza de seguridad, cometido con exceso en la legítima defensa.

Por su parte, y más allá del recurso de los representantes del Ministerio Público, Rappa solicitó hoy que se inicie una investigación por las presiones que habrían sufrido distintos testigos por parte de agentes de la fuerza de seguridad porteña.

Calleja y Palazzani consideraron que se encuentra probado que la víctima no tenía ningún arma en su poder al momento de ser atacado por el agente de la Policía Metropolitana. Si bien ese punto no fue controvertido por ninguna de las partes, el juez entendió que la acción de Ayala se trató de un exceso realizado de modo “imprudente y desproporcionado”.

Para la cotitular de la Fiscalía de Distrito del Barrio de la Boca y el fiscal a cargo de la Procuraduría de Violencia Institucional (Procuvin), “la acción del imputado configura, ni más ni menos, que una gravísima violación de derechos humanos, en tanto se ha vulnerado el derecho a la integridad física de Lucas Cabello y se ha puesto en riesgo su vida, mediante la potestad que el Estado le brinda a un agente de una fuerza de seguridad, cual es el monopolio de la fuerza pública”.

En su apelación, cuestionaron la valoración de la prueba y la calificación legal del hecho resuelta por el magistrado, al momento de dictar el procesamiento de Ayala y ordenar la liberación. Respecto del primer punto, Calleja y Palazzani repasaron los testimonios brindados por los testigos del hecho y destacaron aquél brindado por una de las testigos, que ocasionalmente se encontraba en el lugar. Una de ellas refirió haber visto a Ayala disparar tres veces a una persona, que estaba tirada en el piso. En su resolución, el juez había cuestionado que la testigo no pudiera detallar con qué mano realizó los disparos, ni que hubiera visto las vainas que quedaron en el lugar. Para ambos fiscales, “los reproches en el razonamiento efectuado por el Sr. juez son justamente las fortalezas del testimonio y posicionan a la testigo en un lugar que es más razonable para el suceso: imprecisiones propias del nerviosismo que motiva ver a una persona disparando de esa manera contra el piso en el que había una persona herida”.

Respecto de la calificación legal, los representantes del MPF cuestionaron que el magistrado considerara la acción de Ayala como “imprudente y desproporcionada”, tendiente a defenderse de una “supuesta y previa embestida de Lucas”. En el auto de procesamiento, el juez sostuvo que “no se pudo acreditar fehacientemente que Lucas Cabello tuviera un arma de fuego en su poder, ni que increpara con un elemento de esas características al oficial Ayala. Lo que sí se pudo determinar es que éstos estaban aproximadamente a un metro de distancia uno del otro y que antes de los disparos evidentemente existió un altercado”.

Esta afirmación, sostuvieron en el escrito, “descarta la existencia de una ‘agresión ilegítima’ que pudiera haber sido repelida violando el orden jurídico”. Así, Calleja y Palazzani puntualizaron que “considerando eventualmente que un supuesto altercado constituye una ‘agresión ilegítima’, esas condiciones, el primer disparo efectuado contra Lucas con una pistola 9 mm ya resultaría injustificado, por no acercarse siquiera a una respuesta racional o proporcionada para resistir el supuesto ataque sufrido”.