27 de julio de 2024
27 de julio de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Los principales investigados estarían vinculados a otra causa que ya tramita ante ese fuero
Solicitaron que continúe en la justicia federal de Lomas de Zamora una causa por lavado de activos
El fiscal federal de Lomas de Zamora Leonel Gómez Barbella y el fiscal general a cargo de la Procelac, Carlos Gonella, indicaron que se trata de una investigación iniciada en la justicia de Estados Unidos, que dio cuenta de que Eduardo Larenas sería el responsable de mover grandes cantidades de estupefaciente, y del lavado de dinero proveniente de las ventas de cocaína y marihuana, que luego ingresaba a la Argentina. La investigación local hasta el momento lo habría vinculado con una red de lavado que ya es investigada en el juzgado de Lomas de Zamora.

El fiscal federal de Lomas de Zamora, Leonel Gómez Barbella, y el fiscal general a cargo de la Procelac, Carlos Gonella, apelaron la resolución del juzgado federal N° 1 de Lomas de Zamora que había declarado la incompetencia para entender en una causa de lavado de activos de origen ilícito. Se trata de una investigación iniciada en la justicia de los Estados Unidos, que puso en conocimiento del titular de la Dirección de Investigaciones del Departamento de Narcotráfico de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) una maniobra que había comenzado “hace unos años y resultó con la identificación del principal sospechoso de la investigación, Eduardo Enrique Larenas […]. La investigación ha descubierto que Larenas es responsable de mover grandes cantidades de cocaína y marihuana; y del lavado de dinero de las ventas de la cocaína y marihuana, específicamente en los EE. UU. La investigación nos ha producido inteligencia que nos dirige a que Larenas tiene conexiones en Buenos Aires, Argentina y ha movido millones de dólares de los EE. UU. a la Argentina”.

De esa manera, comenzó una causa en la justicia argentina, “a raíz de la cual se ordenó la producción de diversas medidas de prueba que no sólo alcanzaban al nombrado Larenas, sino también a su mujer, Gladys Rosana López, a Juan Carlos Di Filippo, Walter Oscar Mosca, Diego Colombini y las sociedades mercantiles ‘Showbiz Intemational SA’ (constituida por Larenas y su esposa) y ‘Fideicomiso Estudios de Bahía Grande’ (en la que Larenas participó aportando una gran suma de dinero)”, relataron los fiscales.

La prueba colectada permitió sospechar que Larenas y su circulo íntimo ingresaban dinero proveniente del comercio de estupefacientes, “aunque no se logró relacionarlo directamente con esta otra actividad ilegal”, agregaron. En efecto, según informó la Dirección de Análisis de la Unidad de Información Financiera (UIF), Larenas registró activos en el país valuados en más de cuatro millones quinientos mil pesos, entre los cuales figuraba una participación en el “Fideicomiso Estudios de Bahía Grande” por la suma de casi dos millones y medio de pesos. Los fiduciantes originarios, detallaron en la apelación, “serían Diego Miguel Colombini, Walter Jorge Mosca y Juan Carlos Di Filippo […] con el aporte de automóviles de alta gama, bienes inmuebles y cuentas bancarias, entre otros bienes. Todo ello, claro está, sin hacer mención al resto de los bienes de alto valor monetario que se encontrarían registrados a nombre de su esposa”.

Sin embargo, pese a toda esa masa monetaria y de bienes, Larenas se encontraba registrado ante la AFIP como un mero trabajador autónomo categoría "T1", es decir, con ingresos de hasta quince mil pesos, sin poder justificar el incremento de su activo.

La competencia

El 13 de julio pasado, la jueza federal de San Isidro, Sandra Arroyo Salgado, se había declarado incompetente para entender en la causa, y dispuso remitir el sumario a Lomas de Zamora, para que fuera acumulado por cuestiones de conexidad objetiva y subjetiva a la causa “Sánchez Galvez, Andrés Mauricio y otros s/ inf. Art. 303 del CP”. Para ello, se remitió a lo expuesto por el juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 1, y a lo expuesto en un resolutorio que ya se había pronunciado en el marco de una investigación de similares características a las que presenta el caso. Sin embargo, el juez federal Alberto Santa Marina resolvió rechazar la competencia y devolver las actuaciones a la justicia federal de San Isidro.

