24 de abril de 2024
24 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Requerimiento del fiscal Dante Vega y de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos
Mendoza: requieren juicio oral para el juez federal Walter Bento, acusado como líder de una asociación ilícita que solicitaba dinero a cambio de favores judiciales
La acusación fiscal alcanza a otras 28 personas e incluye los delitos de cohecho activo, lavado de activos, enriquecimiento ilícito, violación de secretos, violación de deberes de funcionario público y falso testimonio.

El fiscal general subrogante Dante Vega y el y la fiscal cotitulares de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC), Diego Velasco y Laura Roteta, solicitaron la elevación a juicio de la causa que tiene imputado al titular del Juzgado Federal N°1 de Mendoza, Walter Bento, como líder de una asociación ilícita que solicitaba dinero a cambio de favores judiciales. La acusación fiscal alcanza también a otras 28 personas, entre las que se encuentran la esposa y el hijo del magistrado, acusadas también de cohecho activo, lavado de activos, enriquecimiento ilícito, violación de secretos, violación de deberes de funcionario público y falso testimonio.

Según el requerimiento de elevación a juicio, la investigación llevada a cabo demostró “la existencia de un acuerdo, al menos desde el año 2007, de más de tres personas destinado a la comisión de indeterminada cantidad de delitos con el propósito de obtener dinero y/o bienes a cambio de la obtención de beneficios judiciales ilegítimos en los casos en que intervenía el Juez Bento”. En ese sentido, en la acusación se indicó que esta asociación ilícita liderada por Bento tenía como organizadores a Aliaga y a los abogados Luciano Ortego y Jaime Alba, y como miembros a los abogados Martín Ríos, Matías Aramayo, Luis Francisco Álvarez y Javier Angeletti; al comisario de la Policía de Mendoza José Gabriel Moschetti; y al acusado por narcotráfico Walter Bardinella Donoso

La fiscalía señaló que, de acuerdo con este esquema, la fase judicial del accionar de la banda tenía lugar luego de la imputación o detención de la persona, y consistía en el otorgamiento de la libertad o en la morigeración de la medida de coerción en favor del sobornador, medidas que generalmente iban acompañadas por su desvinculación total o parcial del proceso. En esta fase, el soborno consistía en el pago de sumas de dinero variables, generalmente en dólares estadounidenses, o bien en la entrega de bienes inmuebles o muebles -particularmente automóviles– como condición previa para que el sobornador obtuviera ese beneficio ilícito.

En la investigación se determinó que la impunidad de hecho se concretaba a través del dictado del sobreseimiento o, como se ha determinado en la mayoría de los casos, con el dictado de falta de mérito o una recalificación de la situación legal (una tipificación menos grave), todas medidas adoptadas por el juez Bento en persona o aprovechándose de la buena fe de su subrogante legal. Estas decisiones a su vez servían de excusa para aparentar la legalidad de la situación de libertad. 

De acuerdo al requerimiento de elevación a juicio, en algunas oportunidades el arreglo se pactaba de común acuerdo entre el sobornador y los organizadores de la banda o sus miembros; en otros casos, los organizadores y miembros se contactaban con familiares de las personas detenidas para sumar presión, a fin de obtener el dinero o los bienes inmuebles o muebles que se requerían a cambio de la decisión espuria, y también la presión se ejercía directamente sobre el detenido, a quien se colocaba en la situación de decidir entre su permanencia en prisión u obtener la libertad a cambio del soborno. En todos los casos, los organizadores o miembros de la banda dejaban en claro que hablaban en nombre del juez Bento y que la decisión final dependía de su voluntad. Nunca invocaron a otro magistrado del fuero federal de Mendoza, fuese de primera o de segunda instancia, indicó la fiscalía en la acusación. 

La fiscalía sostuvo que la investigación permitió demostrar “la existencia de un acuerdo, al menos desde el año 2007, de más de tres personas destinado a la comisión de indeterminada cantidad de delitos con el propósito de obtener dinero y/o bienes a cambio de la obtención de beneficios judiciales ilegítimos en los casos en que intervenía el Juez Bento”.

Esta investigación se inició a raíz de los datos surgidos de otra pesquisa desarrollaba la Fiscalía Federal N°2 de Mendoza, a cargo de Fernando Alcaraz, en la que un imputado por narcotráfico intercambiaba mensajes con su abogado que evidenciaban la existencia de maniobras irregulares para obtener la libertad en causas que tramitaban en el Juzgado Federal N°1 de Mendoza, a cargo de Bento.

