En línea con lo solicitado por la Fiscalía N°1 ante los Tribunales Orales en lo Penal Económico y oficinas especializadas en recupero de activos

Ordenan entregar fondos provenientes de bienes decomisados al Ministerio Público Fiscal para que sean destinados a la adquisición de licencias de software de trazabilidad de criptoactivos

Lo dispuso la jueza Sabrina Namer, del Tribunal Oral en lo Penal Económico N°1, quien destinó, en principio, 350 mil dólares. La decisión se dio en el tramo final de la causa en la que fuera condenado el contador Diego Guastini y otros integrantes de una organización criminal dedicada al contrabando, lavado de activos y otros delitos conexos.

El Tribunal Oral en lo Penal Económico (TOPE) N°1 dispuso que parte de los fondos provenientes del decomiso de los bienes de la causa donde se condenó en 2019 al contador público Diego Xavier Guastini como líder de asociación ilícita que lavaba dinero proveniente del narcotráfico sean destinados al fortalecimiento del Ministerio Público Fiscal.

La resolución, que destinó en principio 350 mil dólares, fue firmada por la jueza Sabrina Namer y es consecuencia del pedido formulado por el titular de la Fiscalía N°1 ante los Tribunales Orales en lo Penal Económico, Marcelo Agüero Vera, y la auxiliar fiscal Jennifer Maleh, con la asistencia de la Secretaría para la Investigación Financiera y el Recupero de Activos Ilícitos a cargo de María Fernanda Bergalli, y de la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes a cargo de María del Carmen Chena.

La decisión se fundamentó en el artículo 305 del Código Penal, que habilita la asignación de destinos específicos a los bienes decomisados y en la necesidad de que el recupero de activos tenga un correlato en términos de reparación social, prevención y fortalecimiento de las capacidades estatales para la persecución de este tipo de delitos.

A lo largo de la tramitación de la investigación contra Guastini y otras personas, ya se había dispuesto el decomiso de dinero en moneda extranjera, que fue transferido a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y a la Unidad de Información Financiera. 

En esta etapa, el tribunal abordó la determinación del destino final del producido de 26 inmuebles que se encuentran actualmente en proceso de subasta. La cuestión fue debatida en una audiencia convocada específicamente para ponderar los distintos intereses institucionales en juego, a la que el fueron convocados representantes del MPF, de la Unidad de Información Financiera (UIF), de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) y de la Aduana.

En esa oportunidad, los representantes del Ministerio Público Fiscal solicitaron que se contemple, como destino final de utilidad pública, el fortalecimiento de las capacidades investigativas de la persecución penal en el ámbito federal, en el marco del proceso de implementación del sistema acusatorio, que asigna a dicho organismo un rol central en la dirección de la investigación. 

En ese contexto, destacaron la necesidad de financiar la adquisición de tecnología especializada —en particular, software de análisis de criptoactivos—, herramienta que se torna actualmente indispensable para incrementar la eficacia del organismo en investigaciones de estructuras criminales complejas y para el recupero temprano de activos ilícitos en casos de lavado de activos provenientes del narcotráfico como el que generó los decomisos en cuestión.

En cuanto al fundamento normativo de la solicitud, señalaron que la Acordada 22 de la Corte Suprema de Justicia no resulta aplicable al caso, en tanto el artículo 3°, inciso b) de la Ley 23.853 de Autarquía Judicial que la dicha acordada reglamenta únicamente asigna como recurso específico del Poder Judicial aquellos bienes decomisados “sin destino específico”, supuesto que no se configura en el caso de autos.

Por otra parte, respecto del decreto de necesidad y urgencia 575/2025 destacaron que el 26 de diciembre pasado la Sala I de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, en los autos “Unión de Empleados de la Justicia de la Nación c/ EN – DNU 575/25 s/ medida cautelar (autónoma)” (Expte. N° 36.655/2025), entendió que “se hallan configurados los recaudos legales que habilitan a conceder la medida cautelar solicitada y a disponer la suspensión de los efectos del decreto de necesidad y urgencia 575/2025 y de las resoluciones dictadas en su consecuencia”.

Al resolver favorablemente, el tribunal consideró que el caso resulta paradigmático en materia de recuperación de activos y subrayó la relevancia del trabajo realizado por el Ministerio Público Fiscal y las áreas especializadas en la identificación y reconstrucción del entramado patrimonial de la organización investigada. Además, destacó que las nuevas formas de criminalidad económica exigen respuestas que aseguren que el delito no genere beneficios y que los activos ilícitos sean reorientados hacia fines de interés público.

“No cabe duda que si el artículo 305 del C.P permite incluso, con anterioridad a la condena, disponer el decomiso definitivo con fin restaurador en favor de una entidad pública y el art. 39 de la ley 23.737 posibilita que los bienes sean destinados a conseguir herramientas que ayuden en la prevención de este tipo de delitos, resulta posible entonces disponer, que el beneficio de este recupero de activos cumpla en forma directa un fin económico y social que permita visualizar que el delito a la larga no rinde frutos”, destacó la jueza.

En ese marco, la magistrada dispuso en primer término destinar 350 mil dólares al Ministerio Público Fiscal y a las oficinas de recupero de activos, con asignación específica para la adquisición de recursos tecnológicos y operativos, entre ellos licencias de software de trazabilidad de criptoactivos, debiendo acreditarse el cumplimiento de ese destino en cada oportunidad en que se asignen los fondos hasta alcanzar dicho monto.

Asimismo, estableció que, una vez cubierto ese monto, se destinen 150 mil dólares a la asociación civil sin fines de lucro SEDRO (Servicio Específico en Drogodependencia -sedro.org.ar.-) institución que desarrolla actividades de prevención, asistencia, rehabilitación y reinserción social del drogadependiente, contando para ello con un equipo multidisciplinario especialista en la problemática.

Finalmente, determinó que el remanente que se obtenga de la subasta de los inmuebles —varios de los cuales aún no fueron vendidos— será distribuido en forma simultánea y equitativa: un 25% al Ministerio Público Fiscal y a las oficinas de recupero de activos; un 25% a la Unidad de Información Financiera; un 25% a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y el 25% restante a entidades de bien público a determinar.