No obstante, Gómez Barbella y Gonela describieron una serie de operaciones sospechosas denunciadas por la UIF que permitirían acreditar, al menos, un vínculo entre los denunciados y “Diego Miguel Colombini, Juan Carlos Di Filippo y Walter Mosca, ya que todos ellos formaron parte del ‘Fideicomiso Estudio de Bahía Grande’, el cual habría sido utilizada como una especie de pantalla para ingresar dinero obtenido de maniobras ilícitas, al mercado legal y corriente”.

De esta manera, recordaron que en el marco de la causa que tramita ante la justicia federal de Lomas de Zamora, que es a la cual se debería acumular el expediente contra Lerenas, “se investiga una red dedicada al comercio con estupefacientes integrada por un grupo de personas, como así también, el lavado de activos de origen ilícito obtenido por medio de esa conducta, para el cual se utilizarían diferentes empresas, entre las que se encontraría "Yepes y Arias SRL’. A su vez, es importante destacar que en esa pesquisa se encuentran señalados como partícipes de las maniobras Diego Miguel Colombini, Juan Carlos Di Filippo y Walter Jorge Mosca, quienes resultarían ser los encargados de ingresar al mercado legal las ganancias ilícitas de la organización”.

“Ambos expedientes se centran en la investigación de organizaciones que estarían abocadas al tráfico internacional de estupefacientes y del lavado de activos de su producido (art. 303 del C.P.).-que al día de la fecha, no se puede descartar que no sean las mismas-. En una de ellas se encuentra señalado Eduardo Enrique Larenas, y en la restante varias personas, entre las que se encuentran, Jesús Antonio Yepez Gaviria y Claudia Natalia Arias Celis, entre otras”, indicaron.

Los representantes del MPF también expresaron que ambas investigaciones “no encuentran aún su punto de conexión en la comercialización, distribución o cualquier otra modalidad de tráfico de los tóxicos, ya que los imputados, de momento, no serían los mismos, pero sí evidencian coincidencias en las conductas posteriores, esto es, que el punto de comunión es el lavado de activos de origen ilícito”. Por esto, señalaron que la conexión en un punto tan neurálgico como es el lavado de activos en este tipo de organizaciones, “debe ser una circunstancia de interés a tener en cuenta”, a la hora de proceder a la conexidad de las causas.

Más vínculos

En el marco de la causa rechazada por el juez de Lomas de Zamora se había verificado que Larenas contribuyó con una suma de casi dos millones quinientos mil pesos a favor de la sociedad “Fideicomiso Estudios de Bahía Grande”. Si bien de ese dinero se desconoce su origen, se sabe que los fiduciantes originarios fueron Juan Carlos Di Filippo, Walter Jorge Mosca y Diego Matías Colombini. Los tres, a su vez, se encuentran vinculados directamente con la empresa “Oda Desarrollos SA”, la cual guarda relaciones también con la “Sociedad Inversores Yepes y Arias SRL”.

Asimismo, en la causa que sí tramita ante la justicia de Lomas de Zamora se investigó la posibilidad de que la “Sociedad Inversores Yepes y Arias SRL” fuera una de las firmas utilizadas por los imputados para ingresar al mercado legal, sumas indeterminadas de dinero proveniente del narcotráfico. Allí, se señaló a Di Filippo, Mosca y Colombini como aquellas personas encargadas de direccionar las maniobras contables para otorgarle una apariencia de legalidad a los movimientos de dinero.

A la vez, en el escrito de apelación se puntualizó que la relación entre los dos expedientes inicialmente señalada por el magistrado del fuero Penal Económico se ha visto fortalecida con el progreso de ambas investigaciones, entre otras cosas por “el aporte de los reportes avanzados y de los informes agregados por la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos”.

Por esto, concluyeron que la tramitación conjunta de los dos legajos “no sólo viene aconsejada en aras de desterrar cualquier ocasional afrenta a principios elementales del derecho procesal penal […] sino orientada a neutralizar el riesgo de incurrir en eventuales resoluciones judiciales contradictorias”.