El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de Mendoza impuso este viernes penas de prisión perpetua para seis acusados y dictó la condena de otros doce a penas de hasta 14 años de prisión en el final del debate oral y público por crímenes de lesa humanidad ejecutados desde el Destacamento de Inteligencia del Ejército 144, la IV Brigada Áerea y la Policía provincial en perjuicio de 103 víctimas.
Con este veredicto -los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro de los próximos cuarenta días en una fecha a consignar- el tribunal dio por finalizado un juicio llevado a cabo durante más de cuatro años: el debate había abierto el 29 de marzo de 2019.
En el inicio de la lectura de la pieza que cerró el juicio, que constó de 52 puntos, el tribunal declaró que "todos los hechos objeto de este proceso resultan constitutivos de crímenes de lesa humanidad y cometidos en el contexto del delito internacional de genocidio, razón por la cual resultan imprescriptibles". En uno de los puntos finales, tras imponer las penas, aclaró que un hecho de 1971 que tuvo como víctimas a dos personas también fue considerado como crimen de lesa humanidad.
En el juicio intervinieron los jueces Alberto Daniel Carelli, Hector Fabián Cortéz y Alejandro Waldo Piña (Raúl Fourcade estuvo designado como juez sustituto). El MPF estuvo representado por el fiscal general Dante Vega y el auxiliar fiscal Daniel Rodríguez Infante, quienes habían culminado su alegato el 11 de noviembre pasado.
"Preocupan seriamente las contradicciones y desaciertos que parece exhibir el veredicto sobre cuestiones que resultan centrales y que tienen que ver nada menos que con el funcionamiento de las áreas de inteligencia, tanto del Ejército como de la Fuerza Aérea, que ocuparon un lugar neurálgico en el accionar represivo ilegal", evaluó el auxiliar fiscal Rodríguez Infante.
“Hay aspectos que ponderamos positivamente, como el hecho de que todos los acusados fueron condenados y que todos los hechos fueron considerados crímenes de lesa humanidad, incluido el secuestro y desaparición de Sara Palacios y Marcelo Verd, perpetrados durante la dictadura de [Alejandro] Lanusse, lo cierto es que preocupan seriamente las contradicciones y desaciertos que parece exhibir el veredicto sobre cuestiones que resultan centrales y que tienen que ver nada menos que con el funcionamiento de las áreas de inteligencia, tanto del Ejército como de la Fuerza Aérea, que ocuparon un lugar neurálgico en el accionar represivo ilegal", evaluó el auxiliar fiscal Rodríguez Infante. Añadió que "la mayor parte de los integrantes de la inteligencia estatal fueron condenados exclusivamente por asociación ilícita, absolviéndoselos por las decenas de delitos que se les atribuían, como homicidios, privaciones de libertad, tormentos, etcétera. Y aun cuando habrá que esperar los fundamentos para intentar comprender cuál puede haber sido el razonamiento del tribunal, la decisión resulta absolutamente sorpresiva en este aspecto en tanto parece no tomar debida nota del rol que tuvo la inteligencia en el plan de persecución y exterminio ilegal, particularmente teniendo en consideración la prueba abrumadora que se produjo durante el juicio”. En ese sentido, anticipó que el MPF formulará recurso de casación contra algunos de los puntos de la sentencia.
Las penas a prisión perpetua correspondieron al exjefe de la División de inteligencia y exjefe de la Compañía Policía Militar de la Fuerza Aérea, Juan Carlos Alberto Santamaría; el exjefe del Pelotón de Logística del Destacamento de Inteligencia 144, Hugo Luis Zalazar; los exoficiales del Departamento de Informaciones 2 (D2) de la Policía provincial, Armando Osvaldo Fernández Miranda, Marcelo Rolando Moroy Suarez y José Esteban Roccato Villegas; y el exefectivo de la comisaría 7ma, Ramón Dagoberto Álvarez Rojas.
En tanto, el exjefe de la Compañía de Policía Militar de la Fuerza Aérea, Alberto Raganato, recibió 14 años de prisión, mientras que el exjefe del Escuadrón Tropa (Grupo Base 4) de la Fuerza Aérea, Juan Carlos Cuadrado, fue condenado a 10 años y 6 meses de prisión.
El exmpleado de la dirección de Tránsito y Transporte de Mendoza que oficiaba de informante del Destacamento de Inteligencia castrense, Oscar Alfredo Simone, fue condenado a 9 años y 6 meses de prisión; y el exjefe de la Segunda Sección y Ejecución del destacamento, Vicente Omar Navarro Moyano, recibió 9 años de prisión.
Siete de los condenados fueron hallados solo penalmente responsables del delito de asociación ilícita en calidad de integrantes.
El tribunal impuso la pena de 8 años y 6 meses de prisión para el exdirector de la banda de música de la IV Brigada Aérea, José Santos Chiófalo; al exsargento primero del destacamento, Anacleto Edmundo Calderón; al exsargento ayudante en Comunicaciones del destacamento, auxiliar de Inteligencia, Juan Carlos Luis; al exjefe de la División Inteligencia de la Regional Oeste de Inteligencia de la Fuerza Aérea, Emilio Garcia Ponce; y al exjefe de la División Contrainteligencia de la Regional Oeste de Inteligencia de la Fuerza Aérea, Julio Roberto Agüero.
El exsubinstructor de la Subunidad COIN y de la Compañía de Defensa -estructuras en las que se insertaban los grupos de tareas de la Fuerza Aérea en esa región-, Néstor Nivaldo Carmona, y el exefectivo de la comisaría 16° de Las Heras, Manuel Martínez Molina, recibieron 8 años de prisión.
Finalmente, el exauxiliar en la Regional de Inteligencia Oeste de la Fuerza Aérea, Guillermo Campanille, fue condenado a 7 años y 6 meses de prisión.
Otros puntos del veredicto
El tribunal asimismo tomó las siguientes decisiones:
"Todos los hechos objeto de este proceso resultan constitutivos de crímenes de lesa humanidad y cometidos en el contexto del delito internacional de genocidio, razón por la cual resultan imprescriptibles", sostuvo el tribunal.
Hechos y calificaciones legales
Los condenados a prisión perpetua fueron considerados responsables de los siguientes hechos:
El tribunal solicitó al Cuerpo Médico Forense la realización un amplio examen médico sobre Santamaría, Moyano y Campanille con el objeto de determinar si su estado de salud psicofísico permitiría que cumplan la pena impuesta en un establecimiento carcelario.
En tanto, quienes recibieron penas mensurables fueron condenados por los siguientes delitos: