El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca homologó los acuerdos alcanzados, en juicios abreviados, con el fiscal general Gabriel González Da Silva, y condenó a penas de entre tres y seis años de prisión y multas, al líder y cinco integrantes de una organización dedicada al comercio de estupefacientes. Además, dos de los imputados también fueron sancionados por lavado de activos de origen delictivo.
De este modo, el Tribunal -conformado unipersonalmente por el juez Sebastián Luis Foglia- condenó al líder de la banda, Fabián Accarino a la pena de 6 años de prisión como coautor de los delitos de comercialización de estupefacientes, tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y lavado de activos de origen delictivo. También se le impusieron multas de 300 unidades fijas, y de cuatro veces el monto de las operaciones de lavado de activos, las cuales ascienden a $10.233.200 pesos y U$S 240.000 dólares, y se lo declaró reincidente.
A Alejandro Bustamante se le impuso una pena de cinco años de prisión y multas de 150 unidades fijas y de U$S 120.000 –dos veces el valor de la operación ilícita verificada-, como coautor de los delitos de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y lavado de activos de origen delictivo.
También, se condenó a Maximiliano Cornago y Sebastián Tenias a penas de cuatro años de prisión y una multa de 90 unidades fijas, y cuatro años y dos meses de prisión y multa de 110 unidades fijas, respectivamente, como autores de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Este último cumplirá la pena bajo la modalidad de prisión domiciliaria, al igual que Antonella Pinilla, quien fue condenada a cuatro años de prisión y cuatro meses de prisión y multa de 135 unidades fijas, como participe secundaria del delito de comercialización de estupefacientes, y como coautora de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
Finalmente, condenaron a Alejandro Crescitelli a la pena de tres años de prisión de ejecución condiciona –por tratarse de su primera condena- y multa de 70 unidades fijas, como partícipe secundario del delito de comercialización de estupefacientes. También se le impuso la obligación, durante dos años, de fijar residencia y someterse al cuidado del Patronato de Liberados, bajo apercibimiento de que, de no cumplirse con las reglas impuestas, el Tribunal no computará como plazo de cumplimiento todo o parte del tiempo transcurrido hasta ese momento.
El Tribunal también dispuso la inhabilitación de todos los condenados y el pago de las accesorias legales y costas del proceso, al tiempo que ordenó el decomiso del dinero, balanzas, teléfonos celulares, GPS y dispositivos electrónicos –secuestrados en los allanamientos- y la destrucción del estupefaciente incautado.
La causa
La investigación se inició el 26 de marzo de 2019, a raíz de una denuncia anónima recibida por la Prefectura Naval Argentina. Allí, se indicaba que un hombre se dedicaba a la venta de drogas en un domicilio de la calle Salta al 600, la cual le era prevista por otro hombre, quien tenía antecedentes por comercialización de estupefacientes y estuvo detenido por ello. En dicho contexto se ordenaron una serie de medidas de investigación que culminaron con la identificación de Crescitelli, Accarino y Bustamante –a cuyo nombre estaba el vehículo que usaba Accarino-.
También se estableció, gracias a diversas escuchas telefónicas, que Accarino sería uno de los principales proveedores de drogas de la ciudad de Bahía Blanca, y vendería cuatro clases diferentes de clorhidrato de cocaína. La cocaína –de acuerdo al código diseñado por los imputados- se distribuía en bolsitas de pequeñas dimensiones tipo Ziploc, en cuatro tipos de calidades, que se diferenciarían entre sí por el color (azul, blanco, rojo y rosa), precio y etiquetas de los envoltorios, que contenían diversas imágenes (un pitufo, una mosca, una indio piel roja o la pantera rosa).
Así, el juzgado dispuso catorce allanamientos simultáneos, que tuvieron lugar el 5 de febrero de 2020, y en los cuales se incautó material estupefaciente acondicionado para su venta y se detuvo a Accarino, Bustamante y Crescitelli.
Con el devenir de la investigación, se estableció que Pinilla era la pareja de Accarino, el alquiler de uno de los domicilios allanados figuraba a su nombre, y que lo visitaba en su lugar de detención al igual que Cornago, quien estaba relacionado con dos financieras. Ambos fueron detenidos, el 3 de marzo de 2020, en los procedimientos oportunamente dispuestos.
Finalmente, la pesquisa con relación a Tenías, se inició en junio de 2020, como un desprendimiento de la causa principal, de la que surgió que el imputado mantenía conversaciones sospechosas con Cornago y realizaba gestiones para Accarino, a cambio de la droga provista . En virtud de ello, el 3 de diciembre de ese año se allanaron cuatro domicilios y se detuvo al hombre.
De este modo, la fiscalía consideró que desde el 26 de marzo de 2019 al 3 de marzo de 2020, los imputados distribuyeron, acondicionaron y comercializaron estupefacientes. Asimismo, desde el 5 de febrero de aquel año, Accarino delegó en Pinilla y Comargo, la cobranza de las sumas adeudas por ventas de cocaína y la administración, colocación y ocultamiento de los bienes y dinero producto de la actividad ilícita. También, se valió de Bustamente -con quien mantenía una relación de amistad- para colocar en el circuito legal, grandes sumas de dinero, producto de la comercialización de drogas, para ocultar su origen espurio y otorgarles apariencia lícita.
Finalmente, en relación a Tenías, se determinó que, además, entre el 11 de junio y el 3 de diciembre de 2022, recibió, guardó, fraccionó, acondicionó, distribuyó y vendió cocaína.