Lista completa de acusados

La acusación formulada por el fiscal Dante Vega y sus colegas cotitulares de la PROCELAC, Diego Velasco y Laura Roteta, comprende a las siguientes personas -en orden alfabético- por los delitos que se detallan en cada una:

  • Jaime Andrés Alba Nortes: asociación ilícita en carácter de organizador, en concurso real con cohecho activo agravado en calidad de autor por cuatro hechos, todos a su vez en concurso real con abuso de autoridad en calidad de partícipe primario por cuatro hechos.
  • Alfredo Rodolfo Aliaga Luque: cohecho activo agravado en calidad de coautor por un hecho, con relación a su propia intervención como sobornador. 
  • Juan Ignacio Aliaga Lottero: falso testimonio en calidad de autor.
  • Luis Francisco Álvarez López: asociación ilícita en carácter de miembro, en concurso real con el delito de cohecho activo agravado en calidad de coautor por tres hechos, todos a su vez en concurso real con abuso de autoridad en calidad de partícipe primario por un hecho. 
  • Javier Leónidas Angeletti Ratfopol: asociación ilícita en carácter de miembro en concurso real con cohecho activo agravado en calidad de coautor por cinco hechos, todos a su vez en concurso real. 
  • Alejandro Matías Armayo Ciacera: asociación ilícita en carácter de miembro, en concurso real con cohecho activo agravado en calidad de coautor por tres hechos, todos a su vez en concurso real.
  • Walter Eduardo Bardinella Donoso: asociación ilícita en carácter de miembro, en concurso real con cohecho activo agravado en calidad de coautor por cuatro hechos, todos a su vez en concurso real. 
  • Carlos Federico Barón Knoll: cohecho activo agravado en calidad de coautor por un hecho respecto de su propia situación como sobornador.
  • Martín Rodolfo Bazán Guerra: cohecho activo agravado en calidad de coautor por un hecho.
  • Walter Ricardo Bento Vega: asociación ilícita en calidad de jefe, en concurso real con cohecho pasivo por quince hechos en calidad de autor, todos a su vez en concurso real con prevaricato en calidad de autor; todo a su vez en concurso real con omisión y retardo de justicia y con enriquecimiento ilícito, lavado de activos de origen delictivo y falsedad ideológica en grado de coautor,  a su vez en concurso real con abuso de autoridad por diez hechos en calidad de autor en concurso real entre sí y en concurso ideal respecto del delito de desobediencia respecto de una orden emanada de autoridad judicial por dos hechos, en concurso real con ocultamiento de un objeto destinado a servir como prueba.
  • Nahuel Agustín Bento Boiza: lavado de activos de origen delictivo en calidad de coautor, agravado por la habitualidad, y por ser funcionario público. 
  • Marta Isabel Boiza Yorino: enriquecimiento ilícito, lavado de activos de origen delictivo agravado por la habitualidad, y por ser funcionario público, y falsedad ideológica por dos hechos, todos en grado de coautora y a su vez todos en concurso real.

Los organizadores o miembros de la banda dejaban en claro que hablaban en nombre del juez Bento y que la decisión final dependía de su voluntad. Nunca invocaron a otro magistrado del fuero federal de Mendoza, fuese de primera o de segunda instancia, indicó la fiscalía en la acusación. 

  • Marcos Adrián Calderón Devias: cohecho activo agravado en calidad de coautor por un hecho respecto de su propia situación como sobornador.
  • Mariano Enrique Castro Hoyos: cohecho activo agravado en calidad de partícipe criminal secundario por un hecho.
  • Leandro Emanuel Cirot Maldonado: cohecho activo agravado en calidad de partícipe criminal secundario por un hecho.
  • Walter Aníbal Costa Sgró: cohecho activo agravado por un hecho en calidad de coautor.
  • Enrique de la Cruz Rodríguez: cohecho activo agravado por un hecho en calidad de coautor.
  • Daniel Gonzalo Martínez Pinto: cohecho activo agravado por un hecho en calidad de coautor.
  • Jessica Melisa Miere Reyna: cohecho activo agravado por un hecho en calidad de partícipe primaria.
  • Jorge Omar Miranda Anaya: cohecho activo agravado por un hecho en calidad de coautor.
  • Juan Carlos Molina Pérez: cohecho activo agravado por un hecho en calidad de coautor.
  • José Gabriel Moschetti Retamales: asociación ilícita en carácter de miembro, en concurso real con violación de secretos, este a su vez en concurso ideal con violación a los deberes de funcionario público.
  • Eugenio Javier Nasi Pereira: cohecho activo agravado por un hecho en calidad de coautor respecto de su propia situación como sobornador. 
  • Cristian Oscar Oliva Suárez: cohecho activo agravado por un hecho en calidad de coautor respecto de su propia situación como sobornador. 
  • Javier Santos Ortega Pérez: cohecho activo agravado por un hecho en calidad de coautor respecto de su propia situación como sobornador. 
  • Luciano Edgardo Ortego Hernández: asociación ilícita en carácter de organizador, en concurso real con cohecho activo agravado en calidad de coautor en siete hechos, todos a su vez en concurso real.
  • Leopoldo Antonio Ríos Santander: asociación ilícita en carácter de miembro, en concurso real con cohecho activo agravado en calidad de coautor en cuatro hechos, todos a su vez en concurso real.
  • Omar Armando Rodríguez Cichinelli: cohecho activo agravado por un hecho en calidad de coautor respecto de su propia situación como sobornador. 
  • José María Sanguedolce Cadile: cohecho activo agravado por un hecho en calidad de coautor respecto de su propia situación como sobornador.