23 de abril de 2024
23 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Interviene la Fiscalía Federal de Concepción del Uruguay con la colaboración de la DGRADB
Procesaron a los integrantes de una banda dedicada al narcotráfico, lavado de activos y falsificación de moneda
La organización instituyó un patrimonio orginado en actividades criminales, poniendo dinero en el mercado local mediante negocios jurídicos para darle apariencia lícita, junto a una serie de maniobras de compra y venta de inmuebles y rodados.

El Juzgado de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal N° 1 de Concepción del Uruguay dictó el procesamiento de siete personas acusadas de integrar una banda dedicada al narcotráfico, lavado de activos y falsificación de moneda. El juez Pablo Andrés Seró dispuso además embargos de entre diez y cincuenta millones de pesos para Jorge Daniel Santos Montenegro, Miguel Ángel Huber García, Natalia Solange Yahén Chaparro, Rubén Alejandro Rodríguez de Armas, Luis José Balverde Molina, Luis Roberto Pascal y Fernando Daniel Mesa, conocidos como “la banda de los uruguayos”, dada la nacionalidad de todos sus integrantes salvo el último mencionado. En la causa, intervino la Fiscalía Federal de Concepción del Uruguay a cargo de Josefina Minatta con la colaboración de la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomisos de Bienes a cargo de Carmen Chena.

Se les atribuye a Montenegro, García, Pascal, Balverde Molina y Yaben Chaparro haber conformado una organización que, producto de actividades ilícitas, instituyó desde el año 2011, un patrimonio originado en actividades criminales, poniéndolos en el mercado local mediante negocios jurídicos, para darles apariencia de un origen lícito. Para tales fines, la banda habría realizado serie de conductas vinculadas a la conversión, transferencia, administración, venta, gravamen, disimulación y puesta en circulación en el mercado de bienes adquiridos de modo ilegal, como producto de las ganancias que dejarían actividades como el tráfico de estupefacientes, falsificación de moneda nacional y extranjera y la puesta en circulación de moneda falsa.

La conducta destinada al lavado de dinero fue materializada mediante maniobras de compra de inmuebles y compra, venta y transferencia de rodados, muchos de ellos de alta gama, dándoles una apariencia lícita, llevadas a cabo por personas vinculadas a actividades criminales y sin recursos registrados ni ingresos declarados que se condigan con el patrimonio ostentado. Además, el grupo conformó una sociedad que no registra actividad comercial pero que fue ideada para ser utilizada como “pantalla” de sus operaciones. La imputación por lavado de dinero fue realizada tras la identificación de bienes y pedido de medidas cautelares planteadas por la fiscalía con asistencia de Carmen Chena, y se solicitó la colaboración de Procelac. Respecto de Rodríguez de Armas, la justicia uruguaya solicitó su extradición, y en ese proceso brindó apoyo la Dirección General de Cooperación Regional e Internacional del Ministerio Público Fiscal.

La organización estaba liderada por Montenegro quien, a pesar de no registrar actividad ni ingresos en la AFIP, poseía una vivienda en un barrio cerrado de Colón, Entre Ríos, cuya titular es Yabén Chaparro, su pareja. También es señalado de adquirir un predio rural sobre la ruta 14, arrendar un campo sobre el río Uruguay utilizando un prestanombre (presuntamente integrante de la policía provincial), el alquiler de un departamento de Puerto Madero y la tenencia de dinero en efectivo de moneda local y extranjera sin declarar por un monto mayor a tres millones de pesos y varios rodados. A su concubina se le atribuye también haber adquirido bajo su titularidad distintos bienes a fin de disimular su origen ilícito y colaborar tanto en el tráfico de estupefacientes como en la puesta en circulación de moneda falsa.

En el caso de Huber García, se le atribuye haber colaborado de manera indispensable con Santos Montenegro, tanto en el tráfico ilícito de estupefacientes, falsificación de moneda y su puesta en circulación, además del posterior lavado de la ganancia ilícita. Era de extrema confianza del líder de la organización: le manejaba pagos, compras y finanzas en general. A Balverde Molina, en tanto, se le imputa ser el principal testaferro de Santos Montenegro en propiedades y rodados.

