25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Tras un habeas corpus de la Procuvin y de varios fiscales
Ordenan desinfección y obras en la Alcaidía, y un programa de nutrición para los detenidos
La jueza Bernán hizo lugar al habeas corpus colectivo y correctivo presentado en favor de los detenidos y detenidas del Centro de Detención Judicial, Unidad 28 del SPF, que funciona en el mismo edificio de la Corte Suprema y de otros tribunales. La medida llega luego de que los fiscales constataran condiciones infrahumanas.

La titular del Juzgado Nacional de Instrucción N°8 de la Capital Federal, Yamil Bernán, fijó plazos perentorios para la limpieza, la desinfección, la reparación de los sanitarios, la instalación de teléfonos y la puesta en marcha de un programa de nutrición para los detenidos y detenidas en el Centro de Detención Judicial (Unidad 28), al hacer lugar al habeas corpus interpuesto por fiscales y funcionarios del Ministerio Público, quienes  durante dos inspecciones llevadas a cabo el 2 de septiembre y el 3 de octubre constataron condiciones infrahumanas de alojamiento en esa cárcel situada en la principal sede tribunalicia porteña.

En la misma resolución, fechada el 10 de octubre a las 21.00, la jueza dispuso la creación de "una mesa de trabajo interdisciplinaria" integrada por la Procuvin, la Procuración Penitenciaria (PPN) y el Servicio Penitenciario Federal "a los fines de establecer el cupo "adecuado o ideal" de la Unidad 28, desde una "perspectiva que incluya el espacio físico, los medios de traslado y personal penitenciario disponible".

La magistrada dispuso que en el plazo de cinco días el SPF debía proceder a "la limpieza y desinfección de todo el centro penitenciario, especialmente de todos los baños" y la "reparación de los servicios sanitarios en general (inodoros, mingitorios, canillas y duchas)". Además, dio quince días a la institución penitenciaria para que acredite "la puesta en funcionamiento de los aparatos telefónicos públicos, como también la redacción de la reglamentación para su utilización".

En el mismo sentido, la jueza dio treinta días para "el reemplazo de todos aquellos elementos sanitarios propensos a ser dañados (canillas, duchas, cadenas e inodoros)" por otros más resistentes.

La orden también comprendió, para el mismo período, la consulta "con un nutricionista -y el personal capacitado necesario- para establecer el gramaje, cantidad y calidad de las comidas que debe proveerse a los reclusos, su forma adecuada de conservación (almacenaje), redactar un reglamento al respecto y establecer un sistema de planillas que asegure el aprovisionamiento a todos los alojados".

Marcha atrás

La jueza Bernán hizo lugar al habeas corpus luego de que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional revocara un primer pronunciamiento en el que había rechazado el recurso presentado por los fiscales, sin siquiera celebrar la audiencia prevista en la ley para escuchar a las partes involucradas. Bernán había rechazado la presentación en una primera instancia porque, a su criterio, ya estaba interviniendo la Corte.

Con los votos de los camaristas Mirta López González y Rodolfo Pociello Argerich el tribunal de alzada le había recordado entre otras cosas a Bernán que la situación en la U28 "no es novedosa y ya fue tratada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en las acordadas 12/12, 3/13 y 33/13. Es decir, que desde julio del pasado año hasta la actualidad, la situación que atraviesa la mentada unidad no ha podido ser solucionada". Los dos jueces también recordaron el fallo de la Corte en el caso Verbitsky: "Las cárceles en sí mismas, por sus condiciones materiales, higiénicas y de salubridad no deben agravar el mal inherente a la pena, ni las autoridades ejecutarlas en forma que aumenten ese mal".

En efecto, antes de que Bernán hiciera finalmente lugar al habeas corpus la Corte Suprema de Justicia de la Nación -con sede en el mismo edificio de la unidad de detención- dictó el 24 de septiembre pasado la acordada 33, por la que ordenó al SPF la adopción de medidas “a fin de evitar el pernocte de internos por más de una noche” y “garantizar las debidas condiciones de detención”.

El habeas corpus

El habeas corpus había sido interpuesto por el fiscal Abel Córdoba, como titular de la Procuraduría contra la Violencia Institucional (Procuvin), Roberto Cipriano García, coordinador del Área de Encierro de la Procuvin, los fiscales de Ejecución Penal Guillermina García Padín y Diego García Yhoma, el subsecretario Letrado de la Procuración General de la Nación, Gustavo Plat, y el fiscal de instrucción Sandro Abraldes.

En el recurso los representantes del Ministerio Público Fiscal narraron la información recabada en las dos inspecciones oculares, una del 2 de septiembre pasado y la otra del 3 de octubre.

En su resolución favorable a la acción de habeas corpus, Bernán reseñó que la Procuvin, la PPN y la Defensoría General de la Nación calcularon que en la U28 "no podrían alojarse más de 23 personas, habida cuenta que su superficie total era de 180 metros cuadrados y se estimaban 8 metros cuadrados por persona" y que los organismos requirieron que, pese a la orden de la Corte para que los detenidos y detenidas no pernoctaran en el lugar, "era necesario establecer la cantidad de gente que podía ingresar en el establecimiento por día".

En la inspección del 2 de septiembre los funcionarios encontraron a 118 personas y en la del 3 de octubre a 75. En esas oportunidades, los representantes del SPF informaron que el cupo de alojamiento era de 160 personas; en la página web de la Dirección Nacional del SPF se promocionan 213 plazas.

