29 de abril de 2024
29 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Alegato del fiscal general Rafael Vehils Ruíz y del auxiliar fiscal Juan Manuel García Barrese
General Roca: la fiscalía solicitó cinco años de prisión para cinco integrantes de la Prefectura Naval por el homicidio agravado de Rafael Nahuel con exceso en la legítima defensa
También pidió se les imponga a los imputados, integrantes del grupo Albatros, la pena de inhabilitación absoluta por ocho años. La fiscalía analizó el contexto en el que se produjeron los hechos, dos días después de que se ordenara el desalojo de tierras de Parques Nacionales situadas en Villa Mascardi, y las pruebas relevadas. Concluyó que los prefectos “actuaron, frente a una agresión ilegítima no provocada, con un accionar totalmente desproporcionado”. El fiscal Vehils Ruiz fue agredido luego de finalizado el alegato.

El fiscal general Rafael Vehils Ruiz solicitó anteayer al el Tribunal Oral Federal de General Roca que imponga la pena de cinco años de prisión y de ocho años de inhabilitación absoluta a cinco integrantes del grupo Albatros de la Prefectura Naval Argentina (PNA) por el homicidio de Rafael Nahuel - integrante de la comunidad Lafken Winkul Mapu- ocurrido el 25 de noviembre del 2017 en la localidad de Villa Mascardi, Bariloche, en el marco de un desalojo.

El representante del Ministerio Público Fiscal pidió la imposición de esas penas para los prefectos Sergio Cavia, Francisco Pintos, Juan Ramón Obregón, Carlos Sosa y Sergio Damián García al considerarlos coautores del delito de homicidio agravado por haber sido cometido mediante la utilización de armas de fuego, con exceso en la legítima defensa.

Alegato

En el comienzo del alegato, el fiscal general hizo hincapié en el rol del MPF. Sostuvo que "tiene una obligación de la que no se puede apartar y que tiene un eje rector, que es la objetividad con la que analiza los distintos elementos probatorios que se encuentran incorporados en la causa, que dará el ánimo de certeza”. En ese sentido, resaltó que la fiscalía “representa a los intereses de la sociedad entera” y que “hacer un análisis objetivo de un hecho inconcreto con las pruebas aportadas no significa ir en contra de ningún tipo de interés”.

Luego, el auxiliar fiscal Juan Manuel García Barrese hizo un examen de la prueba. Enumeró circunstancias que no se encuentraban controvertidas en el debate, donde destacó que “no está discutido en el proceso que Rafael Nahuel murió a causa de un disparo de un arma de fuego asignada al imputado Cavia; no está controvertida la causa de la muerte; y no está controvertido que los imputados Cavia, Sosa, Pintos, Obregón, y García estuvieron en el lugar de los hechos y dispararon con sus armas reglamentarias”.

En ese sentido, la fiscalía sostuvo que “no hay duda de que el disparo efectuado por Cavia con su arma reglamentaria impactó en la cadera de Rafael Nahuel y, como consecuencia de las distintas lesiones que produjo en su trayecto, causó una hemorragia interna que produjo un shock hipovolémico, a causa del cual aquél perdió su vida”.

Por otra parte, remarcó que el hecho investigado ocurrió dos días después del 23 de noviembre de 2017. En esa fecha se produjo el desalojo de tierras de Parques Nacionales en Villa Mascardi y algunos miembros de la comunidad fueron detenidos, mientras que otros se adentraron en el territorio para resistir la medida.

Vehils Ruiz indicó que la fiscalía “representa a los intereses de la sociedad entera” y que “hacer un análisis objetivo de un hecho inconcreto con las pruebas aportadas no significa ir en contra de ningún tipo de interés”.

Al respecto, el auxiliar fiscal exhibió un video del 25 de noviembre de 2017, día de los hechos. Sostuvo que los imputados “no tenían una vestimenta acorde a un combate: no tenían casco, no tenían rodilleras, sino que habían ido ligeros de ropa”. “Es decir, estaban haciendo lo que les habían encomendado, que era ir a hacer un reconocimiento, ir a ver si identificaban una persona y, en su caso, detener”, precisó.

Destacó asimismo que “si bien es cierto que en la inspección ocular realizada en el 2017 no se encontraron vainas que no pertenecieran a la Prefectura, lo cierto es que aquella inspección se realizó doce días después del hecho y el terreno se encontraba bajo el control de la comunidad Mapuche”. Al respecto, el auxiliar fiscal sostuvo que “la experticia concluyó en que no se pudo determinar categóricamente si el terreno inspeccionado había sido modificado, atento el desconocimiento de las condiciones en que se encontraba al momento en que sucedieron los hechos”.

En ese sentido, sostuvo la existencia de otras pruebas indiciarias como el informe pericial químico elaborado por la Comisión Nacional de Energía Atómica, “en el que halló partículas características de residuos de disparo en las manos de Fausto Horacio Jones Huala y Lautaro Alejandro González”. Agregó que había que sumar “las obtenidas por la pericia química confeccionada por la Dirección de Criminalística y Estudios Forenses de Gendarmería Nacional consistentes con partículas características de residuos de disparo en la mano izquierda y en el puño de la campera” de la víctima. “Esto nos permite afirmar que al menos Jones Huala, González y Nahuel utilizaron armas de fuego el día 25 de noviembre de 2017”, indicó García Barrese.

Vehils Ruiz indicó que “se ha creado, en virtud del análisis efectuado, el ánimo de certeza de que no se ordenó salir a cazar a miembros de la comunidad mapuche”. Sin embargo, resaltó que los cinco integrantes del grupo Albatros “actuaron, frente a una agresión ilegítima no provocada, con un accionar totalmente desproporcionado con la recibida”.

Agresiones recibidas luego del alegato

Una vez finalizada la exposición de los representantes del Ministerio Publico Fiscal, la audiencia fue interrumpida por los familiares de la víctima, que comenzaron a proferir gritos y a manifestar su desacuerdo con lo concluido por la fiscalía. Estas personas desoyeron el pedido del juez Alejandro Silva, quien pidió en reiteradas oportunidades el silencio para poder continuar con la audiencia, pero debido a que la orden fue desobedecida concluyó sin las formalidades que corresponden.

Momentos después, al salir de la sede del Tribunal Oral Federal de General Roca el fiscal general Vehils Ruiz recibió agresiones –con intentos de golpes de puño-, amenazas de muerte y un escupitajo por parte de los manifestantes que se encontraban afuera del recinto en apoyo de la familia de Rafael Nahuel. Debido a ello se dio intervención a la Fiscalía Federal de primera instancia de la ciudad para que intervenga en el caso.