Por su parte, Pascal figura como responsable de intervenir en la falsificación de divisa realizada por Mesa, a fin de facilitarla a la organización y conseguir de ese modo dinero de origen espurio al que posteriormente se lo introducía en el circuito financiero formal con apariencia de licitud. También se le atribuye haber administrado dinero proveniente de actividades ilícitas para invertirlo, con apariencia de legalidad, en un complejo hotelero en la República Oriental del Uruguay. En el caso de Rodríguez Armas, se señala que fue la propia organización quien le financió con dinero ilícito los distintos movimientos en su situación de prófugo de la justicia uruguaya.

La organización

Para la justicia, la banda contaba con “el liderazgo de Santos Montenegro, la coordinación de operaciones de García y la intervención de Yabén Chaparro, Balverde Molina, Pascal y Mesa , cada uno con su rol determinado, con una función propia, vinculándose de distintos modos con los otros intervinientes para la comisión de delitos a fines de desarrollar hechos de naturaleza ilícita, perdurando en el tiempo y obteniendo beneficios económicos, a los cuales insertaban en el mercado financiero formal, dándoles apariencia lícita”. La mayoría de los miembros de la organización son de nacionalidad uruguaya, por lo que las actividades ilícitas desplegadas por ellas como el tráfico de drogas y la falsificación de moneda habrían tenido como destino no solo nuestro país, sino también al país vecino, donde varios de ellos tenían antecedentes penales.

Dentro de este esquema, Santos Montenegro era quien lideraba la organización y tenía el poder de decisión sobre las distintas actividades que ella realizaba, todos los demás actuaban bajo su mando. Era el principal beneficiario de los activos captados como también el titular real de los distintos bienes que utilizaban los miembros de la organización. Su pareja, Yabén Chaparro, estaba al tanto de todos los manejos de su conviviente y además ayudaba en el despliegue de maniobras de lavado de activos, colocando bienes adquiridos con dinero de origen ilícito a su nombre. En tanto, Huber García era el hombre que más se movía en lo que hace a las actividades, coordinando operaciones con proveedores de sustancias estupefacientes, contactándose con quienes falsificaban dinero, realizando viajes, entre otras actividades. Era el jefe de operaciones de la organización, tomando decisiones con la autorización de su líder. Pascal se dedicaba a la falsificación de divisa que Balverde Molina trasladaba y Mesa ponía en circulación. En tanto, Rodríguez de Armas fue favorecido por parte de la organización, pero no se registran intervenciones como parte de ella.

Ante este escenario, la justicia procesó a Santos Montenegro y Huber García como responsables de los delitos de tráfico de estupefacientes bajo la modalidad comercio, puesta en circulación de moneda extranjera falsa en grado de partícipe necesario, lavado de activos agravado por haberlo cometido como miembro de una organización formada para la comisión continuada de hechos de esta naturaleza y encubrimiento por favorecimiento personal, todos ellos en calidad de coautores, por lo que se dictó también su prisión preventiva. En tanto, Yabén Chaparro, Balverde Molina y Pascal deberán responder por los delitos de puesta en circulación de moneda extranjera falsa en grado de partícipe necesario y lavado de activos agravado por haberlos cometido como miembro de una organización formada para la comisión continuada de hechos de esta naturaleza en calidad de coautores, por lo que también fueron detenidos. En tanto, Mesa fue acusado de ser partícipe necesario para poner en circulación moneda extranjera falsa y lavado de activos agravado por haberlos cometido como miembro de una organización formada para la comisión continuada de hechos de esta naturaleza en calidad de coautor, mientras que Rodríguez de Armas deberá responder por el delito  uso de documento público adulterado o falso de los destinados a acreditar la identidad de las personas, en calidad de autor.