24 de abril de 2024
24 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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La causa iniciada contra los fiscales por una jueza imputada por lavado proveniente del narcotráfico
El defensor de Gonella fundó ante la Cámara Federal el pedido para apartar a Bonadío
El defensor público Gustavo Kollmann, quien representa a Carlos Gonella y a Emilio Guerberoff, fundó ante la Sala II de la Cámara Federal las tres causales por las que el juez debe ser apartado de intervenir. La defensa también reclamó a la Cámara la nulidad de una declaración testimonial que no pudo controlar.

El defensor oficial del fiscal general a cargo de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac), Carlos Gonella, y del fiscal en lo penal económico, Emilio Guerberoff, Gustavo Kollmann presentó ayer ante la Sala II de la Cámara Federal el informe sobre la recusación por "temor de parcialidad" al juez federal Claudio Bonadío. Los fiscales recusaron al juez en la causa en la que el magistrado pretende indagarlos por haber difundido información sobre una investigación que tiene imputada por lavado de dinero proveniente del narcotráfico a la jueza María Gabriela Lanz, denunciante en la causa de Bonadío.

El planteo de Kollmann se dio luego de que los camaristas Eduardo Farah y Martín Irúrzun resolvieran la semana pasada dar curso al trámite de recusación, tras el rechazo por "improcedente" que había realizado Bonadío al pedido de apartamiento interpuesto por el defensor de los fiscales. Ahora, la Sala II debe resolver sobre la cuestión, en un trámite para el que la ley procesal prevé no más de 48 horas.

El defensor recorrió los argumentos que llevan a recusar a Bonadío por haber incurrido en el menos tres de las 12 causales previstas en el artículo 55 del Código Procesal Penal para el apartamiento de un juez. La primera de ellas es que Bonadío fue denunciante de Gonella en otra causa, al ordenar la extracción de testimonios y remitirlos a un colega para que se investigue al fiscal general por una supuesta demora en poner en conocimiento de la justicia una investigación por lavado de activos proveniente del delito de trata de personas. En ese caso, la vaguedad de los dichos de la denunciante había obligado a Gonella a solicitarle mayores precisiones, por lo cual la judicialización de la denuncia no se pudo formular inmediatamente a su presentación.

Otro de los motivos que funda el temor de parcialidad del juez es una decisión del propio Bonadío en una causa en la que la Procelac prestaba asistencia al fiscal Ramiro González, en la que el juez hizo constar en el incidente de colaboración de la Procuraduría que sólo se lo exhibiría a la fiscalía y no a Gonella ni a sus colaboradores.

Kollman refirió que tanto la denuncia de Bonadío contra Gonella como el hecho de haber vedado a la Procelac la intervención en otra causa "dan por configuradas más de una de las causales de recusación previstas en el artículo 55 del Código Procesal Penal de la Nación".

En efecto, según esa norma el juez debe apartarse si "en otras actuaciones judiciales o administrativas hubiera actuado profesionalmente a favor o en contra de alguna de las partes involucradas" (inciso 1°); "si antes de comenzar el proceso hubiere sido acusador o denunciante de alguno de los interesados, o acusado o denunciado por ellos" (inciso 8°) y "si tuviere amistad íntima, o enemistad manifiesta con alguno de los interesados" (inciso 11°).

Kollmann recordó que, pese a la recusación, Bonadío fijó nueva fecha para indagar a los fiscales. Al respecto, el defensor remarcó como "llamativo" que durante el trámite de la recusación, Bonadío "no haya aguardado la decisión de su superior previo a llevar a cabo un acto de trascendental importancia, como lo es la indagatoria de cualquier acusado en causa penal y que, además, dependiendo del temperamento que adopte esa Sala, podría ser declarado nulo".

El defensor además señaló que hasta ayer no pudo consultar las constancias del expediente, "circunstancia que fuera solicitada tanto verbalmente en secretaría como por escrito en las actuaciones", lo cual "no sólo habla de un perjuicio al libre ejercicio del derecho de defensa en juicio que le asiste al imputado, sino también enmarca la atmósfera que constituye el alegado temor de parcialidad".

La nulidad de una declaración testimonial

Por otro lado, el defensor Kollmann fundamentó el recurso de apelación en un incidente en el que solicitó la nulidad de la declaración testimonial prestada en la causa por el director de Comunicación Institucional de la Procuración General de la Nación, Luis Villanueva, dado que el defensor de los fiscales imputados no pudo asistir al acto y controlar la producción de esa prueba.

Villanueva fue citado como testigo en la causa iniciada por la imputada jueza Lanz, quien requirió que se investigue a los fiscales Gonella y Guerberoff por incumplimiento de los deberes de funcionario público y violación de secretos, al haber brindado información para que Fiscales publicara la imputación que pesa en su contra.

El defensor narró que el día de la declaración se constituyó en el Juzgado a la hora fijada y que le fue "informado por Secretaría que no se autorizaría a esta parte a presenciar la misma", lo cual se suma a que —hasta ayer— Kollmann no tuvo acceso al expediente principal.

"No puedo dejar de señalar que en los 21 años que llevo como Defensor Público Oficial, no recuerdo alguna vez, habiendo solicitado presenciar una declaración testimonial, se me negara tal pedido", indicó Kollmann, que citó en su favor la jurisprudencia que avala el pedido.