12 de octubre de 2024
12 de octubre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Se le imputa tentativa de homicidio agravada por ser miembro de una fuerza de seguridad
Casación declaró inadmisible un recurso presentado por el policía acusado de balear a Lucas Cabello
El efectivo de la Policía Metropolitana Ricardo Ayala está procesado por balear al joven en la puerta de su domicilio, en el barrio de La Boca. Continuará en prisión preventiva, luego de que los jueces  Luis García, Daniel Morín y Eugenio Carlos Sarrabayrouse consideraron inadmisible un recurso interpuesto por su defensa.

El agente de la Policía Metropolitana Ricardo Ayala, procesado por el intento de homicidio de Lucas Cabello frente a su domicilio del barrio de La Boca el 9 de noviembre pasado, deberá continuar detenido en virtud de lo resuelto por la Cámara Nacional de Casación Penal, que declaró inadmisible un recurso presentado por su defensa.

La defensa de Ayala había alegado “arbitrariedad en el encarcelamiento ordenado” porque “posee arraigo, tiene contención familiar, no posee antecedentes de ningún tipo y siempre colaboró con la justicia”. Esa presentación se produjo luego de que la Cámara de Apelaciones ordenara en diciembre su inmediata detención y revirtiera la calificación legal dispuesta por el juez instructor del caso Osvaldo Rappa, que pasó a ser “tentativa de homicidio agravado por la condición del imputado de ser miembro de una fuerza de seguridad”, tal como habían requerido la titular de la Fiscalía del Distrito de La Boca, Susana Calleja; el fiscal a cargo de la Procuraduría de Violencia Institucional (Procuvin), Miguel Palazzani; y la fiscal ad hoc de la Fiscalía N°3 ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, Verónica Fernández de Cuevas. De esa forma, los camaristas Mario Filozof y Marcelo Lucini habían rechazado la hipótesis de que Cabello estaba armado al momento de ser baleado tres veces por Ayala con su arma reglamentaria, que la defensa intentaba instalar para argumentar un exceso de legítima defensa.

El viernes 15 de enero, los jueces del máximo tribunal penal Luis García, Daniel Morín y Eugenio Carlos Sarrabayrouse señalaron que “el recurrente [en referencia a la defensa de Ayala] no demuestra que la resolución impugnada genere agravios que no puedan ser compensados por una decisión ulterior en este proceso”, y que para ello “es necesaria una argumentación concreta y razonada” que no fue debidamente acreditada en el caso.

Prisión preventiva

Por otra parte, los magistrados explicaron que “la defensa pretende  que la resolución impugnada sea equiparada a las enunciadas en el artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación porque la prisión preventiva no podría ser reparada útilmente por una decisión ulterior en el proceso”.

Los jueces indicaron que “existen vías procesales alternativas para hacer efectivo el derecho constitucional a la libertad por lo que no resulta procedente el reclamo intentado. El medio adecuado para garantizar ese derecho durante el proceso es la excarcelación”. En ese sentido, recordaron que en la instancia anterior se encuentra pendiente de decisión un recurso en el marco del expediente de excarcelación.