Los representantes de las tres instituciones habían planteado a la jueza que "los médicos no velaban por la salud mental y física de los detenidos, no realizaban inspecciones regulares en los pabellones ni asesoraban al director en cuanto a la alimentación, higiene, condiciones sanitarias, aseo de las ropas y cama ni la observancia de reglas de educación física" y apuntaron que "no se comprendía cómo a escasos metros del máximo tribunal del país, se alojaban personas en lugares que se asemejaban a 'sarcófagos' o corrales".

La jueza también registró en su resolución el pedido de los fiscales para que se modifique "esta desaprensión de la mayoría de los operadores judiciales frente a tamañas violaciones de derechos humanos", dado que "ningún operador había bajado uno, dos o tres pisos para ver en qué condiciones estaba detenida la persona a la que había citado". En esa línea, sostuvieron los representantes del Ministerio Público citados por la jueza en su resolución, sería loable que "los magistrados puedan tomar un ascensor y trasladarse unos metros, para que en el propio Palacio de Justicia, no se siga sometiendo a las personas detenidas a situaciones atroces que vulneran sus derechos".

La audiencia

En la audiencia ante la jueza, instancia prevista en la ley de habeas corpus para la exposición de argumentos de las partes involucradas previa a la resolución judicial, participaron los presentantes del recurso y el subdirector de la PPN, Leonardo Fillipini; la auditora de ese organismo, Yesica Lipinszki; el fiscal correccional Guillermo Cichetti; el defensor oficial Gastón Barreiro; el director general de la U28, Paulo Petruzzi; el director y el subdirector de la U28, Juan Carlos La Fuente y Gabriel Ciappesoni; el arquitecto de la Corte, Juan Martín Rodríguez Basavibaso; el subdirector del SPF, Claudio Barbera; la representante del SPF, Sandra Cristobal; el director del programa Nacional de Infraestructura Penitenciaria, Adrián Carone; el director de dictámenes de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia, Edgardo Nigro; y los representantes de la secretaría General y de Gestión de la Corte, Luis Clerici y Ana María González Franco.

Durante la audiencia uno de los temas centrales fue el uso y las funciones del establecimiento. Mientras los representantes de la Corte insistieron en que el máximo tribunal aspira a que la unidad penitenciaria funcione como un lugar de tránsito de las personas detenidas -tal la finalidad perseguida con su creación en 1981-, los representantes de la Procuvin argumentaron que "a pesar de las acordadas de la Corte, las personas quedan alojadas permanentemente". "Por eso exigimos las condiciones de una unidad de alojamiento permanente", indicó Cipriano García.

Cuando González Franco, de la Corte, indicó que la U28 "es una unidad a remodelar a largo plazo", el fiscal Cichetti fue tajante al requerir que "los pedidos que se han efectuado deben tener un plazo concreto y perentorio".

Barbera, del SPF, sinceró la función de la U28, y explicó que allí alojan a detenidos "permanentes" a la espera de que se habiliten cupos en otras unidades. "Ayer estábamos con 46 internos permanentes en la Unidad 28, por falta de cupo, pero a hoy hay 9 internos en total", ejemplificó.

En ese contexto, Cipriano García pidió "a modo de medida cautelar" que a los detenidos que pernocten ese día "se les provea de un colchón y ropa de cama" y Barbera respondió que "se comprometía a adquirir con gastos de administración, en la fecha, diez colchones ignífugos, que serían suficientes para las nueve personas que actualmente pernoctan en la Unidad".

La Fuente, el subdirector de la U28, explicó por su parte que "no hay ninguna normativa que estipule la forma en que se debe dar la alimentación y tampoco la hay en relación al régimen de visitas", dado que "el régimen de visitas no está previsto y como servicio de Alcaidía no corresponde, pero hicimos reacondicionamientos, reciclando nuestros espacios, para que mantengan las visitas", que son discrecionales del SPF: "El interno le manifiesta al celador y se ve, conforme las necesidades, como solucionarlo", indicó el funcionario penitenciario.

La resolución

En base a la documentación aportada por las partes, la jueza precisó que "el centro de detención judicial registró un promedio de ingreso de veintiséis personas por día en condiciones de ser alojadas en establecimientos del área metropolitana, en lo que iba de este año, lo que representaba un 50% más de lo registrado para igual período de 2012".

También indicó que "no existía tabla de gramajes (para el cálculo de alimentos) para internos alojados como población penal debido a que esta unidad no debería poseer internos alojados", dado que fue pensada como establecimiento de tránsito.

Además, la jueza pudo constatar durante una inspección realizada un día antes de resolver que "todos los sectores contaban con baños, pero que estos presentaban pérdidas de agua, roturas de las cadenas y la faltante de artefactos propios de los sanitarios, como ser duchas y canillas" y puntualizó que "se apreció humedad en ciertas paredes, como así también la presencia de cucarachas".

La magistrada también registró las respuestas de funcionarios penitenciarios y las impresiones el día de aquella inspección: "Se explicó que estaban atrasados con el servicio de desinfectación porque habían tenido que correr la última fecha establecida debido a la gran cantidad de internos con los que contaba la unidad. Se hizo patente la presencia de cucarachas en todo el recinto".

Por otro lado, la jueza agregó que "luego de varias desinteligencias se determinó que la comida para el día siguiente era guardada en un recipiente en una sala sin refrigeración".